Reforma Reglamento de Adquisiciones de Bienes, Servicios y Construcción de Obras del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, de 21 de Julio de 2015

EmisorInstituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

N° 2015-248

ASUNTO: Modificación del artículo 27

ADJUDICACIÓN DE CONTRATACIONES AMPARADAS

EN DECRETOS DE EMERGENCIA EN LOS QUE AYA

SEA UNIDAD EJECUTORA DE LA CNE

Considerando:

  1. -Que mediante Decreto Ejecutivo N° 38642-MP-MAG, se declara estado de emergencia la situación generada por la sequía que afecta los cantones de Liberia, Tilarán, Nicoya, Santa Cruz, Bagaces, Carrillo, Cañas, Abangares, Nandayure, La Cruz y Hojancha de la provincia de Guanacaste, los cantones de Aguirre, Garabito, Montes de Oro, Esparza y cantón Central de la provincia de Puntarenas, y los cantones de Orotina, San Mateo y Atenas de la provincia de Alajuela.

  2. -Que la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE), mediante acuerdo N° 043-02- 2015 emite el Reglamento Específico para los Procesos de Compra y Contratación al Amparo de los Mecanismos de Excepción por la Declaratoria de Emergencia, bajo Decreto N° 38642-MP-MAG.

  3. -Que mediante acuerdos de Junta Directiva N° 106- 05-2015 y 107-05-2015 la CNE nombra a la Sub Gerencia de Sistemas Comunales de AyA como Unidad Ejecutora para. "la mitigación de los efectos de sequía en trece acueductos de la Región Chorotega".

  4. -Que el Reglamento de Adquisiciones de Bienes, Servicios y Construcción de Obras del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, no contempla la potestad de la Gerencia General para la adjudicación de procedimientos de contratación al amparo de decretos de emergencia. Por tanto,

En virtud del interés público a proteger con las adquisiciones...

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