Reforma Reglamento Autónomo de Organización y Servicio del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, de 1 de Septiembre de 2016

EmisorInstituto Nacional de Vivienda y Urbanismo

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

REFORMA AL REGLAMENTO AUTÓNOMO

DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIOS (RAOS)

El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, comunica al público en general, que la Junta Directiva de este Instituto, en Sesión Ordinaria N° 6217, Artículo II, Inciso 4), del 01 de setiembre del 2016, dispuso:

Reformar el Reglamento Autónomo de Organización y Servicio del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, de la siguiente manera:

Artículo 1º-Adiciónese un inciso d) al artículo 3, que se leerá de la siguiente manera:

"Artículo 3º-(...)

d) Compañero (a): Aquella persona que conviva bajo un mismo techo por un año o más, de forma pública, notoria, única y estable con una persona funcionaria de la Institución, sin diferenciación de sexo. Tanto la persona funcionaria como el compañero o compañera deben ostentar la libertad de estado. Para ser beneficiarios de los derechos que les otorga este Reglamento se deberá entregar, ante la Unidad de Talento Humano, una declaración jurada por parte de ambas personas, donde hagan constar la existencia de una relación, según lo establecido anteriormente".

Artículo 2º-Adiciónese un inciso k) al artículo 9, que se leerá de la siguiente manera:

"Artículo 9º-(...)

k) Velar porque sus subalternos no incurran en prácticas discriminatorias hacia ningún servidor o usuario de la Institución por razones de edad, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, religión o por tener cualquier tipo de discapacidad. En caso de existir denuncia, interpuesta de manera personal o por interpósita persona, en contra de algún subalterno por haber incurrido en estas prácticas, instruir para el inicio del procedimiento sancionatorio correspondiente.

Artículo 3º-Adiciónese los incisos cc) y dd) al artículo 12, que se leerá de la siguiente manera:

Artículo 12.-(...)

cc) Incurrir en prácticas discriminatorias hacia cualquier servidor o usuario de la Institución por razones de edad, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, religión o por tener cualquier tipo de discapacidad. En caso de existir denuncia, interpuesta de manera personal o por interpósita persona, de que algún servidor de la institución incurrió en estas prácticas, deberá informar a su superior inmediato para que tome las medidas necesarias o lo comunique a la autoridad competente.

dd) Utilizar, en el desempeño de sus funciones, lenguaje que sea discriminatorio o contrario a la dignidad de personas por razones de edad...

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