Reforma Reglamento Autónomo de organización y Servicio, de 28 de Enero de 2019

EmisorFederación de Municipalidades de la Provincia de Cartago

FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA DE CARTAGO

REFORMA AL REGLAMENTO AUTÓNOMO

DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIO

(Publicado en La Gaceta N° 177 del 14 setiembre 2006)

Adiciónese al artículo 26 inciso d) para que en adelante se lea:

Artículo 26.-Los sueldos y salarios de los servidores (as) se regirán de la siguiente forma:

(.)

d) Para determinar el salario del Director Ejecutivo (a) se aplicará el monto establecido para el puesto de Director Municipal (DM) de la Escala de Salarios Municipales vigente, de acuerdo al percentil aprobado por el Concejo Directivo; y en el caso excepcional que este disfrute de pensión o jubilación y no suspendiere dicho beneficio, se establecerá el pago de acuerdo al artículo 20 del Código Municipal por concepto de gastos de representación, así mismo, podrá reconocer una suma adicional por concepto de contratación de vehículo propio a cargo del Director ejecutivo, para los efectos de la...

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