Reforma Reglamento del Comité Corporativo de cumplimiento del Banco Crédito Agrícola de Cartago, de 12 de Julio de 2016

EmisorBanco Crédito Agrícola de Cartago

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

REGLAMENTO DEL COMITÉ CORPORATIVO DE CUMPLIMIENTO

La Junta Directiva General en sesión N°8954/16, artículo 26, realizada el 12 de julio del 2016, acordó modificar el artículo 9 del "Reglamento del Comité Corporativo de Cumplimiento". El artículo modificado se indica a continuación:

Artículo 9º-Nombramientos y potestades, se modificó quedando de la siguiente manera:

El Comité Corporativo de Cumplimiento es presidido por uno de los miembros de la Junta Directiva General. Cada miembro tiene derecho a voz y voto y serán responsables de cumplir a cabalidad las funciones encomendadas en este reglamento y lo estipulado por el Acuerdo SUGEF 12-10 mencionado.

El período de nombramiento de los Directores de Junta Directiva, se realizará en el mes de julio de la siguiente manera:

. Dos miembros de la Junta Directiva serán nombrados por un período de dos años...

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