Reforma Reglamento de Contratación Administrativa de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, de 23 de Febrero de 2018

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

DEL MAGISTERIO NACIONAL

REGLAMENTO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

Se autoriza la modificación artículo N° 6 para que en adelante se consigne de la siguiente manera:

Artículo N° 6 De la autorización de las compras. Previo a la formalización de una compra de bienes o servicios se deben obtener cotizaciones de mercado, con el fin de conocer las alternativas, tanto cualitativas como cuantitativas más convenientes para la Institución. Cuando no se cumpla con el número de ofertas que contempla este artículo, se presentan las ofertas respectivas a la Junta Directiva, específicamente para los procesos referidos en el inciso e) de este artículo, la cual decide a quien adjudicar el proceso, o bien lo declare desierto.

Para las contrataciones establecidas en los incisos a),b),c), también debe evidenciarse en los legajos respectivos las cotizaciones solicitadas.

El trámite de contratación a seguir se realiza de la siguiente forma:

  1. Las compras superiores a ¢160.000,00 y hasta ¢1.200.000,00, requieren al menos una invitación a cotizar escrita y son aprobadas por la Jefatura del Departamento Administrativo.

  2. Las compras superiores a ¢1.200.000,00 y hasta ¢4.000.000,00 requieren al menos dos invitaciones a cotizar y son aprobadas por la Jefatura del Departamento Administrativo, más el visto bueno de la Dirección Ejecutiva.

  3. Las compras superiores a ¢4.000.000,00 y hasta ¢8.000.000,00 requieren al menos tres invitaciones a cotizar y son aprobadas por la Jefatura del Departamento Administrativo, más el visto bueno de la Dirección Ejecutiva.

  4. Las compras superiores a los ¢8.000.000,00 y hasta ¢24.100.000,00 son aprobadas por la Dirección Ejecutiva y requieren al menos tres invitaciones a cotizar y un cuadro comparativo que incluya:

    1. Precios.

    2. Forma de pago.

    3. Descripción del bien o servicio por contratar.

    4. Garantía

    5. Plazo de entrega

    6. Cualquier otro detalle que se considere relevante para la adquisición del bien o servicio.

  5. Las compras superiores a ¢24.100.000.00 deben cumplir con los mismos requisitos del inciso d) de este artículo, en lo referente a la confección del cuadro comparativo y requieren al menos cuatro invitaciones a cotizar y deben ser objeto de aprobación por parte de la Junta Directiva. Los montos establecidos en los incisos anteriores son ajustados durante el primer trimestre de cada año por la Dirección Ejecutiva, tomando como factor de incremento el índice de precios al consumidor acumulado...

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