Reforma Reglamento para la contratación de bienes, servicios y construcción de obras del AyA, de 10 de Febrero de 2021

EmisorInstituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

El Instituto Costarricense de acueductos y Alcantarillados cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva N° 2021-038, se realiza modificación Reglamento para la Contratación de Bienes, Servicios y Construcción de Obras del AyA, en sus artículos 5, 20 y 21, para que lean de la siguiente forma:

Artículo 5º-Las adquisiciones por medio del fondo de caja chica procederán hasta por el 5% del límite superior para compras por escasa cuantía que no incluyen obra pública, dispuesto por la Contraloría General de la República, en los ajustes de cada año, redondeado al mil inmediato anterior terminado en cero o cinco.

Artículo 20.-La Caja Chica se utilizará para atender situaciones de carácter excepcional e indispensable, hasta por el monto indicado en el artículo 5 de este Reglamento.

Mediante este mecanismo se podrán realizar compras para garantizar o restablecer la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado sanitario, hidrantes, plantas de tratamiento de aguas residuales, así como la operación de las respectivas oficinas.

Para estas compras deben cumplirse los requisitos que a continuación se establecen:

  1. Que los artículos o materiales no sean parte del stock permanente de la institución ni estén bajo contrato según demanda, o que siendo parte del stock o contratados según demanda no se encuentren disponibles en el momento.

  2. Que los bienes o servicios sean:

    Urgentes o indispensables para la prestación del servicio Necesarios para garantizar o restablecer la continuidad y calidad del servicio.

    Por montos superiores al 10% del monto autorizado para compras por caja chica y hasta el tope de la misma se puede contratar únicamente lo siguiente:

  3. Materiales para reparación de sistema de acueducto, alcantarillado e hidrantes.

  4. Alquiler de equipo y maquinaria.

  5. Reparación mecánica de vehículos para cuadrilla, camiones, maquinaria y grúas.

  6. Alquiler de camiones cisterna para reparto de agua potable.

    Artículo 21.-Las compras por caja chica deben ser autorizadas de la siguiente manera:

  7. Gastos hasta un 10% del monto autorizado para compras por caja chica deben ser autorizados por el Director General del área, o Jefe Cantonal o Jefe de zona, según corresponda, en caso de ausencia la aprobación la dará el funcionario indicado en el inciso b).

  8. Gastos hasta un 50% del monto autorizado para compras por caja chica deben ser...

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