Reforma Reglamento de correduría para la venta de bienes adjudicados al Banco Crédito Agrícola de Cartago, de 13 de Julio de 2016

EmisorBanco Crédito Agrícola de Cartago

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

REGLAMENTO DE CORREDURÍA PARA LA VENTA DE

BIENES ADJUDICADOS AL BANCO CRÉDITO

AGRÍCOLA DE CARTAGO

La Junta Directiva General en sesión N° 8955/16, artículo 1°, celebrada el 13 de julio del 2016, acordó modificar el artículo 17 del "Reglamento de Correduría para la Venta de Bienes Adjudicados al Banco Crédito Agrícola de Cartago". El artículo modificado se indica a continuación:

Artículo 17.-Porcentaje de la comisión y forma de pago, se modificó quedando de la siguiente manera:

El Banco pagará al corredor de bienes una comisión por la intermediación de venta de hasta el 10% (diez por ciento), en las siguientes condiciones:

Porcentaje de descuento

Comisión

Sin descuento

10%

De 1% a 19%

8%

De 20% a 29%

7%

De 30% a 39%

6%

De 40% a 49%

5%

50% u oferta del cliente

4%

  1. La venta se deberá haber formalizado mediante la firma de la escritura de compra-venta.

  2. La comisión se reconocerá sobre el valor de precio de venta indicado en la escritura de compra-venta.

  3. La participación del corredor de bienes en la venta, deberá ser comprobada mediante el sello y firma que deberá de traer el formulario Oferta de Compra.

  4. El pago se efectuará dentro de los 5 días...

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