Reforma Reglamento de créditos personales del régimen de capitalización colectiva, de 22 de Enero de 2018

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

DEL MAGISTERIO NACIONAL

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE CRÉDITOS

PERSONALES DEL RÉGIMEN DE CAPITALIZACIÓN

COLECTIVA

Según el acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, en la SesiónOrdinaria N° 009-2018 celebrada el 22 de enero de 2018, se aprueba realizar las siguientes modificaciones el Reglamento de Créditos Personales del Régimen de Capitalización Colectiva:

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  1. -Definiciones

    14. Universidades, Cunlimon, CUC y el INA: Incluye el Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITC), la Universidad Nacional (UNA), la Universidad de Costa Rica (UCR), el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), Universidad Técnica Nacional (UTN) y la Universidad Estatal a Distancia (UNED), el Colegio Universitario de Cartago (CUC) y el Colegio Universitario de Limón (CUN).

  2. -Cuerpo del reglamento

    Artículo 1º-Sujetos de crédito. Son sujetos de los créditos regulados por este Reglamento, los afiliados (as) activos (as) del Sistema de Pensiones del Magisterio Nacional, que sean cotizantes a sus regímenes y que presenten una regularidad en el aporte de sus cuotas obrero patronales y los jubilados (as) y pensionados (as)directos que tengan declarada en su favor, una pensión o jubilación ordinaria o extraordinaria en dicho Sistema, así como los beneficiarios de pensiones por sucesión que sean vitalicias, en la línea de Gastos Personales.

    .

    Artículo 4º-De las condiciones de los créditos. Las condiciones de las líneas para el financiamiento de los préstamos personales son las siguientes:

    Línea

    Plazo máximo

    Monto de financiamiento

    Tasa de interés

    Crédito Personal

    15 años

    Hasta ¢20.000.000,00 (si

    la garantía es fiduciaria,

    hipotecaria o por seguro

    de caución) o hasta ¢50.000.000,00 máximo

    considerando como garantía 70% del avalúo, con la garantía hipotecaria.

    Ajustable. Se ajusta sumando la tasa básica pasiva bruta o la inflación, publicadas en la página del Banco Central de Costa Rica (la más alta de ambas) más la Tasa Técnica Actuarial y el Margen de Seguridad.

    Crédito para Estudio

    6 años

    Hasta ¢6.000.000,00, con

    garantía fiduciaria o seguro de caución.

    Crédito para Turismo

    5 años

    Hasta ¢5.000.000,00, con

    garantía fiduciaria o seguro de caución.

    Crédito para pago de Marchamo

    1 año

    Hasta ¢500.000,00, con

    garantía fiduciaria o seguro de caución.

    Crédito para gastos por equipo Electrónico

    3 años

    Hasta ¢1.000.000.00, con

    garantía fiduciaria o seguro de caución.

    .

    Artículo 5º-De los requisitos de los préstamos personales

    g. La cantidad de cotizaciones requeridas para optar por crédito son las siguientes:

    a. Los trabajadores en propiedad del MEP, el INA, el CUC, el CUNLIMON y las universidades estatales, pueden gestionar créditos en tanto hayan aportado 6 o más cotizaciones inmediatas anteriores a la solicitud del crédito.

    b. Los trabajadores interinos del MEP, el INA, el CUC, el CUNLIMON y...

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