Reforma Reglamento de Especialidades y Subespecialidades Médicas, de 13 de Diciembre de 2017

EmisorColegio de Médicos y Cirujanos

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

N° 2017-08-11

La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de la República de Costa Rica.

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 10 de la Ley N° 3019 del 08 de agosto de 1962, Ley Orgánica del Colegio de Médicos y Cirujanos de la República de Costa Rica, acordó lo siguiente:

  1. -Mantener el nombre actual de la especialidad en Gastroenterología y reconocer como sinónimo de la misma el término: Gastroenterología y Endoscopía Digestiva. Esperar las acreditaciones de los organismos responsables y/o asociaciones europeas, norteamericanas y a nivel de Sudamérica, para realizar un estudio en próximos años y verificar si las tendencias cambian a nivel mundial.

  2. -Modificar el Reglamento de Especialidades y Subespecialidades Médicas N° 37562-S publicado en La Gaceta, Alcance Digital N° 51 del 18 de marzo de 2013, en su artículo N° 26°, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

Artículo 26.-Gastroenterología. Se reconocen como sinónimos de esta especialidad, los...

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