Reforma Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, de 22 de Mayo de 2017

EmisorContraloría General de la República

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

R-DC-0038-2017.-Contraloría General de la República.- Despacho Contralor.-San José, a las diez horas del veintidós de mayo de dos mil diecisiete.

Considerando:

I.-Que de conformidad con lo dispuesto en la «Ley Reguladora de los gastos de viaje y gastos por concepto de transportes para todos los funcionarios del Estado», N° 3462 de 26 de noviembre de 1964, los gastos de transporte y viáticos de los funcionarios y empleados del Estado que en función pública deban viajar dentro o fuera del país, se regularán por una tarifa y un reglamento que elaborará la Contraloría General de la República.

III.-Que el artículo 5° de la misma ley establece que periódicamente la Contraloría General de la República revisará la tarifa y podrá introducirle cambios de acuerdo con la variación en el costo de vida y cualesquiera otras circunstancias de orden interno o internacional; que las variaciones resultantes se publicarán en el Diario Oficial y se deberá conceder a las entidades públicas afectadas un plazo de ocho días para que hagan oposición o recomendación sobre las modificaciones; y que la Contraloría resolverá definitivamente en un plazo no mayor de ocho días posteriores a la presentación que hagan los organismos interesados.

IV.-Que con fundamento en el mencionado artículo 5º de la ley citada, este Órgano Contralor procedió a revisar las tarifas del «Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos», producto de lo cual determinó la necesidad de modificar el artículo 18° inciso d) (Tarifas de hospedaje en el interior del país), el artículo 19° (Otras localidades) y el artículo 34° (Tarifas en el exterior del país) de dicho cuerpo normativo, con sujeción al procedimiento previsto en ese mismo artículo 5°.

V.-Que se determinó necesario modificar también el artículo 21° (Justificantes de gastos) del «Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos» con el fin de que guarde consistencia con el texto del artículo 19° del mismo Reglamento.

VI.-Que mediante Resolución R-DC-25-2017 de 03 de abril de 2017, publicada en La Gaceta N° 81 de 02 de mayo de 2017, y en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 5° citado supra, la Contraloría General de la República puso en conocimiento de todas las entidades públicas el proyecto de modificación del «Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos», elaborado con el fin de realizar las modificaciones a que se refieren los considerandos IV y V anteriores, y concedió a esas entidades un plazo de ocho días hábiles para que hicieran oposición o recomendación sobre los términos del mencionado proyecto de modificación.

VII.-Que para efectos de emitir resolución definitiva sobre la modificación al «Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos», la Contraloría General de la República ha analizado y valorado las...

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