Reforma Reglamento a la Ley Orgánica de la Junta de Desarrollo Regional de la zona Sur de la provincia de Puntarenas (JUDESUR), de 1 de Febrero de 2021

EmisorPoder Ejecutivo

N° 42823-H-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y

EL MINISTRO A.I. DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en las atribuciones que le conceden los artículos 50, 140 incisos 3), 18) Y 146 de la Constitución Política; artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acá pite b) de la Ley NQ 6227 de fecha 2 de mayo de 1978 y sus reformas, Ley Genera I de la Administración Pública; la Ley Nº 7012 de fecha 04 de noviembre de 1985 y sus reformas, Creación de un Depósito Libre Comercial en el Área Urbana de Golfito; la Ley N2 9356 de fecha 24 de mayo de 2016, Ley Orgánica de la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la Provincia de Puntarenas (JUDESUR); Y,

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 1º de la Ley de Creación del Depósito Libre Comercial de Golfito, Ley N° 7012 del 4 de noviembre de 1985 y sus reformas, establece que: "Con el objeto de estimular el progreso económico, de orientar el desarrollo turístico hacia el interior del país y de favorecer aquellas zonas afectadas directamente por el retiro de la Compañía Bananera de Costa Rica, se autoriza al Poder Ejecutivo para que cree un depósito libre comercial en el área urbana de Golfito."

  2. Que de conformidad con el artículo 3 inciso a) de la Ley Orgánica de la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la provincia de Puntarenas (JUDESUR), Ley N° 9356 del 24 de mayo de 2016 y sus reformas, se establece que corresponde al Ministerio de Hacienda la fiscalización y verificación sobre el ingreso, permanencia y destino de las mercancías del Depósito Libre Comercial de Golfito. Adicionalmente, se establece en el artículo 39 del mismo cuerpo legal, que en las áreas del Depósito Libre Comercial de Golfito "será aplicable, en lo que no se oponga a esta ley, la legislación vigente de orden hacenda río, fiscal y aduana/. Asimismo, el Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Hacienda, fiscalizará en cualquier momento este Depósito y, en su caso, recomendará las disposiciones que estime necesarias para llevar a cabo un eficiente control".

  3. Que el Poder Ejecutivo, procurando la satisfacción del máximo interés para proteger el cumplimiento del fin público encomendado a JUDESUR, emitió el Decreto Ejecutivo Nº 42196-H del 12 de febrero de 2020, Reglamento a la Ley Orgánica de la Junta de . Desarrollo Regional de la Zona Sur de la Provincia de Puntarenas (JUDESUR), para establecer lineamientos generales en relación con el giro propio de la actividad del ente Y la población beneficiaria. El artículo 13 inciso 10) de dicho Decreto dispuso a los concesionarios, sus empleados o dependientes y mandatarios, la prohibición de que emitieran facturas de ventas de mercancías...

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