Reforma Reglamento para licencias municipales de la Municipalidad de Curridabat, de 25 de Febrero de 2020

EmisorMunicipalidad de Curridabat

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO

PARA LICENCIAS MUNICIPALES

Por acuerdo N° 11 que se consigna en el artículo único, capítulo 7º, del acta de la sesión ordinaria N° 200-2019, del 25 de febrero de 2020, con fundamento en el artículo 43 del Código Municipal, el Concejo de Curridabat dispone modificar el Reglamento para Licencias Municipales, en los términos siguientes: Primero: Eliminación del último párrafo del artículo 3 para que se lea así:

"Artículo 3°-La licencia municipal para ejercer una actividad lucrativa, sólo podrá ser denegada cuando la actividad es contraria a la normativa que resulte aplicable al caso, la moral o las buenas costumbres, cuando el establecimiento no haya llenado los requisitos legales y reglamentarios, cuando la actividad en razón de su ubicación física, no esté permitida por las leyes o reglamentos vigentes, o no sea conforme con el uso del suelo de la zona de acuerdo al Plan Regulador del Cantón de Curridabat.

Tratándose de licencias para la venta de bebidas con contenido alcohólico, no se permitirá la explotación de una patente de licores en establecimientos comerciales que pretendan realizar otras actividades lucrativas que sean excluyentes entre sí, de forma conjunta, como es el caso de "pulpería y cantina", "bar y...

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