Reforma Reglamento de activos fijos de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, de 4 de Marzo de 2013

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

DEL MAGISTERIO NACIONAL

La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional aprobó la modificación al artículo N° 5 del Reglamento de Activos Fijos, el cual debe leerse de la siguiente manera:

Artículo 5ºNaturaleza de los Activos Fijos: Se consideran activos fijos aquellos bienes adquiridos con el fin de ser utilizados por más de un período anual en la prestación de servicios a la membresía del Magisterio Nacional, o que su costo sea superior a los ó40.000,00...

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