Reforma Reglamento sobre la rendición de cauciones en favor del Tribunal Supremo de Elecciones, de 23 de Enero de 2018

EmisorTribunal Supremo de Elecciones

Nº 1-2018

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos , 99 y 102 inciso 10) de la Constitución Política y el artículo 12 incisos a) y ñ) del Código Electoral.

Decreta, la siguiente:

REFORMA AL ARTÍCULO 10 DEL REGLAMENTO

SOBRE LA RENDICIÓN DE CAUCIONES EN

FAVOR DEL TRIBUNAL SUPREMO

DE ELECCIONES

Artículo 1º-Refórmase el artículo 10 del Reglamento sobre la rendición de cauciones en favor del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto Nº 2-2008 del 25 de abril del 2008, publicado en La Gaceta Nº 91 del 13 de mayo del 2008, para que lea de la siguiente manera:

"Artículo 10.-Caucionantes del nivel D. En este nivel, deben rendir caución quienes desempeñen alguno de los puestos o funciones que se citan a continuación:

  1. Encargados de las Áreas de Tesorería, Planillas y Contabilidad del Departamento de Contaduría.

  2. Encargados de las Áreas de Gestión de Compras e Inventarios y Contrataciones del Departamento de Proveeduría.

  3. Administrador de la Unidad de Almacenamiento.

  4. Encargado del Área Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva.

  5. Encargado de la Unidad de Presupuesto y Costos de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos.

  6. Encargados de Fondos de Cajas Chicas Auxiliares.

  7. Encargado de la Unidad de Transportes.

  8. Encargado de la Unidad de...

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