Reforma Reglamento de la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones que tramita y resuelve en primera instancia asuntos Contenciosos-Electorales de carácter sancionatorio, de 29 de Junio de 2018

EmisorTribunal Supremo de Elecciones

Nº 10-2018

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos , 99 y 102 inciso 10) de la Constitución Política y el artículo 12 inciso a) del Código Electoral.

Decreta, la siguiente:

REFORMA AL ARTÍCULO 3º DEL REGLAMENTO

DE LA SECCIÓN ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL

SUPREMO DE ELECCIONES QUE TRAMITA Y

RESUELVE EN PRIMERA INSTANCIA

ASUNTOS CONTENCIOSO-ELECTORALES

DE CARÁCTER SANCIONATORIO

Artículo 1º-Refórmase el artículo 3º del Reglamento de la¿ Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones que tramita y resuelve en primera instancia asuntos contencioso electorales de carácter sancionatorio, Decreto Nº 5-2016 del 31 de mayo del 2016, publicado en el Alcance Nº 91 a La Gaceta Nº 107 del 03 de junio del 2016, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 3º-Designación de los miembros. La designación de los miembros de la Sección Especializada será por períodos de seis meses.

Integrarán la Sección los tres Magistrados suplentes de mayor antigüedad, siendo sustituidos -luego de vencido el plazo de su designación- por los restantes tres Magistrados suplentes. Ese orden de renovación se hará de forma sucesiva.

Si, durante su designación como miembro de la Sección, un Magistrado suplente es llamado a integrar el Pleno propietario, en razón de lo prescrito en los ordinales 100 de la Constitución Política y 13 del Código Electoral, deberá ser sustituido -previo sorteo y por el resto del período- por otro de los Magistrados suplentes.

Durante las ausencias temporales de alguno de los integrantes de la Sección Especializada, será llamado a ejercer el cargo, por sorteo, alguno de los Magistrados suplentes que no se encuentre designado. Quedará comprendido dentro de ese supuesto de ausencia temporal el lapso en el que un integrante de la Sección Especializada haya sido llamado a suplir a uno de los miembros propietarios del Tribunal.

Si llegado el tiempo de renovar la integración de la Sección Especializada, uno o varios de los...

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