Reforma Reglamento para el Uso de Vehículos propiedad del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, de 11 de Diciembre de 2014

EmisorInstituto Nacional de Fomento Cooperativo

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

Sesión N° 3998, Artículo 2°, Inciso 2.4. Se acuerda modificar el artículo 30 del Reglamento para el Uso de Vehículos propiedad del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, para que se lea de la siguiente forma:

"Artículo 30.-Cobertura de accidentes. El INFOCOOP procederá a cubrir en su totalidad el monto por concepto de deducible del vehículo oficial cuando un funcionario en el ejercicio de sus funciones sufra...

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