Reforma Requisitos por Area de Servicios del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo según lo dispuesto en la Ley N° 8220, de 11 de Septiembre de 2013
Emisor | Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo |
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
LEY DE PROTECCIÓN AL CIUDADANO DEL EXCESO
DE REQUISITOS Y TRMITES ADMINISTRATIVOS
LEY N° 8220 Y N° 8990
En atención a lo dispuesto en la Ley N°
8220 y N° 8990, publicada en La Gaceta N° 156 del 16 de agosto del 2002, en el punto 2.15, a continuación se detallan los requisitos solicitados para el Retiro de Cheques:
Personas Físicas:
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Original de cédula de identidad vigente.
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Pasaporte o cédula de residencia,
vigente. Únicamente en el caso de extranjeros.
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Emitir recibo formal por cada cheque retirado (únicamente para proveedores).
Retiro por terceras personas:
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Copia de la cédula de identidad vigente del autorizante.
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Original de la cédula de identidad vigente del autorizado
-
Pasaporte o cédula de residencia,
vigente. Únicamente en el caso de extranjeros.
-
Carta de autorización autenticada por un notario, la cual debe incluir los timbres y el sello del notario (tinta o agua) e indicar la fecha de vigencia.
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Emitir recibo formal por cada cheque retirado (únicamente para proveedores).
Personas jurídicas:
Representante legal:
-
Cédula de identidad vigente.
-
Personería Jurídica con un máximo de tres meses de haber sido emitida, original la primera vez y copia las siguientes veces. Si lo que presentan es una Certificación Notarial de la Personería Jurídica tiene una vigencia de un mes.
-
Emitir recibo formal por cada cheque retirado (únicamente para proveedores).
Retiro por terceras personas:
1 Personería Jurídica con un máximo de tres meses de haber sido emitida, original la primera vez y copia las siguientes veces. Si lo que presentan es una Certificación Notarial...
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