Reforma Resolución N° ACLA-P-D-193-2014 Establece el procedimiento para las reservaciones en el Parque Nacional Chirripó, de 27 de Noviembre de 2015

EmisorSistema Nacional de áreas de Conservación

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

Resolución Nº ACLA-P-D-561-2015.-Ministerio del Ambiente y Energía, Sistema Nacional de Áreas de Conservación, Área de Conservación La Amistad Pacífico, San Isidro de El General, a las 11 horas del veintisiete de noviembre del dos mil quince.

Resultando:

  1. -Que de conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica del Ambiente, al Ministerio del Ambiente y Energía le compete la administración de las Áreas Silvestres Protegidas estatales.

  2. -Que el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad, delega en el SINAC la competencia de administrar las Áreas Silvestres Protegidas de carácter estatal, el cual establece que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) es un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo, con personería jurídica instrumental que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre, áreas protegidas y adscrito al Ministerio de Ambiente y Energía, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica.

  3. -Que el Parque Nacional Chirripó es administrado por el Área de Conservación La Amistad Pacífico (ACLA-P), mismo que se creó mediante Ley N° 5773, con una superficie de 43.700, así mismo ampliado mediante Decreto Ejecutivo N° 13496-A del 31 de marzo de 1982.

  4. -Que el Área de Conservación La Amistad Pacífico dictó las resoluciones ACLA-P-D-193-2014 de las 9 horas del 21 de mayo del 2014, publicada en La Gaceta N° 110 del día martes 10 de junio del 2014 y vigente a partir del 23 de junio del 2014, ACLA-P-D-02-2015 de las 15:00 horas del 6 de enero del 2015, publicada en La Gaceta N° 18 del martes 27 de enero del 2015 y Resolución N° ACLA-P-D-434-2015 de las 10:00 horas del 29 de setiembre del 2015, publicada en La Gaceta N° 204 del miércoles 21 de octubre del 2015; en las que se establecen las disposiciones para el proceso de reservaciones del Parque Nacional Chirripó.

    Considerando:

  5. -Que desde hace varios años la Administración previó la posibilidad de desarrollar una plataforma de reservaciones en línea, para lo cual contrató los servicios profesionales de diseño, que ya han sido presentados y se encuentran en proceso de revisión, capacitación y prueba antes de la puesta en marcha del nuevo sistema.

  6. -Que se ha previsto que para inicios del año 2016 el sistema de reservaciones en línea podrá ponerse en ejecución de manera constante...

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