Reforma Unificación de criterios en la aplicación del Tratado sobre el Derecho de Marcas, de 24 de Enero de 2018
Emisor | Registro Nacional |
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
DIRECTRIZ
DPI-0001-2018
De: Lic. Cristian Mena Chinchilla, Director.
Registro de la Propiedad Industrial.
Para: Funcionarios y usuarios del Registro de la Propiedad Industrial.
Asunto: Modificación al punto 1) de la Directriz DPI-0001-2011, sobre Unificación de Criterios en la aplicación del Tratado Sobre el Derecho de Marcas.
Fecha: 24 de enero de 2018.
Que el Tratado sobre el Derecho de Marcas, ratificado por Costa Rica el 27 de julio de 2008 y en vigor desde el 17 de octubre del 2008, es un instrumento que pretende la armonización y simplificación de trámites de solicitudes marcarias, por lo cual dispuso:
"Artículo 4.3) [ Poder]
-
Cuando una Parte Contratante permita o exija que un solicitante, un titular o cualquier otra persona interesada esté representada por un representante ante la Oficina, podrá exigir que el representante sea nombrado en una comunicación separada (denominada en adelante «poder»), indicando el nombre del solicitante, del titular o de la otra persona, según proceda, y firmada por el mismo." (El subrayado no es del original)
.Artículo 8 [Firma]
4) [Prohibición del requisito de certificación] Ninguna parte podrá exigir la atestación, certificación por notario, autenticación, legalización o cualquier otra certificación de una firma.
Mediante voto 0239-2017, el Tribunal Registral Administrativo se refirió al requisito de autenticación en los poderes, indicando:
"Si bien el Tratado permite a los países contratantes que se pida un poder por escrito, dicho poder se entiende como una comunicación a la Oficina en los términos del artículo 8, y por ende se encuentra plenamente cubierto por la prohibición del requisito de autenticación (.) Por ello es que, si bien el artículo 82 bis de la Ley de Marcas impone el requisito, existe el principio de legalidad que exige a los funcionarios públicos cumplir con los postulados constitucionales y someterse al ordenamiento jurídico de acuerdo a la escala jerárquica de fuentes . todo lo cual permite a la Administración...
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