Reforma Reglamento para la Venta de Bienes Inmuebles Adquiridos en Ejecución de Garantía o Pago de Obligaciones., de 19 de Diciembre de 2002

EmisorCaja Costarricense de Seguro Social

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REFORMA REGLAMENTARIA

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 27 de la sesión 7717, celebrada el 19 de diciembre del 2002, dispuso reformar el artículo 17 del Reglamento para la venta de bienes inmuebles adquiridos en ejecución de garantía o pago de obligaciones, para que se lea en los siguientes términos:

REGLAMENTO PARA LA VENTA DE BIENES INMUEBLES

ADQUIRIDOS EN EJECUCIÓN DE GARANTÍA O PAGO

DE OBLIGACIONES

"Artículo 17.En casos muy excepcionales a juicio de la Junta Directiva y por razones de indudable interés social, la administración podrá disponer la...

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