Reglamento para ayudas temporales y subvenciones del Cantón de Poás

Fecha28 Noviembre 2025
Número de expediente114
EmisorMunicipalidad de Poás
Reglamento para ayudas temporales y subvenciones del Cantón de Poás


MUNICIPALIDAD DE POÁS



AVISA:



REGLAMENTO PARA AYUDAS TEMPORALES



Y SUBVENCIONES DEL CANTÓN DE POÁS



line-height 107%'>La suscrita Edith Campos Víquez, en calidad de Secretaria del Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del Cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria Nº 114-2025, según consta en el Acuerdo NO 1020-11-2025, se aprobó definitivamente el Reglamento para Ayudas Temporales t Subvenciones Del Cantón de Poás.

La Municipalidad del Cantón de Poás, de conformidad con los artículos 169 y 170 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y artículos 4 y 13 del Código Municipal, el Concejo Municipal promulga y autoriza el presente Reglamento para regular las donaciones con fondos aportados por medio de la Ley 9017, Artículo Nº 27, Decreto Nº, que será en el Diario Oficial La Gaceta, el cual se regirá por la normativa vigente y por las siguientes disposiciones:



Capítulo I



Disposiciones Generales



Artículo 1.-De conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Código Municipal, la Municipalidad de Poás otorgará ayudas temporales a los vecinos del cantón que enfrenten situaciones de muerte, viudez, abandono, pobreza, enfermedad, vejez, discapacidad y emergencias, que no posean bienes inscritos, o que teniéndolos demuestren su incapacidad económica para pagar el impuesto, la tasa o el tributo. Para cada una de las variables descritas el interesado deberá aportar la documentación necesaria del IMAS o la respectiva institución oficial que la normativa hace competente para que acredite su situación.










Artículo 2.-Para otorgar esta clase de beneficios, la Municipalidad de Poás presupuestará anualmente hasta un 10% de los ingresos por concepto del Impuesto de Patentes, tomando como referencia los porcentajes que indica la Ley No 9017.








Artículo 3.-El presupuesto asignado para subvencionar y brindar las ayudas establecidas en este reglamento deberá ser aprobado por el Concejo Municipal para su ejecución.










Capítulo II



De las ayudas por situaciones de abandono, pobreza, enfermedad, vejez, viudez, discapacidad, invalidez y muerte.



Artículo 4.-La Municipalidad de Poás otorgará ayudas temporales a los vecinos del cantón que enfrenten situaciones que por fuerza mayor, caso fortuito o vulnerabilidad extrema comprobada requieran, para lo cual deberá disponer anualmente, del contenido presupuestario destinado para cubrir este rubro.










Artículo 5.-Para efectos de este reglamento, se define la desgracia, el infortunio o vulnerabilidad extrema, como aquellos acontecimientos inesperados que amenazan gravemente la integridad emocional de una persona o núcleo familiar, hechos derivados de condiciones socio-económicas patológicas, como muerte, enfermedad crónica, discapacidad, miseria extrema o indigencia y desempleo, que afecte directamente a la persona o la familia solicitante.



En todos los casos anteriores la situación considerada debe ser estrictamente relacionada con la persona que será objeto de la ayuda o subvención.








Artículo 6.-La Municipalidad de Poás, para poder otorgar una ayuda de estas, deberá tener debidamente demostrado, en los términos definidos en el artículo anterior, la situación de desgracia o infortunio.



La situación de pobreza deberá acreditarse a través de al menos una de las siguientes alternativas (a-b):



a-Una certificación emitida por SINIRUBE demostrando la condición de pobreza o pobreza extrema, el cual podrá ser accesado por la persona encargada del Área de Desarrollo Social de la Municipalidad, atendiendo la Ley 8220 y su Reglamento, "Ley de Simplificación de Trámites".



b-En caso de enfermedad, discapacidad o invalidez, la persona deberá aportar además una certificación médica de la CCSS o CONAPDIS según corresponda.








Artículo 7.- Una vez realizada la respectiva consulta ante SINIRUBE citada en el artículo anterior, si la persona consultada está en condición de vulnerable, se podrá realizar visita al hogar para valorar el caso, de acuerdo a la disponibilidad del o la funcionaria municipal encargada del área social. Posterior a la visita de campo el o la funcionaria municipal podrá ingresar al Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado con el fin de actualizar la información en el mismo. Si la persona que solicita la ayuda se encuentra en pobreza opobreza extrema según SINIRUBE no será necesaria la visita, únicamente será como requisito la constancia emitida por el sistema.








Articulo 7(bis).-Las ayudas temporales y subvenciones serán autorizadas finalmente por la Alcaldía Municipal, después de seguir la debida revisión y constatación de documentos por parte del Área de Gestión Social y Tributaria Municipal, toda ayuda o subvención será prioritariamente dedicada a cancelar pendientes de pagos de Tributos, Tasas y Servicios pendientes con la Corporación Municipal, así mismo la Municipalidad no procederá con solicitudes de personas que hayan recibido el mismo beneficio doce meses anteriormente, sea de manera directa o familiares hasta primer grado de consanguinidad.








Artículo 8.-Las ayudas que brinde la Municipalidad serán destinadas, única y exclusivamente, a aquellas personas físicas que tengan bienes inscritos y declarados ante la Municipalidad y que demuestren su incapacidad económica para pagar el impuesto, la tasa o el tributo, el beneficiario deberá contar técnicamente con documentación oficial y formal que lo respalden.



En caso de fallecimiento de la persona propietaria, la subvención podrá solicitarla el o la cónyuge e hijos que vivan en la propiedad que presente deudas pendientes con la Municipalidad. Se entenderá por "impuesto, tasa o tributo" únicamente el pago de agua, IVA sobre el servicio de agua, basura, limpieza de vías y bienes inmuebles.



El monto de estas ayudas será establecido de acuerdo al análisis de cada caso y podría ser sin límite en la cantidad de los servicios que se paguen.








Artículo 9.-En caso de muerte; realizada la solicitud de los familiares ante el departamento de cementerio, la Municipalidad podrá cubrir los costos por inhumación, exhumación y alquiler de nicho municipal.



Estas ayudas procederán cuando se dé comprobación material de la necesidad e imposibilidad de pago, serán casos asociados a situaciones sociales muy especiales. Los documentos y el trámite de solicitud lo podrán realizar un familiar hasta tercer grado de consanguinidad, sin embargo, el estudio ante SINIRUBE será aplicado a los familiares que conformen el núcleo familiar de la persona fallecida.








Artículo 10.-Podrán otorgarse las ayudas citadas en el artículo N°6 de este reglamento a aquellas personas que cumplan con los siguientes requisitos de tramite:



a-Llenar en la Oficina de Cobros el respectivo formulario de solicitud de la subvención








Artículo 11.-La Administración dispondrá un plazo de diez días hábiles, prorrogables por un plazo igual en casos muy calificados, a juicio del Área de Desarrollo Social o Área Tributaria, para la emisión de la recomendación final a la Alcaldía Municipal para su resolución final.








Artículo 12.-La Municipalidad en cualquiera de sus Áreas, se reserva el derecho de solicitar y realizar toda clase de pruebas para constatar y verificar la documentación aportada, así como determinar la necesidad real del munícipe que solicita la ayuda, aplicando técnicas de investigación social.



En caso de que el interesado haya suministrado datos falsos, o cualquier situación irregular que haya inducido a error a la Municipalidad, obligará a suspender de inmediato el trámite respectivo, descalificar la solicitud y deberá la Municipalidad a realizar todas las demás acciones civiles y penales que puedan caber para el caso en particular.








Artículo 13.-Las ayudas que concederá la Municipalidad de Poás no podrán ser en dinero. En caso de pago de deudas pendientes con la Municipalidad el mecanismo de pago se hará mediante el Departamento de Desarrollo Social hacia el Departamento de Gestión Financiera Tributaria con la aprobación de la Alcaldía Municipal y se dejará constancia de ello tanto en el oficio con la firma del beneficiario, como un libro de registro o actos físico y digital que acredite el efectivo pago, para llevar informes contablesadecuado. De cada caso se confeccionará un expediente administrativo al efecto.








Artículo 14.-Es obligación de los beneficiarios de esta clase de ayudas emplear los recursos para el fin y destino para el cual le fueron concedidos, caso contrario, se le colocará en una lista de personas no aptas para recibir ayudas municipales y se descalificará para futuras peticiones. Para tal fin el Área de Desarrollo Social de esta Municipalidad verificará el uso dado por el beneficiario, de lo cual dejará constancia en el expediente, los registros municipales y actas llevados al efecto.










Capítulo III



De las subvenciones a Centros Educativos Públicos.



Artículo 15.-La Municipalidad sólo dará ayudas en especie (nunca en dinero en efectivo) a los Centros Educativos Públicos del Cantón que demuestren las necesidades para la población estudiantil en las siguientes áreas, siendo la prioridad la cancelación de cuentas pendientes con el Municipio: Instrumentos musicales.



Compra de uniformes escolares o colegiales. Paquetes de útiles escolares. Cancelación de Servicios Municipales pendientes de pago. Materiales para reparaciones menores.










Artículo 16.-Se dará prioridad a las solicitudes que realicen los centros educativos ubicados en zonas del cantón con mayor problemática socioeconómica y de mayor vulnerabilidad.








Artículo 17.-Los centros educativos que sean beneficiados, una vez elegidos, deberán aportar al Departamento Gestión del Desarrollo Social, toda la documentación que sea necesaria para realizar las debidas compras: especificaciones técnicas, otros documentos necesarios que sean solicitados por este Departamento, el cual será el encargado de realizar estas...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR