Reglamento de contrataciones exceptuadas del Hospital de Trauma Sociedad Anónima, de 27 de Octubre de 2014

EmisorInstituto Nacional de Seguros

HOSPITAL DEL TRAUMA S.A.

DEPARTAMENTO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

REGLAMENTO DE CONTRATACIONES EXCEPTUADAS

DE HOSPITAL DE TRAUMA SOCIEDAD ANÓNIMA

Hospital del Trauma S. A., comunica la aprobación en firme del acuerdo de la Junta Directiva N° 62-VII del 27 de octubre del 2014 para el Reglamento de Contrataciones Exceptuadas de Hospital del Trauma S.A, reglamento textual como se indica a continuación:

REGLAMENTO DE CONTRATACIONES EXCEPTUADAS

DE HOSPITAL DE TRAUMA SOCIEDAD ANÓNIMA

CAPÍTULO I

Normas generales

Artículo 1º-Objeto. El presente Reglamento tiene como objeto regular los procedimientos de contratación exceptuados de las normas ordinarias de contratación administrativa, que promueva Hospital de Trauma S. A. (en adelante HDT) de conformidad con lo establecido en el artículo número 9 de la Ley número 12, Ley del Instituto Nacional de Seguros.

Artículo 2º-Los procedimientos de contratación administrativa promovidos por HDT al amparo de este Reglamento, deberán adecuarse a los principios generales de contratación administrativa y gestión pública.

Artículo 3º-Normativa de Aplicación del presente Reglamento. Será competencia de la Gerencia de HDT emitir la normativa complementaria que desarrollará lo establecido en este Reglamento, y servirá de guía para la expedita tramitación de las contrataciones. Para esto, dicho nivel promoverá el Manual correspondiente y que servirá para la implementación de los procesos de contrataciones exceptuadas de los procedimientos ordinarios de contratación. Dicha normativa deberá ajustarse a lo siguiente:

  1. Se observará lo dispuesto en el presente Reglamento.

  2. Los procedimientos serán lo más ágiles posible, sin introducir requisitos, instancias o trámites innecesarios, pero siempre garantizando que en el expediente de la contratación consten las principales acciones realizadas y decisiones tomadas, así como las justificaciones que se requieran.

  3. Por regla general, los contratos entre HDT y sus proveedores se perfeccionarán cuando el acto de adjudicación (o readjudicación) adquiera firmeza, y en los casos que se exija garantía de cumplimiento, ésta sea debidamente presentada. Las obligaciones y derechos de las partes deberán constar con claridad en los documentos que conforman el expediente administrativo (cartel, oferta, etcétera). Solamente se formalizarán mediante suscripción de documento contractual, aquellos negocios que por ley requieran dicho trámite, y aquellos en los que dicho trámite sea indispensable para determinar los derechos y obligaciones de las partes.

  4. De previo al inicio de cualquier procedimiento de contratación, deberá contarse con la respectiva decisión inicial, cuyo contenido mínimo se indicará en el Manual. HDT podrá promover procedimientos de contratación sin contenido presupuestario, sujeto a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa, en este caso la previa autorización no será requerida a la Contraloría General de la República, sino que será otorgada por la Junta Directiva de HDT.

  5. La publicidad de la contratación se tendrá por satisfecha mediante la invitación cursada para al menos tres posibles oferentes, salvo cuando la naturaleza de la contratación justifique lo contrario, o cuando se justifique que no existen suficientes oferentes en el mercado nacional o internacional, según corresponda. A criterio de la Proveeduría, tal invitación podrá hacerse mediante cualquier medio de comunicación, siempre que se verifique con precisión, por medio de registros fidedignos o constancia de parte de la Proveeduría, la identificación del emisor y el receptor, la hora, la fecha y el contenido del mensaje y su recepción. En caso de llamada telefónica la Proveeduría deberá dejar constancia de los detalles principales en el expediente. También se tendrá por satisfecha mediante publicaciones en diarios de circulación nacional y/o internacional o bien en un portal debidamente oficializado...

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