Resolución

Fecha de publicación04 Noviembre 2022
Número de registroIN2022687045
EmisorINSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA DE

CAMPAÑAS INTEGRALES Y APOYOS COOPERATIVOS

DE PROMOCIÓN DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

Se publica en La Gaceta Nº XXX del XXXX de XXXX del 2022, aprobado por Junta Directiva en sesión ordinaria N° 6233, apartado 5, inciso I), celebrada el día 17 de octubre del 2022, acuerdo N° SJD-294-2022.

Considerando:

1º—Que, de conformidad con la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo, Nº 1917, del 9 de agosto de 1955, la Institución tiene como finalidad principal el incrementar el turismo en el país.

2º—Que, de conformidad con la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo, Nº 1917, del 9 de agosto de 1955, el Instituto Costarricense de Turismo, es una institución autónoma cuya naturaleza jurídica le confiere la facultad de tutela administrativa de las acciones propias de su competencia, las cuales debe adaptar al cumplimiento de los objetivos que establece la ley en el marco del turismo.

3º el Instituto Costarricense de Turismo, debe procurar la gobernanza que recoge el Código de Gobierno Corporativo procurando como forma de gobernar un sistema de normas, prácticas y procesos por los que una entidad se dirige y controla, pretendiendo esencialmente equilibrar los intereses de las numerosas partes interesadas de una entidad. La gobernanza también proporcionará el marco para alcanzar los objetivos, abarcando todas las esferas de la gestión, desde los planes de acción y los controles internos hasta la medición del rendimiento y la divulgación de información.

4º—Que corresponde a la Junta Directiva de conformidad con lo que dispone el Código de Gobierno Corporativo “Controlar la eficacia de las prácticas de gobierno corporativo del ICT e introducir los cambios necesarios.”

5º—Que de conformidad con el Código de Gobierno Corporativo, para cumplir con sus responsabilidades, la Junta Directiva debe tener acceso a información precisa, pertinente y oportuna y considerar cambios significativos en el sector turismo y actuar de forma oportuna para adaptarse a los cambios en el entorno, con el fin de proteger los intereses a largo plazo de la Institución y sector turismo como su beneficiario final, lo que conlleva a garantizar el ejercicio de una función pública expedita que agilice las actividades internas que se encuentran previamente planificadas y aprobadas.

6ºQue, dentro de las atribuciones del Instituto Costarricense de Turismo, se encuentra el “Dirigir y efectuar en el exterior, por todos los medios adecuados la propaganda necesaria para dar a conocer el país, con la finalidad de incrementar la afluencia de visitantes [...] Promover y estimular cualesquiera actividades comerciales, industriales, de transporte, deportivas, artísticas o culturales, que traten de atraer el turismo [...]”

7º—Que, en cumplimiento de las funciones de promoción que tiene el Instituto Costarricense de Turismo como ente rector del turismo nacional y de su obligación de invertir los recursos de manera eficiente, fomentando la participación del sector privado, se hace necesaria la realización de campañas integrales y apoyos cooperativos.

8º—Que las campañas integrales y los apoyos cooperativos consisten en la participación organizativa y económica del sector público y privado en proyectos para promocionar a Costa Rica, cuyo público meta se compone de agentes de viajes y consumidores finales. Por tanto,

Se establece el siguiente:

REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA DE

CAMPAÑAS INTEGRALES Y APOYOS COOPERATIVOS

DE PROMOCIÓN DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1ºEl objeto de este Reglamento es regular la presentación, aprobación y ejecución de las campañas integrales y de los apoyos cooperativos de promoción del Instituto Costarricense de Turismo.

Artículo 2ºPara la aplicación de este Reglamento, se entiende por:

a) Agencias de publicidad, relaciones públicas o comunicación y mercadeo: Agencias que han sido seleccionadas por el ICT o en conjunto con el socio comercial, para prestar servicios en materia de promoción, relacionados con la ejecución de las acciones aprobadas en la campaña integral o en el apoyo cooperativo.

b) Apoyo Cooperativo: acción promocional puntual que requiere la inversión entre el ICT y los socios en los mercados internacionales de interés, que permite generar mayor exposición del destino o contribuir en el incremento de turistas al país, ello, sin que medie una campaña integral.

c) Campaña Integral: proyecto promocional que requiere la inversión entre el ICT y los socios en los mercados internacionales de interés. Estas campañas se consideran integrales ya que incluyen diferentes acciones de mercadeo y promoción.

d) Certificación de Sostenibilidad Turística: Programa Voluntario de Certificación, otorgado por la Comisión Técnica de Verificación del CST (CTV-CST) a empresas u organizaciones turísticas que cumplan con los requisitos de su reglamento y el estándar CST.

e) Convenio de campaña integral o de apoyo cooperativo: acuerdo de voluntades entre el Instituto Costarricense de Turismo y socios, para la ejecución de acciones conjuntas a través de campañas integrales o apoyos cooperativos.

f) Dirección de Mercadeo: instancia del ICT responsable de ejecutar actividades relacionadas con la promoción de Costa Rica como destino turístico, tanto en el ámbito nacional como internacional.

g) Empresas: organizaciones jurídicas públicas o privadas, legalmente constituidas en el ámbito nacional o internacional, que trabajen directamente en actividades relacionadas con el turismo o para el destino Costa Rica.

h) Gerencia General: instancia que tiene a su cargo la administración general del ICT.

i) ICT: Instituto Costarricense de Turismo.

j) Informe Final: documento que el Socio debe presentar una vez que el plazo convenido en la campaña integral o apoyo cooperativo ha finalizado, el cual es analizado por la Unidad Coordinadora y remitido de forma conjunta con la Dirección de Mercadeo a la Gerencia General.

k) Jefatura inmediata: Coordinador (a) de Alianzas Estratégicas y Eventos Internacionales.

l) Jefatura superior: Jefe del Departamento de Promoción del ICT.

m) Junta Directiva: órgano superior jerárquico del ICT.

n) Plan de Medios: Conjunto de acciones promocionales incluidos en una campaña integral o de apoyo cooperativo.

o) Plan General de Campañas Integrales y Apoyos Cooperativos: recomendación técnica de distribución de presupuesto de campañas integrales y apoyos cooperativos por mercado de interés, en determinado período, que incluirá objetivos, metas e indicadores de resultados.

p) Propuesta: proyecto que se presenta al ICT para que la Unidad Coordinadora lo evalúe y presente la recomendación técnica a la instancia superior correspondiente para su aprobación y ejecución.

q) Socio: empresa que, una vez aprobada la campaña integral o el apoyo cooperativo por la instancia correspondiente, participa organizativa y económicamente en la ejecución de las acciones promocionales.

r) Unidad Coordinadora: área de campañas integrales y de apoyos cooperativos del Departamento de Promoción del ICT.

Artículo 3ºEl ICT, en su programa de campañas integrales y apoyos cooperativos, se plantea el siguiente objetivo general: Implementar campañas integrales o apoyos cooperativos con socios de la cadena de comercialización turística de Costa Rica en los mercados de interés, que generen beneficios en materia de conectividad aérea, promoción del destino y movilización de pasajeros, según los criterios y prioridades definidos en el Plan General de Campañas Integrales y Apoyos Cooperativos.

Artículo 4ºDe conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo Turístico de Costa Rica y el Plan...

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