Reglamento interno de uso de tarjetas para adquisición de combustible de los vehículos municipales, de 15 de Marzo de 2019
Emisor | Municipalidad de Upala |
MUNICIPALIDAD DE UPALA
El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de Upala, conforme a las potestades conferidas por los artículos 169, 170 de la Constitución Política; 4 inciso a), 13 inciso c) del Código Municipal, Ley Nº 7794, acuerda emitir el presente Reglamento:
REGLAMENTO INTERNO DE USO DE TARJETAS PARA ADQUISICIÓN DE
COMBUSTIBLE DE LOS VEHÍCULOS MUNICIPALES
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
Artículo 1.- Definiciones: Cuando en este reglamento se empleen los términos y definiciones, debe dárseles las aceptaciones que se señalan, para la correcta interpretación de este reglamento se definen los siguientes términos:
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Encargado del Sistema: Funcionario con autoridad para activar y desactivar a los vehículos y usuarios que por alguna razón tengan que incluirse o excluirse del uso de la tarjeta de pago.
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Caso fortuito: Se entiende por caso fortuito a aquella acción del ser humano que no puede preverse, ni puede resistirse.
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Patrono: La Municipalidad de Upala en su condición de empleador de los servicios de los trabajadores.
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Reglamento: El presente Reglamento que se refiere al uso de tarjeta para compra de combustible para la flotilla vehicular Municipal.
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Tarjeta: Es el instrumento plástico dispensado por el ente bancario de uso exclusivo en la adquisición de combustible para la flotilla vehicular.
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Trabajador: Funcionario o Servidor Municipal, toda persona física que a cambio de una remuneración y en virtud de un acto válido y eficaz de nombramiento, presta sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros, en forma personal y subordinada a la Municipalidad, transitoria o permanente, como consecuencia de un contrato de trabajo escrito individual o colectivo.
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Usuario: Se entenderá como el trabajador municipal, responsable de la tarjeta de compra de combustible, que hace uso de la misma.
Artículo 2.- Regulación. Este Reglamento regula lo relativo al uso y manejo de la Tarjeta de Compra de Combustible (gasolina, diésel) para el uso de la flotilla vehicular municipal, otorgando una tarjeta de compra a los funcionarios de la Municipalidad de Upala, a los cuales se les denominará en adelante "Usuarios". Estos usuarios serán establecidos por la Coordinación Administrativa.
Artículo 3.- Utilización. La utilización y el buen uso de la tarjeta como medio de pago, será responsabilidad de cada funcionario y de la jefatura correspondiente, toda vez que no se ejerza una adecuada supervisión en el uso y aplicación de este mecanismo de pago.
CAPÍTULO SEGUNDO
Del Uso De La Tarjeta
Artículo 4.- Emisión. La tarjeta de compra, será emitida por el banco con el número de placa de cada vehículo, aportando los requisitos establecidos por la entidad bancaria.
Artículo 5.- Costo. El costo de la tarjeta o membresía lo asumirá la Municipalidad, así como en los casos de renovación o deterioro de la misma. En caso de que ésta sea extraviada por el...
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