Reglamento interno de uso de tarjetas para adquisición de combustible de los vehículos municipales, de 15 de Marzo de 2019

EmisorMunicipalidad de Upala

MUNICIPALIDAD DE UPALA

El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de Upala, conforme a las potestades conferidas por los artículos 169, 170 de la Constitución Política; 4 inciso a), 13 inciso c) del Código Municipal, Ley Nº 7794, acuerda emitir el presente Reglamento:

REGLAMENTO INTERNO DE USO DE TARJETAS PARA ADQUISICIÓN DE

COMBUSTIBLE DE LOS VEHÍCULOS MUNICIPALES

CAPÍTULO PRIMERO

Disposiciones Generales

Artículo 1.- Definiciones: Cuando en este reglamento se empleen los términos y definiciones, debe dárseles las aceptaciones que se señalan, para la correcta interpretación de este reglamento se definen los siguientes términos:

  1. Encargado del Sistema: Funcionario con autoridad para activar y desactivar a los vehículos y usuarios que por alguna razón tengan que incluirse o excluirse del uso de la tarjeta de pago.

  2. Caso fortuito: Se entiende por caso fortuito a aquella acción del ser humano que no puede preverse, ni puede resistirse.

  3. Patrono: La Municipalidad de Upala en su condición de empleador de los servicios de los trabajadores.

  4. Reglamento: El presente Reglamento que se refiere al uso de tarjeta para compra de combustible para la flotilla vehicular Municipal.

  5. Tarjeta: Es el instrumento plástico dispensado por el ente bancario de uso exclusivo en la adquisición de combustible para la flotilla vehicular.

  6. Trabajador: Funcionario o Servidor Municipal, toda persona física que a cambio de una remuneración y en virtud de un acto válido y eficaz de nombramiento, presta sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros, en forma personal y subordinada a la Municipalidad, transitoria o permanente, como consecuencia de un contrato de trabajo escrito individual o colectivo.

  7. Usuario: Se entenderá como el trabajador municipal, responsable de la tarjeta de compra de combustible, que hace uso de la misma.

    Artículo 2.- Regulación. Este Reglamento regula lo relativo al uso y manejo de la Tarjeta de Compra de Combustible (gasolina, diésel) para el uso de la flotilla vehicular municipal, otorgando una tarjeta de compra a los funcionarios de la Municipalidad de Upala, a los cuales se les denominará en adelante "Usuarios". Estos usuarios serán establecidos por la Coordinación Administrativa.

    Artículo 3.- Utilización. La utilización y el buen uso de la tarjeta como medio de pago, será responsabilidad de cada funcionario y de la jefatura correspondiente, toda vez que no se ejerza una adecuada supervisión en el uso y aplicación de este mecanismo de pago.

    CAPÍTULO SEGUNDO

    Del Uso De La Tarjeta

    Artículo 4.- Emisión. La tarjeta de compra, será emitida por el banco con el número de placa de cada vehículo, aportando los requisitos establecidos por la entidad bancaria.

    Artículo 5.- Costo. El costo de la tarjeta o membresía lo asumirá la Municipalidad, así como en los casos de renovación o deterioro de la misma. En caso de que ésta sea extraviada por el...

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