Reglamento juego N° D019 de lotería instantánea 'Fiebre de Campeones', de 21 de Diciembre de 2017

EmisorJunta de Protección Social

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

REGLAMENTO JUEGO Nº D019 DE LOTERÍA INSTANTÁNEA

"FIEBRE DE CAMPEONES"

Artículo Nº 1.-Definiciones. Junta Directiva: El máximo órgano jerárquico de la Junta.

Premio: Retribución económica que se otorga a la persona que cuenta con un boleto ganador.

Convalidación computarizada: Consiste en que los premios se pagan mediante la lectura del código de barras con que cuenta cada boleto, esta lectura se realiza a través de una lectora óptica que mediante un sistema informático permite determinar el premio que contiene cada boleto.

Lista Oficial de Validación: Listado con que cuenta la Institución donde se encuentra el detalle de la totalidad de los boletos, lo cual permite verificar que sea un boleto válido.

Artículo Nº 2.-Mecánica de Juego. El boleto presenta dos estilos de juego diferentes: 1. Raspe toda el área de juego, si un mismo símbolo se repite tres veces gana el premio indicado. 2. Raspar el área desprendible y coleccione las letras que aparecen, si completa con ellas la palabra "Campeones", gana ¢500.000.

Artículo Nº 3.-Participación en el programa Rueda de la Fortuna: Si aparece la palabra RASPA participa directamente en el programa "La Rueda de la Fortuna", para hacer efectiva la participación directa, la persona favorecida debe apersonarse a la Junta de Protección Social, para validar el boleto ganador, debe presentar físicamente su cédula de identidad o documento de identidad vigente así como el boleto ganador. Si la cédula de identidad o documento de identidad no está vigente, el participante pierde automáticamente el derecho a participar en el sorteo la Rueda de la Fortuna.

Artículo Nº 4.-Cambio de premios: el jugador podrá hacer efectivos los premios instantáneos obtenidos, en las Oficinas Centrales de la Junta de Protección Social y en las agencias autorizadas.

La Junta no pagará premios contra boletos que presenten alteraciones o roturas que hagan dudar de su legitimidad, o si el boleto no está incluido en la Lista Oficial de Validación.

Artículo Nº 5.-Plan de Premios: La Junta Directiva mediante acuerdo JD-853, correspondiente al artículo III) de la sesión extraordinaria N° 15-2017 celebrada el día 07 de setiembre de 2017, aprobó en 1.500.000 de boletos el plan de premios siguiente:

Cantidad de premios

Monto ¢

307.500 premios de

¢1.000

82.500 premios de

¢2.000

30.000 premios de

¢3.000

15.000 premios de

¢5.000

8.000 premios de

¢10.000

345 premios de

¢100.000

135...

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