Reglamento Orgánico de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y la Cultura, de 7 de Febrero de 2013

EmisorAsamblea Legislativa

N° 9119 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS Y EL REGLAMENTO ORGNICO DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN,

LA CIENCIA YLA CULTURA ARTÍCULO 1.- Se aprueban, en cada una de sus partes, los Estatutos y el Reglamento Orgánico de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, suscritos en la ciudad de Panamá, el 2 de diciembre de 1985 y el 3 de diciembre de 1985,

respectivamente. Los textos son los siguientes:

ÓORGANIZACION DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN,

LA CIENCIA YLA CULTURA R E G L A M E N T O O R G A N I C O DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN,

LA CIENCIA YLA CULTURA C A P Í T U L O I NATURALEZA Y FINES ARTICULO 1 La Organización de Estados iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura u Organización de Estados iberoamericanos para a Educación, a Ciencia e a Cultura, es un Organismo internacional de carácter gubernamental para la cooperación entre los países iberoamericanos. Sus siglas son "OEI" y sus idiomas oficiales el español y el portugués.

ARTICULO 2

La OEI tiene como propósito fundamental el desarrollo y el intercambio educativo, científico, tecnológico y cultural de los Estados Miembros, con el objeto de contribuir a elevar el nivel cultural de sus habitantes como personas, formarlos integralmente para la vida productiva y para las tareas que requiere el desarrollo integral y fortalecer los sentimientos de paz, democracia y justicia social.

ARTICULO 3

La Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, para realizar los principios en que se funda y cumplir sus obligaciones de acuerdo con los Estatutos, establece los siguientes fines generales:

  1. Contribuir a fortalecer el conocimiento, la comprensión mutua, la integración, la solidaridad y la paz entre los pueblos iberoamericanos a través de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura.

  2. Colaborar con los Estados Miembros en la acción tendente a que los sistemas educativos cumplan el triple cometido siguiente: humanista,

    desarrollando la formación ética, integral y armónica de las nuevas generaciones; social y de democratización, asegurando la igualdad de oportunidades educativas; y productivo, preparando para la vida del trabajo.

  3. Promover y cooperar con los Estados Miembros en las actividades orientadas a la elevación de los niveles educativo, científico, tecnológico y cultural.

  4. Fomentar la educación como alternativa válida y viable para la construcción de la paz, mediante la preparación del ser humano para el ejercicio responsable de la libertad, la solidaridad, la defensa de los derechos humanos y los cambios que posibiliten una sociedad más justa para Iberoamérica.

  5. Estimular y sugerir medidas encaminadas al logro de la aspiración de los pueblos iberoamericanos para su integración educativa, cultural, científica y tecnológica.

  6. Promover la vinculación de los planes de educación, ciencia, tecnología y cultura con los demás planes de desarrollo, entendido éste al servicio del hombre y procurando la distribución equitativa de sus productos.

  7. Promover y realizar programas de cooperación horizontal entre los Estados Miembros y de éstos con los Estados e instituciones de otras regiones.

  8. Cooperar con los Estados Miembros para que se asegure la inserción del proceso educativo en el contexto histórico-cultural de los pueblos iberoamericanos, respetando la identidad común y la pluralidad cultural de la comunidad iberoamericana, de gran variedad y riqueza.

  9. Contribuir a la difusión de las lenguas española y portuguesa y al perfeccionamiento de los métodos y técnicas de su enseñanza, así como a su conservación y preservación en las minorías culturales residentes en otros países. Promover, al mismo tiempo, la educación bilingüe para preservar la identidad cultural de los pueblos de Iberoamérica, expresada en el plurilingüismo de su cultura.

  10. Colaborar estrecha y coordinadamente con los organismos gubernamentales que se ocupan de educación, ciencia, tecnología y cultura y promover la cooperación horizontal de los países iberoamericanos en esos mismos campos.

    ARTICULO 4

    Los fines específicos de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura son los siguientes:

  11. Fomentar el intercambio educativo, científico, tecnológico y cultural y difundir en todos los países iberoamericanos las experiencias y resultados logrados en cada uno de ellos.

  12. Fortalecer los servicios de información y documentación sobre el desarrollo de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura en los países iberoamericanos.

  13. Orientar y asesorar a las personas y a los organismos interesados en las cuestiones culturales, educativas científicas y tecnológicas.

  14. Difundir los principios y recomendaciones aprobados por las Asambleas Generales de la OEI y promover su realización efectiva.

  15. Convocar y organizar congresos, conferencias, seminarios y demás reuniones, sobre temas educativos, científicos, tecnológicos y culturales y participar en aquellas a las que fuera invitada, procurando su planificación armonizada con otros eventos de igual naturaleza.

  16. Colaborar en la preparación de textos y de material de enseñanza y en la formación de criterios didácticos ajustados al espíritu y a la realidad de los pueblos iberoamericanos.

  17. Cooperar con los Ministerios de Educación de los países iberoamericanos en la realización de sus planes educativos, científico-tecnológicos y culturales y colaborar especialmente en el perfeccionamiento y coordinación de sus servicios técnicos.

  18. Promover la coordinación de los países iberoamericanos en el seno de las Organizaciones Internacionales de carácter educativo, científico, tecnológico y cultural, a fin de que su cooperación en ellas sea eficaz y útil, tanto en el orden nacional como en el plano internacional.

  19. Promover la creación y coordinación de organizaciones, asociaciones,

    uniones y demás tipos de entidades nacionales, regionales o internacionales,

    relacionadas con los distintos grados de enseñanza y con los diversos aspectos de la vida educativa, científica o cultural de los países iberoamericanos, que podrán constituirse como entidades independientes o asociadas.

  20. Conceder el carácter de Entidad Asociada a la OEI a instituciones educativas,

    científicas, tecnológicas y culturales.

  21. Crear centros especializados, fundar institutos, establecimientos y demás entidades y organismos de investigación, documentación, intercambio,

    información y difusión en materia educativa, científica, tecnológica y cultural, y los servicios descentralizados que exija el cumplimiento de sus fines o la ejecución de su programa de actividades.

  22. Fomentar el intercambio de personas en el campo educativo, científico,

    tecnológico y cultural, así como establecer mecanismos de apoyo adecuados para ello.

  23. Estimular y apoyar la investigación científica y tecnológica,

    especialmente cuando se relacione con las prioridades nacionales de desarrollo integral.

  24. Estimular la creación intelectual y artística, el intercambio de bienes culturales y las relaciones recíprocas entre las distintas regiones culturales iberoamericanas.

  25. Fomentar la educación para la paz y la comprensión internacional y difundir las raíces históricas y culturales de la Comunidad Iberoamericana,

    tanto dentro como fuera de ella.

  26. Cooperar con otros Organismos Internacionales para lograr una mayor eficacia en el diseño y realización de los programas educativos, científicos,

    tecnológicos y culturales, en función de las necesidades de los Estados Miembros.

  27. Promover el fortalecimiento de una conciencia económica y productiva en nuestros pueblos, a través de una formación adecuada en todos los niveles y modalidades del sistema educativo.

    ARTICULO 5

    Para el cumplimiento de sus fines, la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, podrá celebrar acuerdos y suscribir convenios y demás instrumentos legales con los Gobiernos Iberoamericanos, con otros Gobiernos, con Organizaciones Internacionales y con instituciones, centros y demás entidades educativas, científicas y culturales.

    C A P Í T U L O II

    MIEMBROS Y TIPOS DE AFILIACION

    ARTICULO 6

    Son miembros de la...

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