Reglamento Orgánico del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, de 2 de Junio de 2015

EmisorInstituto Nacional de Fomento Cooperativo

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

REGLAMENTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL

DE FOMENTO COOPERATIVO

El presente Reglamento se emite con fundamento en el Artículo 176 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del INFOCOOP, Ley 4179 del 22 de agosto de 1968 y sus reformas y establece la organización de las funciones y modificaciones que se requieren para adecuar la estructura organizativa del Instituto que le encomiendan la citada ley y las leyes de la República.

Contenido

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

SECCIÓN I

NATURALEZA Y MARCO ESTRATÉGICO DE INFOCOOP

SECCIÓN II

ESTRUCTURA

CAPÍTULO II

DE LA JUNTA DIRECTIVA, LA AUDITORIA INTERNA Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL SUPERIOR

SECCIÓN II

AUDITORÍA INTERNA

SECCIÓN III

ADMINISTRACIÓN GENERAL SUPERIOR

CAPÍTULO III

DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LAS ÁREAS

SECCIÓN I

ÁREA DE ASESORÍA INSTITUCIONAL

SECCIÓN II

ÁREAS SUSTANTIVAS

SECCIÓN III

ÁREA DE APOYO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO IV

DISPOSICIONES FINALES

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), en su sesión 4026, artículo 2°, inciso 4.1), celebrada el 02 de junio de 2015, acordó:

Considerando:

I.-Que es necesario avanzar en la modernización del Estado, cuyo objetivo fundamental es hacerlo más eficaz y eficiente, para lograr una Administración Pública al servicio del ciudadano, de acuerdo con los principios que rigen a las instituciones públicas, al Poder Ejecutivo e Instituciones Autónomas en particular. Ambos objetivos conjugan los principios rectores del Sistema de Planificación Nacional, la Ley General de la Administración Pública y la Ley de Planificación Nacional.

II.-Que los Órganos, Entes y Empresas Públicas deben procurar la modernización de sus organizaciones y procedimientos, para lograr mayor eficiencia y productividad de sus actividades, para la consecución de los objetivos del Sistema Nacional de Planificación.

III.-Que en INFOCOOP se ha desarrollado un proceso de modernización institucional, el cual cuenta con las debidas autorizaciones, revisiones y aprobaciones del Ministerio de Planificación y Política Económica (MIDEPLAN), la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) y la Junta Directiva de este Instituto.

IV.-Que el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) es una institución pública autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propios y con autonomía administrativa y funcional, creada por la Ley Nº 5185 del 20 de febrero de 1973, y se encuentra bajo el ámbito de la STAP en materia de política salarial, empleo público y clasificación de puestos.

V.-Que para la realización de los fines asignados por ley al INFOCOOP y sobre todo para que funcione como institución de desarrollo cooperativo, el legislador dejó facultada a la Junta Directiva para disponer la estructura orgánica, que conforme a los criterios de la ciencia y de la técnica, mejor convengan para la realización con eficacia y eficiencia de los propósitos que se le encomiendan.

VI.-Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en oficio Nº DM-1667-2010 del 29 de octubre 2010 avala la propuesta de reorganización Integral del INFOCOOP, para ser presentada a MIDEPLAN para su valoración y aprobación.

VII.-Que el Ministerio de Planificación y Política Económica, en su oficio Nº D. M.-622-2010 del 10 de diciembre de 2010, aprobó la "Propuesta de reorganización integral del INFOCOOP".

VIII.-Que la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, en su oficio Nº STAP-2617-12 comunica al INFOCOOP que le autoriza la creación de 29 plazas nuevas según acuerdo Nº 10086; y que modifica el acuerdo Nº 9771, tomado por la Autoridad Presupuestaria en sesión extraordinaria Nº 03-2012, donde se indica que el nuevo nivel de empleo para el 2012, pasa de 88 a 117 puestos por cargos fijos.

IX.-Que el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo cumple un papel preponderante en el desarrollo nacional, como parte del sector social y de lucha contra la pobreza, y como tal, constituye un actor clave en los principales cambios que deben enfrentar las instituciones del sector público. En este sentido, es necesario potenciar su acción estratégica, así como promover la eficiencia y eficacia en la gestión de las diferentes dependencias administrativas.

X.-Que producto de ese proceso, INFOCOOP requiere de un Reglamento Orgánico acorde con la concepción y cambios resultantes del análisis y evaluación indicados. Por tanto,

Se acuerda aprobar el presente "Reglamento Orgánico del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo", con fundamento en lo establecido en los artículos 156, 162 inciso c) y 176 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del INFOCOOP, Nº 4179, del 22 de agosto de 1968 y sus reformas.

REGLAMENTO ORGÁNICO DEL INFOCOOP

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

SECCIÓN I

Naturaleza y Marco Estratégico de INFOCOOP

Artículo 1º-Objetivo del Reglamento. El presente Reglamento establece la estructura, organización, relaciones de jerarquía y de coordinación interna del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, para el cumplimiento de las funciones que le encomiendan la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del INFOCOOP, Ley Nº 4179 del 22 de agosto de 1968 y sus reformas, además de las demás leyes de la República.

Las actividades de INFOCOOP, estarán sujetas a los principios fundamentales del servicio público para asegurar su continuidad, eficiencia y adaptación a todo cambio legal o necesidad social; así como a la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios, según lo establecido en la Ley General de la Administración Pública, Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del INFOCOOP y sus reformas, y toda la normativa que por la naturaleza de sus funciones le resulte aplicable.

Artículo 2º-Naturaleza jurídica y atribución general. El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo es un ente descentralizado, en el grado de institución autónoma. Tiene personalidad jurídica propia y autonomía administrativa y funcional. INFOCOOP es el órgano superior jerárquico nacional en materia cooperativa, con las funciones establecidas por la Ley 4179 del 22 de agosto de 1968 y sus reformas, así como las demás normas reglamentarias y generales de aplicación. El domicilio legal del Instituto es la ciudad de San José y puede establecer agencias en otros lugares del país.

Tiene...

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