Reglamento para la calificación de Organizaciones No Gubernamentales, de 17 de Diciembre de 2013

EmisorMunicipalidad de Goicoechea

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

El Concejo Municipal del cantón de Goicoechea, en sesión ordinaria Nº 51-2013, celebrada el día 17 de diciembre de 2013, Artículo 15º, por unanimidad y mediante acuerdo firme aprobó el siguiente reglamento:

REGLAMENTO PARA LA CALIFICACIÓN

DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

Considerando:

  1. —Que el artículo 4º de la Ley 7755, ÓLey de las partidas específicas con cargo al Presupuesto Nacional”, en los incisos c), d),

    e), f), dispone que las Municipalidades poseen un papel preponderante en la definición de los proyectos por financiar con recursos de las Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional, así como velar porque se brinde la debida participación de la ciudadanía en las Asambleas de las Consejos de Distrito para la definición de proyectos por presentar al Concejo Municipal para su aprobación.

  2. —Que por Ley 8823, titulada ÓReforma de varias leyes sobre la participación de la Contraloría General de la República para la simplificación y el fortalecimiento de la gestión pública”, donde el artículo 41, modifica el artículo 4º de la Ley 7755, indicando que la calificación de las organizaciones no gubernamentales para el manejo de fondos públicos corresponde a la Municipalidad, a través de acuerdo del Concejo Municipal.

  3. —Que el Código Municipal, Ley 7794, en el artículo 13 inciso c) faculta al Concejo Municipal para dictar los Reglamentos de la Corporación Municipal.

  4. —Que en el Alcance Nº 82-4 a La Gaceta Nº 227, de fecha 23 de noviembre de 1998, la Contraloría General de la República emite circular indicando los criterios mínimos que deben considerar las Municipalidades, en ese momento para precalificar las organizaciones no gubernamentales como entidades privadas idóneas para administrar fondos públicos provenientes de partidas específicas,

    se mantienen como punto de referencia para la definición de requisitos de este Reglamento.

    Por tanto, se dispone el siguiente Reglamento para calificación de organizaciones no gubernamentales:

    CAPÍTULO I

    Disposiciones generales

    Artículo 1º—De la finalidad del Reglamento. El presente reglamento regula los procedimientos y requisitos que deben presentar las organizaciones no gubernamentales que deseen la calificación de idónea para administrar fondos públicos provenientes de partidas específicas de Gobierno que se asignan al Cantón de Goicoechea.

    Artículo 2ºrea de cobertura. La calificación se realizará para aquellas organizaciones no gubernamentales que posean su...

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