Resolución

Fecha de publicación07 Abril 2022
Número de registroIN2022635907
EmisorDE INNOVACIÓN E INVESTIGACIÓN

REGLAMENTO DE SESIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

DE LA PROMOTORA COSTARRICENSE

DE INNOVACIÓN E INVESTIGACIÓN

CAPÍTULO PRIMERO:

Generalidades

Artículo 1ºObjeto del Reglamento. Este Reglamentoregulará la organización y funcionamiento de las sesiones de la Junta Directiva de la PromotoraCostarricense de Innovación e Investigación, losrelativo a la toma de acuerdos, elrégimenrecursivo de estos y losdeberes de losdirectivos.

CAPÍTULO SEGUNDO:

De la Junta Directiva y losDirectivos

Artículo 2ºDe la integración de la Junta Directiva. De conformidad con lo dispuestoenelartículo 7 de la Ley N°9971, la dirección superior de la Promotoraestará a cargo de la Junta Directiva, la cualestaráintegradapornuevemiembros a saber:

(a)La persona jerarca del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), quienpresidirá y fungirácomopresidente de la Junta Directiva.

(b)La persona jerarca del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC). (c) Un representante de la CoaliciónCostarricense de Iniciativas de Desarrollo (CINDE).

(d)Una persona titular de la presidencia o vicepresidenciadesignadapor la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la EmpresaPrivada (UCCAEP). (e) Una persona titular de la presidencia o vicepresidenciapor la Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR).

(f)Una persona titular de la presidencia o vicepresidenciapor la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria (CNAA).

(g)La persona titular de la presidenciaejecutiva del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA).

(h)Dos personas representantes de las universidadespúblicasdesignadosporelConsejo Nacional de Rectores (CONARE).

Artículo 3ºNombramiento de losmiembros de la Junta Directiva. Las personas miembrosnombradosenrazón de su cargo, a los que aludenlosincisos (a), (b), (d), (e) (f) y (g) formanparte de la Junta Directivaduranteelejercicio de dicho cargo.

Las personas miembrosindicadosenlosincisos (c), y (h) seránnombradosporelConsejo de Gobierno y ejerceránsu cargo por un periodo de cincoaños, pudiendoreelegirseporunaúnicavez. Enelcaso del representante de CINDE indicadoenelinciso (c) estepodrá ser elGerente General o bien un representantedesignadopor la institución. Enelcaso de dichorepresentante de CINDE y las personas miembrosindicadosenelinciso (h), la entidadcorrespondiente le remitirá al Consejo de Gobiernouna terna de personas candidatas que cumplan con loscriterios de idoneidadestablecidosenelartículo 11 del Reglamento a la Ley 9971.

Para suplir las ausenciastemporales de losjerarcasministeriales se designará al viceministro del sector. Para elcaso del resto de miembrostitulares, cadaentidaddesignará a surespectivosuplenteprocurando que tengaelconocimientotécnico que se requiere para la efectivaparticipaciónen las sesiones.

Los entesrepresentados, deberánacreditar tanto a sus designadospropietarioscomo a sus designadossuplentespreferiblemente, con al menosdiez días de anticipación al momentoen que ejerceránel cargo.

Artículo 4ºAtribuciones de la Junta Directiva. Son atribuciones de la Junta Directiva las siguientes:

(a)Dictarsupropioreglamento, asícomo las normas y losreglamentosnecesariosrelativos a la organización y elfuncionamiento de la Promotora, para la buenamarcha de la institución.

(b)Aprobarelpresupuestoanual, sus modificaciones y darseguimiento a la ejecuciónpresupuestaria.

(c)Conocer y aprobarlosestadosfinancieros.

(d)Aprobar y evaluarelcumplimiento del Plan estratégico, asícomoel Plan anual de labores.

(e)Proporcionar directrices claras de resultadosesperados, brindándole a la Gerencia General la autonomíanecesaria para sugerir las debidasestrategias para la consecución de esosresultados.

(f)Nombrar y remover a la persona titular de la Gerencia General pormayoría de al menos dos tercios de la totalidad de sus miembros.

(g)Nombrar y remover a la persona titular de la auditoría interna, siguiendoloslineamientosdictadospor la Contraloría General de la República y losprincipios del DebidoProceso.

(h)Conformarcomitéstemáticos o gruposconsultivoscuando la Junta Directivaasí lo requiera, para tratartemasestratégicos. La Junta determinaráelplazo de existencia y las condiciones de estoscomités o grupos de asesoría. La Junta definirácuálescomitésseránremunerados, encaso de que corresponda, asegurando que estaremuneraciónestéacorde con las responsabilidades y no constituya un usoabusivo de recursospúblicos o sea contrario a lo dispuestoen la ley N°8131, Ley de la AdministraciónFinanciera y PresupuestosPúblicos. Las personas miembros de loscomités de apoyodeberáncontar con elconocimiento o experiencianecesariaacorde con la materiaobjeto de suintegración. Asimismo, deberápromoverse la participaciónpública y privadaendichoscomitéstemáticos o gruposconsultivos. Por otraparte, la junta directivadesignará a la persona titular de la gerencia u otra persona del equipo de trabajo de la Promotora para formarparte de cadacomité y presidirlo.

(i)Aprobar la conformación de un ConsejoAsesorExternoadhonorem que apoye las labores de definiciónestratégica de la Junta Directiva.

(j)Aprobar la constitución de fideicomisos para la consecución de losobjetivos y fines de la Promotora. Los fideicomisosdeberánobservar las obligaciones que le imponen las disposicioneslegalesvigentes y otras que se disponganporvíareglamento. Los fideicomisos y suadministraciónseránobjeto de control y fiscalizaciónporparte de la Contraloría General de la República.

(k)Comisionarauditoríasexternas e internas y evaluaciones para asegurarelbuenuso de losrecursosdependientes de la Junta Directiva, para que auditeen forma periódica la ejecuciónpresupuestaria y losresultados de la gestión de la Promotora.

(l)Aprobarelreglamentointerno de funcionamiento para la organización de la Promotora, para lo cual se requerirá de al menos dos tercios del total de losvotos de las personas miembros de la Junta Directiva.

(m)Acordar la creación de las plazas.

(n)Aprobarelrespectivo manual de puestos y elsistema de valoración de puestos de la Promotora.

(o)Aprobarelreglamento de GobiernoCorporativoinstitucional.

(p)A solicitud de la Gerencia General, analizar y aprobar las reestructuracionesorganizacionales.

(q)Aprobarel manual de puestos y conocer la estructura de salarios de la Promotora, todo de conformidad con todas las limitacionesaplicables al empleopúblico y a la normativavigenteaplicable.

(r)Aprobar la aplicación de estrategias de teletrabajo, trabajo virtual y jornadas laboralesacordes con elservicio que brinda la Promotora, y cualquierotra de naturalezavinculante con la dinámica de trabajo o servicios de la Promotora, segúnrequieran las condiciones de suadecuadaoperación.

(s)Evaluarsemestralmente la gestión del Gerente y elcumplimiento de metascualitativas y cuantitativas y rendimiento de cuentassobreinstrumentos y programasrealizados.

(t)Evaluaren conjunto con elGerente y de maneraoportuna, elclimaorganizacional y el plan de capacitaciónanual para la Promotora y velar por sus competencias.

(u)Resolver losrecursosadministrativos, que de conformidad con lo establecidoenelartículo 10 de la Ley N° 9971, se interpongan contra losactos de la Junta Directiva y las Comisiones que integre. Lo relativo al régimenrecursivoseráreguladopor las disposiciones que establece la Ley General de la AdministraciónPública (Ley N° 6227), asícomopor las especificaciones que se haganenestereglamento o ennormativareglamentariaespecífica.

(v)Las demás que le asignen las leyes o losreglamentosrespectivos.

Artículo 5ºDerechos y atribuciones de losmiembros de la Junta Directiva. Sin perjuicio de las atribucionesespeciales con las que cuentaelPresidente de la Junta Directivaenatención a su cargo, son atribuciones de todoslosmiembros de la Junta Directiva las siguientes:

a)Proponerlosproyectos, proposiciones y mociones que creanoportunas.

b)Solicitar al Presidente de la Junta Directiva que cuandounamociónpresentadatengamás de dos sesionescontinuas, sin que hayasidoconocidapor la Junta Directiva, sea puestaendiscusióncomo punto primero del orden del día de la sesiónordinariainmediatamentesiguiente.

c)Solicitar la informaciónsobretodoasuntoatinente a sus funciones y competencias, a las de la Promotora o al Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación, que considerenecesaria para elmejorconocimiento y resolución de lostemas que le seanplanteados.

d)Hacerconstarenel acta suvotocontrario al acuerdoadoptado y losmotivos que lo justifiquen, quedandoentalcasoexentos de las responsabilidades que, ensucaso, pudierenderivarse de losacuerdos.

e)Interponerelrecurso de revisión de losacuerdos y resoluciones de la Junta Directiva de conformidad con lo establecidoenelartículo 55 de la Ley General de la AdministraciónPública.

f)Interponerrecurso de revocatoria contra losacuerdos que no hayansidoejecutados, siempre que enaquellos no se afectensituacionesjurídicasconsolidadas o derechos adquiridos de buenafe.

g)Solicitar al Presidente la palabra y haceruso de ella, para referirse a un asunto.

h)Formarparte de las comisionescreadaspor la Junta Directiva.

Artículo 6ºDeberes de losmiembros de la Junta Directiva. Sin perjuicio de losdeberesespeciales que se le atribuyen a la Presidencia de la Junta Directivaenatención a su cargo, son atribuciones de todoslosmiembros de la Junta Directiva las siguientes:

a)Asistir a las sesionespuntualmente.

b)Excusarseporescrito, según sea elcaso, por la inasistencia a sesiones.

c)Modificar o aprobarel Orden del Día de las sesiones del ÓrganoColegiado.

d)Votarenlosasuntos que se sometan a sudecisión, elvotodeberá ser afirmativo o negativo.

e)Avisar a la presidencia de cualquier causal de abstenci...

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