Reglamento de sesiones virtuales del concejo municipal de Alajuelita y comisiones municipales de Alajuelita en caso de emergencia nacional o cantonal, de 21 de Julio de 2021
Emisor | Municipalidad de Alajuelita |
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
REGLAMENTO DE SESIONES VIRTUALES DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE ALAJUELITA Y COMISIONES MUNICIPALES DE ALAJUELITA EN CASO DE EMERGENCIA NACIONAL O CANTONAL
"Considerando que:
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-A partir del día 16 de marzo el Gobierno de la República emite un decreto de Estado de Emergencia Nacional (42227), por el motivo de la pandemia Covid-19. o Cualquier otro decreto que rija como decreto de estado de Emergencia Cantonal o Nacional.
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-Mediante la ley N° 9842 del 27 de abril del 2020, denominada "Toma de posesión y realización de sesiones virtuales en caso de emergencia nacional o cantonal" se modificó la Ley N° 7794 o Código Municipal introduciéndose el ordinal 37 bis, el cual faculta a los Concejos Municipales a sesionar de forma excepcional virtualmente, a partir del primero de mayo
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-De conformidad con el ordinal 169 de la Constitución Política, el Concejo Municipal es un órgano deliberativo.
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-En la actualidad el Concejo Municipal del cantón central de Alajuelita cuenta con regulación para la deliberación a través de sesiones virtuales, por lo cual es adecuado para el desarrollo de las mismas la emisión de una regulación por medio de este Reglamento que permita su adecuado desarrollo.
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-El Concejo Municipal como órgano jerárquico de la Municipalidad de Alajuelita está sujeto en su conjunto a los principios fundamentales del servicio público, para asegurar su continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios.
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón de Alajuelita, conforme a las potestades conferidas por los artículos 4 inciso a), 13 incisos c), 17 incisos a), 37 bis y 50 del Código Municipal, Ley N° 7794 y el artículo 170 de la Constitución Política, acuerda emitir el siguiente reglamento:
CAPÍTULO I
Artículo 1º-Disposiciones generales
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El presente reglamento es complementario al Reglamento Interno de Orden, Dirección y Debates del Concejo Municipal, por lo cual las disposiciones contenidas en el mismo se aplican a la sesión realizada mediante modalidad virtual, en el tanto sean compatibles.
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El Concejo Municipal y sus comisiones de manera excepcional podrá sesionar mediante la modalidad virtual, vía videoconferencia, siempre que se garanticen los principios de colegialidad, simultaneidad y de participación. Para realizar una sesión virtual se debe contar con el voto favorable de dos...
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