Reglamento para el uso, control y mantenimiento de vehículos de la Municipalidad de Goicoechea, de 3 de Mayo de 2018

EmisorMunicipalidad de Goicoechea

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

El Concejo Municipal del Cantón de Goicoechea en Sesión Extraordinaria Nº09-2018, celebrada el 03 de mayo de 2018, artÃculo 9°, por mayorÃa de votos se aprobó el Por Tanto del dictamen Nº2 l-18 de la Comisión de Asuntos JurÃdicos, donde se aprueba lo siguiente:

Se deroga el REGLAMENTO PARA EL USO DE VEHÍCULOS MUNICIPALES, publicado en el Diario Oficial la Gaceta Nº 16 el dÃa lunes 25 de enero de 1993.

Se deroga el REGLAMENTO PARA USO, CONTROL Y MANTEMINIENTO DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIA EN ADMINISTRACIÓN DE LA UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA., aprobado en Sesión Extraordinaria Nº 23-17, celebrada el 21 de setiembre de 2017, artÃculo 3º.

Se aprueba el siguiente reglamento:

REGLAMENTO PARA EL USO, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE

VEHÍCULOS DE LA MUNIC1P ALIDAD DE GOICOECHEA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

ArtÃculo 1 º-Objeto. El presente reglamento tiene como objeto ejercer un control sistemático y organizado sobre los vehÃculos y equipo propiedad de la Municipalidad de Goicoechea, a efecto de regular su administración, uso, mantenimiento y custodia; asà como el manejo del recurso humano en cuanto a la responsabilidad directa que se genera por la operación de los mismos en la gestión diaria que se asigne conforme normativa.

ArtÃculo 2°-Ámbito de aplicación: El presente reglamento se aplicará a todo vehÃculo que este o entre a formar parte de la lista de bienes adscritos a la Municipalidad de Goicoechea, asà como al recurso humano que directamente tenga una relación operativa determinada por su margen de responsabilidad con su administración, custodia, uso, control y mantenimiento.

ArtÃculo 3°-Alcance: Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento de observancia y aplicación para todos los funcionarios de la Municipalidad, incluyendo al Alcalde o Alcaldesa Municipal y a los miembros del Concejo Municipal que por razón y en función de sus cargos, requieran hacer uso de los recursos de transporte de la Municipalidad de Goicoechea.

ArtÃculo 4°-VehÃculos propiedad de la Municipalidad: Son todos aquellos vehÃculos livianos de carga o de pasajeros, motocicletas, recolectores de basura, vagonetas, equipo pesado y especial de trabajo, adquiridos por la Municipalidad para cumplir sus fines, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes; asà como todos los vehÃculos transferidos o donados por los medios legales establecidos.

CAPÍTULO II

De la clasificación y asignación de vehÃculos

ArtÃculo 5°-De la clasificación: Los vehÃculos propiedad de la Municipalidad de Goicoechea, se clasifican de la siguiente manera:

  1. De uso administrativo: Son todos aquellos vehÃculos destinados al cumplimiento de las funciones propias de la Municipalidad; los cuales deberán cumplir con los siguientes requisitos:

    1) Deberán estar debidamente rotulados en ambos costados de la cabina con el logotipo: "Municipalidad de Goicoechea".

    2) El rotulado de la cabina anteriormente indicado, previa justificación de la AlcaldÃa ante el Concejo Municipal requiriendo acuerdo, puede ser suprimido, mediando razones de inspecciones que deban realizarse con los vehÃculos tanto por funcionarios administrativos como miembros del Concejo Municipal, lo anterior será un excepción a lo dispuesto anteriormente pero cumpliendo en todo lo dispuesto en el punto 3) de este aparte.

    3) Deben poseer placa especial que los identifique corno transportes de servicio municipal.

    El uso de los vehÃculos administrativos está sujeto a la capacidad instalada, disponibilidad del recurso y al nivel de prioridad según las necesidades institucionales de acuerdo con el fin público imperante.

  2. De seguridad: Son todos aquellos vehÃculos que utilizará la unidad de Estacionamiento y Terminales para el cumplimiento de los objetivos y metas propias de su gestión. Este tipo de vehÃculo también llevará la placa respectiva que lo identifique como transporte de servicio municipal y estará debidamente rotulado como se indica en el punto a.1.

  3. De carga pesada: Son aquellos vehÃculos que se categorizan como vehÃculos de carga que igualan o superan el peso, el tamaño, asà como el volumen de carga establecido para los vehÃculos de carga liviana y entre ellos se cuentan los equipos automotores destinados a trabajos especÃficos como traslado de personal, materiales, herramientas o equipos que se requieran en las áreas técnicas -operativas como lo son: Higiene y Sanidad, Alcantarillado Pluvial, Mantenimiento de calles y caminos vecinales, Gestión Ambiental, Parques y Zonas Verdes y cualquier otro que de esa Ãndole que pueda originarse a futuro.

    ArtÃculo 6°-Del vehÃculo de uso discrecional. Se prohÃbe en esta municipalidad, vehÃculos de uso discrecional.

    CAPITULO III

    De la administración, control, mantenimiento

    y salida de operación de los vehÃculos

    ArtÃculo 7°-De la administración de vehÃculos. La administración de los vehÃculos le corresponde al Alcalde/sa Municipal, quien a la vez delegará en el Director Administrativo Financiero y en las Jefaturas con Equipo Automotor a cargo, la responsabilidad como encargado de vehÃculos. Este será responsable ante el Alcalde/sa de la correcta planificación del uso, mantenimiento y custodia de los vehÃculos mediante el análisis de las necesidades y requerimientos de las dependencias municipales y el de su manejo.

    ArtÃculo 8°-Del registro y estadÃstica. El Director Administrativo Financiero y las Jefaturas con Equipo Automotor a cargo, serán los encargados de los vehÃculos, para fines de control y mantenimiento y llevará, como mÃnimo, los siguientes controles de cada vehÃculo:

  4. Inventario de vehÃculos, accesorios y herramientas.

  5. Control de mantenimiento.

  6. Control de consumo de combustible, mensualmente.

  7. Boleta de salida de vehÃculos.

  8. Boleta de devolución de vehÃculos.

  9. Informe de novedades y accidentes.

  10. Reportes de anomalÃas detectadas por el uso de vehÃculos.

  11. Solicitud de orden de servicio y/o reparación de vehÃculos.

  12. Bitácora de mantenimiento y reparación de vehÃculos

  13. Bitácora del recorrido del vehÃculo.

    Los informes por parte de cada encargado de vehÃculo o equipo deben presentarse de forma mensual ante la Dirección Administrativa y Financiera confom1e la normativa administrativa vigente.

    ArtÃculo 9°-Corresponde a los encargados de vehÃculos y equipo, velar por lo siguiente:

  14. Que se planifique, organice, controle y coordine todas las actividades de orden administrativo y operativo relacionado con el uso y disposición de los vehÃculos, conforme con las polÃticas que al respecto hayan dictado la ContralorÃa General de la República, el Concejo Municipal, el Alcalde/sa y el presente Reglamento.

  15. Que los vehÃculos municipales deben ser asegurados conforme normativa, con las coberturas que estimen más convenientes y de mayor importancia por medio de pólizas de Seguros. Lo anterior, en el sentido de que en casos de declarar el vehÃculo como pérdida total, se puede recuperar en su valor actual.

  16. Que los vehÃculos se utilicen satisfactoriamente en la realización de los servicios para los que fueron solicitados, teniendo para ello una fórmula denominada Boleta de Servicio que deberán contener al menos datos relativos al kilometraje, recorrido, fecha, hora y lugar de salida y destino, combustible inicial y final, duración del servicio, número de placa del vehÃculo, nombre del conductor, dependencia a la que se le presta el servicio, número de boleta de autorización y su fecha, desperfectos mecánicos detectados durante el viaje, firma del conductor y nombre de los funcionarios que viajaban en el vehÃculo. Si el vehÃculo ingresa después de la jornada ordinaria de la Institución, el conductor junto con el guarda de tumo, suscribirá la fórmula de control de uso.

  17. Que todo vehÃculo debe portar los documentos requeridos por ley como el derecho de circulación y revisión técnica vehicular vigente, asà como cualquier otra documentación requerida o indicada por esta la Institución.

  18. Que se realicen los trámites de inscripción de vehÃculos a nombre de la Municipalidad y todos los que sean necesarios para que dichas unidades circulen de acuerdo con los términos de la legislación vigente.

  19. Que tramite lo pertinente para la salida de operación por accidentes de tránsito, desperfectos en su uso, desuso de los equipos, cambio de la flotilla o cualquier otro motivo por el cual se dé la sustitución de los vehÃculos Municipales, conforme criterios técnicos y normativa vigente.

  20. Que se mantenga actualizada la información de control de cada automotor, efectuando para ello los inventarios fÃsicos que considere pertinentes.

  21. Que se emita criterio del área de Taller municipal para cualquier modificación o variante en la estructura fÃsica de los vehÃculos y equipos.

  22. Investigar, atender y tramitar todos los aspectos administrativos y de análisis técnico que sea necesario realizar con motivo de accidentes de tránsito en que intervengan vehÃculos de la Municipalidad de Goicoechea.

  23. Que gestione lo pertinente ante la unidad administrativa que corresponda para abastecimiento de combustibles y lubricantes, tanto en las instalaciones de la Municipalidad como en estaciones de servicio privadas, de acuerdo a los reglamentos y directrices emanadas por la Administración para este fin especÃfico.

  24. Informar a la Dirección Administrativa y Financiera, las licencias de conducir de los funcionarios asignados en equipos municipales, a efecto que el Registro de conductores se mantenga actualizado. El registro en referencia debe poseer nombre y apellidos del conductor, tipo de licencia, puntos con los que cuenta o ha perdido de su licencia y fechas de vencimiento, asà como un registro de accidentes que se tuviere con el vehÃculo de la Institución y la resolución judicial que ponga término al proceso respectivo.

  25. Velar por el buen funcionamiento mecánico de los...

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