Reglamento Sobre Variaciones al Presupuesto de la Municipalidad de San Carlos, de 7 de Diciembre de 2016

EmisorMunicipalidad de San Carlos

MUNlCIPALIDAD DE SAN CARLOS

REGLAMENTO SOBRE VARIACIONES AL PRESUPUESTO DE LA

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

El Concejo Municipal de San Cartas mediante Acta N° 31, Artículo N° 22, de la sesión celebrada el lunes 23 de mayo de 2016,° y con fundamento en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, Incisos a) del artículo 4, inciso c) del artículo 13 y articulo 43 del Código Municipal,. estatuye el presente Reglamento sobre Variaciones al Presupuesto de la Municipalidad de San Carlos y con el propósito de dar cumplimiento al Reglamento sobre variaciones al presupuesta de los entes y órganos públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos privados R-CO-67-006 de la Contraloría General de la República publicado en la Gaceta No 170 el día 5 de setiembre del200S y según Resolución R-DC-62-2012 de las 15 horas del 5 de junio oe12012 de las "Normas Técnicas sobre Presupuesto Público. N-1-2012-DC-DFOE·'. Reformada por Resolución R-OC-064-2013 del Despacho Contra lar de las quince horas del nueve de mayo de dos mil trece, publicada en la Gaceta Nro. 101 del 28 de mayo del 2013.

CAPITULO I

SECCIÓN I

Aspectos generales

Artículo 1°- Ámbito de aplicación. Este Reglamento será aplicable a la Municipalidad de San Carlos, cuyos presupuestos deben presentarse para la aprobación del concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos y a Contraloría General de la República.

Artículo 2.°-Alcance. Estas normas constituyen un marco de referencia de carácter general, a partir del cual debe darse la aplicación de los procedimientos específicos, que al efecto serán comunicados por la Dirección de Hacienda de la Municipalidad.

CAPITULO II

Variaciones al presupuesto

SECCIÓN I

Aspectos generales

Artículo 3°- Mecanismos de variación al presupuesto. Los presupuestos extraordinarios y las modificaciones presupuestarias constituyen los mecanismos legales y técnicos para realizar la inclusión de ingresos y gastos así como los aumentos, traslados o disminuciones de los montos de ingresos y egresos aprobados en el presupuesto por parte de la instancia competente, acatando para ello el bloque de legalidad que les aplica.

Artículo 4°- Vigencia legal de los presupuestos extraordinarios y las modificaciones presupuestarias. Los presupuestos extraordinarios y las modificaciones presupuestarias tendrán efecto legal en el presupuesto, a partir de la aprobación por parte del Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos y o la Contraloría General de la Republica según corresponda.

Artículo 5 °-Justificación de los ajustes al presupuesto y su relación con el plan anual operativo. Las variaciones que se realicen al presupuesto, ya sea por presupuesto extraordinario o modificación, deberán estar debidamente justificadas e Incorporar como parte de la información que las sustenta, la relación de las variaciones presupuestarías con el cumplimiento de los objetivos y metas del plan anual operativo.

Artículo 6° -Responsabilidades...

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