La relación del Protocolo de Nagoya con el Tratado Internacional de Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura: opciones y recomendaciones legales y de política para una implementación sinérgica del Derecho Internacional Ambiental

AutorJorge Cabrera Medaglia
CargoMáster en Derecho Agrario y Ambiental por la Universidad de Costa Rica
Páginas48-83
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III Edición, I Semestre 2015.
los dueños y creadores del proceso arbitral.
LA RELACIÓN DEL
PROTOCOLO DE NAGOYA
CON EL TRATADO
INTERNACIONAL DE
RECURSOS
FITOGENÉTICOS PARA LA
ALIMENTACION Y LA
AGRICULTURA:
OPCIONES Y
RECOMENDACIONES
LEGALES Y DE POLÍTICA
PARA UNA
IMPLEMENTACIÓN
SINÉRGICA DEL DERECHO
INTERNACIONAL
AMBIENTAL*
Jorge Cabrera Medaglia**
Resumen:
El Protocolo de Nagoya sobre Acceso a Recursos Genéticos y la Distribución Justa y Equitativa de los
Beneficios derivados de su Utilización y el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y
la Agricultura son dos de los principales instrumentos jurídicamente vinculantes que regulan el acceso a los recursos gené-
ticos y la justa y equitativa distribución de beneficios derivados de la utilización de estos. Sin embargo, presentan enfoques
diversos y su aplicación a nivel nacional ha conllevado algunas dificultades conceptuales, legales y prácticas que es preciso
abordar para lograr una implementación de los mismos con miras a que se apoyen recíprocamente.
Abstract:
The Nagoya Protocol on Access to Genetic Resources and the Fair and Equitable Sharing of Benefits Ari-
sing from their Utilization and the International Treaty on Plant Genetic Resource for Food and Agriculture are two of
the main legal binding instruments which deal with the access to genetic resources and the fair and equitable distribution
of the benefits derived from their use. However, they have different views and their application at a national level has had
some conceptual, legal and practical difficulties which must be studied in order to achieve their implementation in a way in
which they support each other reciprocally.
* Este artículo está basado en un documento técnico preparado para el proyecto de Construcción de Capacidades y
Marcos Normativos de Acceso a Recursos Genéticos ejecutado por la Oficina Regional Sur de la UICN y financiado
por el GEF.
** Máster en Derecho Agrario y Ambiental por la Universidad de Costa Rica, Máster en Derecho Económico por la
Universidad Estatal a Distancia y profesor del Énfasis de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universi-
dad de Costa Rica. Para más información ver http://cisdl.org/people/governors-director/prof-jorge-cabrera
Eco Portal (2011). [fotografía]. Recuperado de http://www.ecoportal.net/Temas_Especiales/Biodiversidad/Bali_declaracion_sobre_semillas
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I. Introducción y objetivos del do-
cumento.
Existen en la actualidad tres instrumentos jurí-
dicamente vinculantes que regulan el acceso a
los recursos genéticos y la justa y equitativa
distribución de beneficios derivados de la utili-
zación de estos: se trata del Convenio sobre la
Diversidad Biológica (CBD); el Protocolo de
Nagoya sobre Acceso a Recursos Genéticos y la
Distribución Justa y Equitativa de los Benefi-
cios derivados de su Utilización (PN)1 y el Tra-
tado Internacional sobre los Recursos Fitogené-
ticos para la Alimentación y la Agricultura
(TI).2 A la fecha 134 países son miembros del
TI3, 193 del CBD4 y 60 países han ratificado el
PN que cuenta con 92 firmantes.5
El Tratado Internacional, como se explica más
adelante con detalle, establece un Sistema Mul-
tilateral de Acceso (SML) para determinados
cultivos (establecidos en el Anexo I del mismo
y a condición de cumplir ciertos requerimientos)
y para propósitos específicos (alimentación y
agricultura únicamente). El mismo pretende
brindar un acceso facilitado a estos recursos,
1 Sobre el Protocolo véase la Guía explicativa del Proto-
colo de Nagoya preparada por el Centro de Derecho
Ambiental de la Unión Internacional para la Conserva-
ción de la Naturaleza, Grieber, Thomas et al, 2011.
2 Sobre el Tratado y sus avances en las diferentes reunio-
nes del Organo Gubernativo ( a la fecha se han realizado
cinco reuniones ) y de sus distintos Grupos de T rabajo y
similares cfr el sitio web del mismo www.planttreaty.org
3 www.planttreaty.org
4 www.cbd.int
5 www.cbd.int
minimizando los costos de transacción asocia-
dos al acceso y creando un esquema multilateral
de distribución de beneficios (básicamente con-
sistente en el intercambio de información; crea-
ción de capacidades; acceso y transferencia de
tecnologías; y beneficios monetarios derivados
de la comercialización) desvinculado del origen
de los materiales genéticos que son transferidos
a los usuarios. Este abordaje particular se rea-
liza, entre otros motivos, en consideración de la
importancia de los recursos genéticos para la
seguridad alimentaria y su interdependencia.6
Este enfoque multilateral y facilitado difiere del
mecanismo bilateral del CBD y del Protocolo de
Nagoya. En estos dos instrumentos se requiere
obtener el consentimiento informado previo y
de negociar términos mutuamente acordados,
incluyendo distribución de beneficios, que
usualmente involucran la negociación de contra-
tos o arreglos similares. Normalmente- sujeto a
6 Los países aportan y reciben recursos fitogenéticos para
la alimentación y la agricultura que resultan críticos para
la seguridad alimentaria. Existen numerosos estudios que
reafirman tal interdependenci a. Algunos de ellos fueron
específicamente generados para apoyar el proceso de
negociación del TI. Véase Flores Palacio, Ximena Con-
tribution to the estimation of Countries interdepende in
the a rea of pla nt genetic resour ces, Report No. 7, Rev 1,
Comité de Recursos Genéticos para la Alimentación y la
Agricultura de la FAO, Roma 1998 y Ramírez, Marleni,
et al Demonstrating inter dependence on plant genetic
resources for food and agriculture en Crop Genetic Re-
sources s Glo bal Commons. Challenges in international
law and governance, Halewood, Michael, et al ( ed s),
Earthscan and Bioversity International, 2013.Aún países
con una gran diversidad biológica, dependen de la intr o-
ducción y el uso de germoplasma vegetal de o tras fuentes,
en ocasiones Centros Internacio nales de Investigación
Agrícola.
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las disposiciones específicas del marco legal y
ahora lo establecido por el PN- tal negociación
podría ser necesaria con diversos proveedores
(comunidades locales e indígenas; áreas prote-
gidas, etc.) y con una autoridad nacional compe-
tente.
En conclusión, tanto el CBD y como el PN (con
la notable excepción de lo dispuesto en el artí-
culo 10 del mismo aspecto que aún se encuentra
sujeto a discusiones en cuanto a la necesidad y
posibles modalidades de operación de un meca-
nismo global de distribución de beneficios7)
parten de la premisa de un enfoque bilateral
para cada una de las transacciones de ABS, lo
cual supone una negociación de los términos y
condiciones del acceso a los recursos genéticos
o al conocimiento tradicional asociado.8
Usualmente estos términos quedarán compren-
7 Para tal efecto la COP XI adoptó un proceso que consis-
te en una consulta pública sobre la base un una serie de
preguntas y inquietudes y la posterior reunión de un gru-
po de expertos que, entre otros aspectos, considerará la
síntesis de la consulta y realizará las recomendaciones
pertinentes, incluyendo la necesidad de ulteriores estu-
dios. Adicionalmente, este constituye uno de los puntos
de la Agenda de la Tercera Reunión del Comité Intergu-
bernamental del Protocolo de Nagoya. Cfr Decisión
XI/1punto B. Los resultados de la consulta en línea y de
la reunión de expertos se encuentran disponibles en la
página web del CBD ( www.cbd.int). Cfr además sobre
posibles opciones para el Mecanismo FNI, A report from
the first reflection meeting on the Global Multilatera l
Benefit-sharing Mecanism; FNI Report No. 10/2011,
Oslo.
8 Algunas legislaciones de ABS han tratado de facilitar
estos proceso s mediante la firma de acuerdos marco con
universidades y centros de investigación, tal y como se
prevé en la normativa Andina ( artículo 36 y en los desa-
rrollos respectivos de los Estados Miembros) y la Ley
Biodiversidad de Costa Rica ( artículo 74), entre otros.
didos en un contrato u Acuerdo de Transferen-
cia de Materiales de diversa naturaleza. De allí
que no sorprenda que una importante cantidad
de la literatura en materia de ABS se haya dedi-
cado al tema de arreglos contractuales u otros
instrumentos afines9.
Estos enfoques diversos, y la aplicación de los
instrumentos jurídicos internacionales que los
contemplan a nivel nacional, ha presentado al-
gunas dificultades conceptuales, legales y
prácticas que es preciso abordar para lograr una
implementación de los mismos con miras a que
se apoyen recíprocamente.
Así por ejemplo, la implementación de las dis-
posiciones del TI en aquellos países que cuentan
con normativa específica de acceso a recursos
genéticos y distribución de beneficios, no ha
estado exenta de problemas e inquietudes res-
pecto a la manera de cumplir con dichas obliga-
ciones de una manera armónica con los marcos
9 Cfr particularmente el estudio Bhatti, Shakeel et al (eds)
Contracting ABS: the legal and scientific implications of
bioprospectng contrats, IUCN, ABS Series No 4, Bonn,
2005. En general sobre la doctrina en materia de contratos
véase Downes, D. et al. A Biodiversity Prospecting Co n-
tract, en Reid, W. et al. (eds.). Biodiversity P rospect-
ing.Sustainable Use of Genetic Resour ces. Estados
Unidos, World Resources Institute. 1994; Go llin, M.,
Elements of Commercial Biodiversity Prospecting Con-
tracts, en Laird, S. (ed.) Biodiversity and Traditiona l
Knowledge. Equitable partner ships in pr actice. Reino
Unido y Estados Unidos, E arthscan, 2002; Cabrera Me-
daglia, Jorge Elementos básicos para la negociación de
contrato s de bioprospección, Documento inédito, 2004;
Laird, S Biodiversity Prospecting Contract, en Reid, W. et
al. (eds.). Biodiversity Pro specting.Sustainable Use of
Genetic Resources. Estados Unidos, World Resources
Institute. 1994.

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