REMATE Nº 01-2017 - 2 vehículos (IN2017113971)

Número de registroIN2017113971
Fecha de publicación01 Marzo 2017

REMATE Nº 01-2017

2 vehículos

1º—El Instituto de Fomento y Asesoría Municipal IFAM, comunica que el 17 de marzo de 2017 a las 09:00 horas en la Sala de Capacitación Leonardo Amador de las oficinas centrales del IFAM, ubicadas en la Urbanización Los Colegios Moravia en edificio IFAM, avenida 6, calle 39 a, Nº 80, San José Moravia, San Vicente (De Plaza Lincoln 200 oeste, 100 sur y 200 oeste), se realizará el remate de 2 vehículos propiedad del IFAM.

2º—El precio base de cada vehículo es el establecido en el avalúo DDM-702-2016, realizado por el Ing. Alexander Piedra Díaz, funcionario del IFAM.

3º—Previo al remate los interesados podrán ver los bienes a rematar a partir de la fecha de publicación en La Gaceta, en el horario de 9:00 a las 15:00 horas hasta el 13 de marzo de 2017, en el parqueo de empleados del IFAM, para ello deberá coordinarse cita con el señor Christian Alpízar Alfaro al teléfono 2507-1260 o con el Sr. Wálter Camacho Ulloa al teléfono 2507-1069.

4º—Cada participante del remate deberá entregar fotocopia de su cédula de identidad y aportar el original para corroborarla, además debe entregar declaración jurada que indique que:

a. Que no se encuentra en ninguno de los casos de imposibilidad legal, para contratar con la Administración, a que se refiere el artículo 22 y el artículo 22 bis, de la Ley de Contratación Administrativa;

b. De encontrarse al día con las obligaciones del régimen de impuestos nacionales, a que se refiere el artículo 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (R.L.C.A.)

c. Que el oferente no está inhabilitado para contratar con la Administración, por habérsele sancionado de acuerdo con el artículo 100 de la Ley de Contratación Administrativa. La sanción impuesta por una Administración, aplicará para todo el Sector Público.

d. De que el oferente no está inhabilitado para el ejercicio del comercio y que no se encuentra declarado en estado de insolvencia o quiebra.

5º—El adjudicatario deberá cancelar en concepto de garantía de cumplimiento, el equivalente al 10% del monto del avalúo de cada uno de los bienes adjudicados. Para cancelar el monto total de los bienes adquiridos, el adjudicatario dispondrá de tres días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación. Posteriormente al pago se formalizará en escritura pública.

6º—Una vez confeccionada la escritura pública, el adjudicatario deberá retirar los vehículos adquiridos, en un período no mayor de 5 días hábiles contados a partir de la entrega de la escritura,...

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