Resolución
| Fecha de publicación | 11 Junio 2024 |
| Número de registro | IN2024870531 |
| Emisor | DEL MAGISTERIO NACIONAL |
Junta Directiva
REGLAMENTO PARA LA CAPACITACIÓN EN EL EXTERIOR
La Junta Directiva en la sesión ordinaria 0054-2024, acuerda modificar el Reglamento para la Capacitación al Exterior de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, para que se lea de la siguiente manera:
Propósito (Artículo 1)
Definir los lineamientos para regular la participación de las personas trabajadoras y directores de JUPEMA que reciban capacitación en el exterior. Así como el cumplimiento de las obligaciones descritas en este documento y lo establecido en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para los Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.
Alcance
Regular el proceso de las capacitaciones en el exterior que reciban las personas trabajadoras y directores de JUPEMA.
Definiciones
Capacitación: Es la adquisición de conocimientos técnicos, teóricos y prácticos que van a contribuir al desarrollo del individuo en el desempeño de una actividad.
Conferencia: Eventos organizados para efectuar conversaciones entre dos o más personas para tratar diferentes temas, por ejemplo: de Seguridad Social. Disertación en público sobre un tema en particular. Reunión de representantes de países para tratar asuntos internacionales o nacionales.
Congreso: Reunión o conferencia, generalmente periódica, en que los miembros de una asociación, cuerpo, organismo, profesión, colectivo, etc., se reúnen para debatir cuestiones previamente fijadas. Entre las características principales podemos destacar: la exposición y debate de múltiples ponencias, asistencia de personas con un alto nivel profesional, intereses comunes, presentaciones de nuevos avances o descubrimientos en determinadas materias, etc. Otro factor determinante es la duración del mismo. Generalmente duran al menos de 3 a 5 días, para poderle llamar congreso.
Costo total: Incluye el costo del tiquete aéreo, viáticos (hospedaje, alimentación, gastos menores y traslados) y el costo de inscripción del curso, seminario, capacitación, conferencia o congreso.
Pasantías: La pasantía comprende un conjunto de actividades de carácter práctico, que deben ser realizadas por un trabajador en alguna empresa o institución tanto públicas como privadas, las cuales le permitirán la aplicación en forma integrada y selectiva, de conocimientos, habilidades, destrezas, aptitudes y valores en casos concretos del campo empresarial. Las pasantías son estrategias de aprendizaje basadas en la observación, la entrevista y la experimentación de los pasantes en entornos reales, no simulados.
Seminario: Es una técnica de enseñanza, basada en el trabajo en grupo e intercambio de información, utilizada para trabajar y profundizar desde el debate y análisis colectivo en un tema predeterminado.
Viático: Corresponde a aquella suma destinada a la atención de gastos de hospedaje, alimentación y otros gastos menores como lavado y planchado de ropa y traslados dentro de la ciudad.
Artículo 2°—Presentación del Plan Anual de capacitaciónexterior. Cada año la Dirección Ejecutiva somete a consideración del Órgano de Dirección el Plan anual de capacitación en el exterior. En él se puede indicar los cursos, seminarios, pasantías, conferencias, congresos o similares que se pretenden promover, así como los organismos internacionales que los imparten, los costos, fechas aproximadas y la sugerencia del número de participantes en dichos cursos, conferencias y congresos.
La nota de comunicación que envíe la Dirección Ejecutiva al órgano de Dirección y que respalde cada una de las designaciones de los viajes al exterior, debe reunir al menos los siguientes requisitos:
√Nombre de la persona trabajadora.
√Cargo de la persona trabajadora.
√País/países a visitar.
√Periodo del viaje.
√Objetivos del viaje.
√e indicar que la tarifa diaria se asigna según la categoría (siendo que el monto definitivo de los viáticos se calculará según el itinerario).
Artículo 3°—Gestión de invitaciones recibidas. Todas las invitaciones que se reciban en la Presidencia, Dirección Ejecutiva, Auditoría Interna y cualquier dependencia de la Institución, anterior o posteriormente a la aprobación del plan anual de capacitación en el exterior, deben ser enviados al Departamento de Gestión de Talento Humano para analizar su congruencia y relación directa con el giro normal de JUPEMA o de su proyección como organización, constatado lo anterior deberán ser sometidas a conocimiento del Órgano de Dirección, cumpliendo con los requisitos que se establecen en este reglamento.
Artículo 4°—Priorización de las invitaciones recibidas. Salvo casos especiales los cursos son atendidos prioritariamente de acuerdo con los temas estratégicos conocidos y aprobados por el Órgano de Dirección y en concordancia con el presupuesto anual respectivo y el plan de capacitación según lo definido en el P15-RP-004 Capacitación de Personal.
Artículo 5°—Análisis y aprobación de las invitaciones recibidas. Los temas de los cursos, seminarios, pasantías, conferencias o congresos deben ser conocidos y aprobados por el Órgano de Dirección. No se consideran temas cuyo tópico no tenga relación directa con el giro normal de la institución o cuyo contenido no revista un interés directo para la misma.
Artículo 6°—Gestión de otras invitaciones. Las invitaciones que se reciban con carácter no académico se someten a conocimiento del Órgano de Dirección por parte de la Presidencia o la Dirección Ejecutiva, a fin de que se brinde la resolución final respectiva.
Artículo 7°—Designación de participantes. La designación de los representantes de la Institución se realiza de la siguiente manera:
1.Los directores son designados por acuerdo del Órgano de Dirección.
2.La Dirección Ejecutiva designa a la persona trabajadora correspondiente y comunica al Órgano de Dirección.
Se procura que las personas trabajadoras representantes posean las condiciones intelectuales, profesionales y la experiencia necesaria para representar a la Institución. De igual manera, el tema de la capacitación debe contribuir al desarrollo del conocimiento del área en el que se desenvuelve el trabajador dentro de la Institución. En el caso de las y los miembros del Órgano de Dirección, para su escogencia deberá como mínimo para participar, culminar con la capacitación tres meses antes del vencimiento de su período, de conformidad con el plazo establecido en artículo 99 del EX-004 Ley 7531 y sus reformas. En el caso de las personas trabajadoras con nombramiento a plazo, se establece igualmente en tres meses el citado plazo para participar.
Artículo 8°—Deberes. La persona trabajadora que participe en cursos, seminarios, pasantías, conferencias o congresos de capacitación en el exterior, se comprometerá a poner al servicio de la Institución sus nuevos conocimientos y deberá presentar al Departamento de Gestión de Talento Humano el material didáctico del curso, copia del certificado de participación o de aprovechamiento según corresponda y un resumen de los temas tratados.
Además, asume un compromiso de permanencia en la Institución, el cual va a depender de los costos directos e indirectos de la capacitación, es decir, el costo de esta, más los costos de tiquetes, viáticos, gastos de representación o cualquier otro costo asociado.
La siguiente tabla muestra los compromisos de permanencia de acuerdo con los gastos de la capacitación al exterior en que incurra la persona trabajadora:
Costo | Compromiso de permanencia |
Menos a $500 | No asume compromiso de permanencia. |
Entre $501 y $1000 | Tres meses de permanencia. |
Entre $1001 y $1500 | Seis meses de permanencia. |
Entre $1501 y $2500 | Un año de permanencia. |
Entre $2501 y $ 3500 | Un año y seis meses de permanencia. |
Entre $3501 y $ 4500 | Dos años de permanencia. |
Monto superior a $4501 | Dos años y seis meses de permanencia. |
En el caso del director que participe en cursos, seminarios, pasantías, conferencias o...
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