Resolución

Fecha de publicación27 Febrero 2023
Número de registroIN2023719685
EmisorJUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

Junta Directiva

Mediante acuerdo JD-760 correspondiente al Capítulo III), artículo 33) de la sesión ordinaria 63-2022, celebrada el 8 de diciembre de 2022:

La Junta Directiva,

ACUERDA:

Conocidos los oficios JPS-GG-1617-2022, de fecha 14 de noviembre 2022, suscrito por Marilyn Solano Chinchilla que adjunta el oficio JPS-GG-GDS-0913-2022 de fecha 24 de octubre de 2022 suscrito por la señora Greethel Arias Alfaro, Gerente de Desarrollo Social, se acuerda:

1. Aprobar las siguientes modificaciones al Manual de Criterios para la Distribución de Recursos, el cual fue publicado en La Gaceta del 15 de enero del 2021, a fin de para implementar la Política Nacional de Cuidados de Cuidados 2021-2031:

Agregar al CAPÍTULO I, MARCO REFERENCIAL, lo siguiente:

Punto 1.- Fundamento Legal, el siguiente texto:

“Política nacional de cuidados 2021-2031

Ley 10192 Creación del Sistema Nacional de Cuidados y Apoyos para personas Adultos Mayores en situaciones de Dependencia (SINCA).”.

Punto 2.- Fundamento Técnico, 1. ENFOQUES Y PRINCIPIOS RECTORES, lo siguiente: Enfoque de corresponsabilidad social de los cuidados: este enfoque toma como punto de partida la necesidad de visibilizar el tema de los cuidados y apoyos, movilizándolo de la esfera privada y familiar a la social, a partir de la identificación de los determinantes socioculturales que lo configuran y de las desigualdades que se encuentran en la base de la reproducción social del poder.

Desarrollo sostenible e inclusivo: Desde este enfoque, la aproximación a la igualdad se hace desde una perspectiva multidimensional, en la que se reconoce la importancia de la distribución de ingresos, activos y recursos, pero también la relevancia de afirmar la autonomía, la dignidad y los derechos de todos los sujetos.

Agregar al CAPÍTULO II, MODALIDADES DE DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS, 1.-

Apoyo a la Gestión, 1.2.- Parámetros de Valoración y Tablas de Ponderación, 1.2.4. Tablas de ponderación, 5. Tabla de ponderación Programas destinados a personas con discapacidad física, mental o sensorial (inciso j), lo siguiente:

En el punto A. Número de beneficiarios (valor máximo 55%). Se consideran beneficiarios, el punto 5 que dice:

5- En caso de organizaciones que cuenten con servicio de asistencia domiciliaria, se considerará la población beneficiaria de este servicio como parte de la nómina.

En el punto B- Servicios Brindados, B-1- Modalidad de atención (valor máximo 20%), respecto de los Talleres protegidos, laborales y sociales, se modifica el porcentaje a 8 puntos.

En el punto B-2- Prestación de Servicios: (valor máximo 17%), agregar lo siguiente:

Servicio de atención en domicilio

Sí: 2 puntos

No: 0,1 puntos

En el punto 9. Tabla de ponderación para entidades dedicadas a atender y proteger a las personas adultas mayores (inciso ñ), punto A- Beneficiarios (valor máximo 45%), agregar lo siguiente:

A- Beneficiarios (valor máximo 45%). En caso de organizaciones que cuenten con servicio de asistencia domiciliaria (no red de cuido), se considerará la población beneficiaria de este servicio como parte de la nómina.

En el punto C- Servicios Brindados: (valor máximo 23%)

C-1 Prestación de servicios:

Se elimina el siguiente texto: “Cambio ropa de cama”

Y se agrega: “Servicio de atención en domicilio

Sí: 1 punto

No: 0.1 punto”

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Punto 10. Tabla de ponderación Centros diurnos de personas adultas mayores (inciso p), A- Número de Beneficiarios: (valor máximo 50%), se amplía con lo siguiente:

En caso de organizaciones que cuenten con servicio de asistencia domiciliaria (no red de cuido), se considerará la población beneficiaria de este servicio como parte de la nómina.

Se modifica el punto D- Servicios Brindados, D-1 Prestación de servicios:...

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