Resolución

Fecha de publicación20 Marzo 2023
Número de registroIN2023727075
EmisorHACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

AVISO

Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 de la Ley N° 4755 “Código de Normas y Procedimientos Tributarios”, adicionado por el artículo 2 de la Ley N° 9069 “Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria”, así como en el artículo 74 del Decreto Ejecutivo N° 38277-H “Reglamento de Procedimiento Tributario”, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto a la propuesta del borrador de Decreto Ejecutivo denominadoREGLAMENTO DE LA LEY N°10286 REGÍMENES DE EXENCIONES DEL PAGO DE TRIBUTOS, SU OTORGAMIENTO Y CONTROL SOBRE SU USO Y DESTINO ”. Se utilizará como principal medio oficial de comunicación para recibir observaciones, consideraciones y opiniones sobre el proyecto en referencia, el siguiente correo electrónico: conejocj@hacienda.go.cr o a la siguiente Dirección: Avenida 2, calle 1 y 3 diagonal al Teatro Nacional. San José, Costa Rica, Ministerio de Hacienda, Dirección General de Hacienda, segundo piso. Tales observaciones, consideraciones y opiniones deberán expresarse por escrito y justificar debidamente las razones de su parecer. Además, se advierte que no se recibirán observaciones, consideraciones ni opiniones que ingresen por cualquier otro medio que no sea el oficialmente señalado o se reciban fuera del plazo establecido. Para los efectos indicados, el citado decreto ejecutivo se encuentra disponible en los siguientes sitios Web: http://www.hacienda.go.cr; https://tramitescr.meic.go.cr/controlPrevio/BuscarFormulario.aspx.Publíquese por dos veces.—San José, a las once horas del tres de marzo del dos mil veintitrés.—Rudolf Lücke Bolaños, Director General de Hacienda.—1 vez.—O.C.N° 4600070306.—Solicitud
415850.—( IN2023727075). ). 2 v. 2.

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