Resolución. MUNICIPALIDAD DE BELÉN

Fecha de publicación30 Agosto 2023
Número de registroIN2023805615
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

La Alcaldía Municipal, en cumplimiento del acuerdo 4716/2023 tomado por el Concejo Municipal de la Municipalidad de Belén, en Sesión Ordinaria N° 47-2023, celebrada el ocho de agosto del dos mil veintitrés, publica el:

REGLAMENTO DEL SISTEMA PARA LA ADQUISICIÓN

DE BIENES Y SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD

DE BELÉN

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Belén, en el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 4 inciso a) y 13 inciso d) del Código Municipal,

Considerando:

1°—Que La Municipalidad, cuenta con un Reglamento del Sistema para la Adquisición de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Belén, el cual fue aprobado en la Sesión Ordinaria N° 30-2010 del 25 de mayo del 2010, cuyo texto fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119, del 21 de junio del 2010.

2°—Que mediante acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria N° 53-2011 del 07 de setiembre del 2011, se aprobó una reforma integral del Reglamento de cita, el cual se publicó en forma definitiva en el Diario Oficial La Gaceta N° 196 del 12 de octubre del 2011.

3°—Que el citado cuerpo normativo, sufrió una reforma significativa, según acuerdo del Concejo Municipal, Sesión Ordinaria N° 64-2021 del 02 de noviembre del 2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 22 del 17 de noviembre del 2021, como parte de las mejoras generadas durante el proceso de Control Interno institucional, y algunas recomendaciones presentadas en el informe elaborado por la Auditoria Interna, INF-AI-04-2020 denominadoEstudio sobre proceso de contratación administrativa

4°—Que, producto de la entrada en vigencia de la Ley General de Contratación Pública, Ley 9986 y su Reglamento Decreto Ejecutivo N° 43808-H, vigentes desde el primero de diciembre del 2022, se hace necesario un nuevo ajuste a la normativa que rige las compras públicas de la Municipalidad de Belén. Por tanto;

El Concejo Municipal en el ejercicio de las facultades que le confieren las disposiciones jurídicas citadas, decreta lo siguiente:

REGLAMENTO DEL SISTEMA PARA LA ADQUISICIÓN

DE BIENES Y SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD

DE BELÉN

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1°Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto regular el sistema de adquisición de bienes y servicios de la Municipalidad de Belén. Así como las competencias de las diversas dependencias con funciones asignadas dentro del sistema.

Artículo 2°Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:

Administrador de contrato: Es la persona responsable de la ejecución contractual respecto a un contrato determinado.

Autoridades superiores: Comprende el Concejo Municipal y la Alcaldía.

Bien: Todo objeto mueble o inmueble, material o inmaterial, susceptible de satisfacer las necesidades del interés público.

Comisión de Recomendación de Adjudicaciones: Órgano encargado de asesorar a las autoridades superiores, según lo dispuesto por el artículo 318 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.

Contrato de obra pública: Contrato que incluye la construcción integral de una obra nueva, así como la ampliación, remodelación, reparación, reconstrucción o los trabajos de conservación, rehabilitación y mantenimiento de una obra pública existente.

Decisión Inicial: Documento para iniciar el trámite de contratación, emitido por la unidad técnica, en donde se expresa la finalidad de la contratación, los recursos presupuestarios con que se atenderán las obligaciones derivadas de la contratación, donde manifiesta que la Administración cuenta con los recursos humanos y la infraestructura administrativa suficiente para verificar el cumplimiento de la contratación, así como la información detallada en la Ley y Reglamento de Contratación Pública.

Estudio Legal: Verificación del cumplimiento de todos los aspectos legales establecidos en el pliego de condiciones con respecto a los indicados por las ofertas presentadas dentro del marco jurídico de acuerdo con la Ley y el Reglamento de Contratación Pública.

Estudio Técnico: Verificación del cumplimiento de todos los aspectos técnicos establecidos en el pliego de condiciones con respecto a los indicados en las ofertas presentadas.

Instancia adjudicadora: Órgano competente para tomar la decisión final en un proceso de contratación pública.

Licitación Mayor: Procedimiento ordinario de carácter concursal, que procede en los casos previstos en el artículo 36 de la Ley General de Contratación Pública, en atención al monto del presupuesto ordinario, para respaldar las necesidades de bienes y servicios no personales de la Municipalidad de Belén, y a la estimación del negocio.

Licitación Menor: Procedimiento ordinario de carácter concursal, que procede, entre otros, en los casos previstos en el artículo 60 de la Ley General de Contratación Pública, en atención al monto del presupuesto ordinario para respaldar las necesidades de bienes y servicios no personales de la Administración Municipal y a la estimación del negocio.

Licitación Reducida: Procedimiento ordinario de carácter concursal, que procede en los supuestos previstos en el artículo 62 de la Ley General de Contratación Púbica, 154 y siguientes de su Reglamento.

Licitación por Excepción: Se refiere a aquellas materias excluidas legalmente de los procedimientos ordinarios de contratación, según lo regulan los artículos 3 de la Ley General de Contratación Pública, 3 y siguientes de su Reglamento y que podrán ser objeto de negociación directa entre la Administración Municipal y el contratante, en el tanto la Administración actúe en ejercicio de su competencia y el contratante reúna los requisitos de idoneidad legal, técnica y financiera para celebrar el respectivo contrato.

Pliego de condiciones: Reglamento específico de la contratación pública que se promueve, que contiene las condiciones administrativas, legales y técnicas bajo las cuales se rige el procedimiento de compra.

Rango de acción: Umbrales definidos para cada uno de los órganos incluidos en este Reglamento, de acuerdo con los topes establecidos anualmente por la Contraloría General de la República.

Registro de Proveedores: Instrumento donde se inscribirán todas las personas físicas y jurídicas que desean participar como oferentes en los procesos de contratación pública que se lleven a cabo.

Servicio: Conjunto de actividades y servicios ofrecidos, que por su naturaleza son intangibles y prestados por personas físicas o jurídicas a la institución, para el desarrollo de las actividades municipales.

Unidad Técnica: Unidad administrativa que cuenta con las competencias idóneas para solicitar el inicio de una contratación, proponer el borrador del pliego de condiciones y realizar el estudio técnico específico, será responsable de participar de todas las etapas del procedimiento de contratación respectiva, en los distintos órganos involucrados tales como la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones, Alcaldía y el Concejo Municipal.

Artículo 3°Abreviaturas.

AC: Administrador de contrato.

AM: Alcaldía Municipal

CRA: Comisión de Recomendación de Adjudicaciones.

CGR: Contraloría General de la República.

CM: Concejo Municipal.

DCPMH: Dirección Contratación Pública del Ministerio de

Hacienda.

LGCP: Ley General de Contratación Pública.

POA: Plan Operativo Anual.

RLGCP: Reglamento a la Ley General de Contratación

Pública.

SBS: Solicitud de Bienes y Servicios.

SDU: Sistema Digital Unificado

PI: Proveeduría Institucional, conocida como

Unidad de Bienes y Servicios.

Artículo 4°Ámbito de aplicación. Este Reglamento se aplicará a la adquisición de bienes y servicios mediante los Procedimientos Ordinarios de Contratación (Licitación Mayor, Menor y Reducida), Procedimientos Extraordinarios (Remate, Subasta a la inversa electrónica) y Procedimientos Especiales (Contrataciones de Urgencia, Compra y Arrendamiento de Bienes Inmuebles) que se lleven a cabo en la Municipalidad de Belén. Las contrataciones que se hagan mediante el procedimiento de compras por caja chica serán realizadas de conformidad con el artículo 3 inciso g) de la LGCP y 12 del RLGCP y las disposiciones reglamentarias internas.

Artículo 5°Actualización del sistema. La PI como ente rector institucional responsable del sistema de adquisición de bienes y servicios deberá evaluar, actualizar, automatizar, estandarizar y difundir los procedimientos necesarios para el óptimo aprovisionamiento de bienes y servicios que requieran las diversas dependencias institucionales.

Artículo 6°Normalización de bienes y servicios de apoyo básicos. Los bienes y servicios que se adquieran deberán estar acordes con las necesidades institucionales, de acuerdo con el POA, las cuales deben ser consideradas y analizadas por la PI para realizar el Programa de Adquisiciones. La PI se encargará de la actualización y de la normalización de los materiales, equipos, herramientas y servicios de apoyo básico que requiera la Municipalidad de Belén, con la información proporcionada por los centros de costo solicitantes o por las unidades administrativas que cuenten con el criterio técnico suficiente para dar dichas recomendaciones, las cuales son responsables de la información que suministren y recursos presupuestarios que requieren para la compra.

CAPÍTULO II

Planificación y programación de los procesos

de contratación

Artículo 7°Programación anual de los centros de costo. Los centros de costo deberán incluir en la formulación del plan-presupuesto sus requerimientos de bienes y servicios del año correspondiente. Deberán en la formulación del plan-presupuesto determinar el tipo de objeto a adquirir. Para lo anterior, cada Unidad Técnica deberá informar a la PI, lo correspondiente a fin de preparar el Programa de Adquisiciones de la Municipalidad de Belén.

Artículo 8°Programa de Adquisiciones. Es obligación de la PI la elaboración del Programa de Adquisiciones de la Municipalidad de Belén, el cual deberá realizar durante el primer mes de cada período presupuestario. Una vez...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR