Resolución. MUNICIPALIDAD DE POÁS

Fecha de publicación02 Marzo 2023
Número de registroIN2023720725
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

AVISA:

MODIFICACIONES REGLAMENTO AUTÓNOMO

DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ

CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN

DEL CANTÓN DE POÁS

La suscrita Edith Campos Víquez, en calidad de Secretaria del Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del Cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria No. 146-2023 celebrada el 14 de febrero del 2023, según consta en el Acuerdo No. 1877-02-2023, se aprobó de forma unánime, ratificar y publicar por segunda vez, modificaciones al Reglamento Autónomo de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación del Cantón de Poás quedando de la siguiente manera:

MODIFICACIONES REGLAMENTO AUTÓNOMO

DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ

CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN

DEL CANTÓN DE POÁS

Artículo 12.—Funciones. Corresponde al Comité Cantonal de Deportes y Recreación:

(…)

m) Aprobar el plan de compras anual tanto del Comité Cantonal como de los subcomités distritales, lo anterior para que las compras se realicen a través del sistema SICOP.

Artículo 22.—Son funciones de la Junta Directiva las que se detallan a continuación:

(…)

r) Trasladar mediante acuerdo de Junta Directiva la solicitud y documentación necesaria para todas las compras del Comité Cantonal y Sub Comités Distritales ante el departamento de Proveeduría Municipal con el objetivo de que las compras se realicen mediante el programa SICOP. Si existiera nombrado un administrador deportivo como parte de la estructura del Comité Cantonal, este podrá tramitar directamente todas las compras aprobadas por la junta directiva en el Plan Anual de compras.

s) Designar mediante acuerdo en firme el funcionario del CCDR responsable de tramitar y gestionar todas las compras del Comité Cantonal y Subcomités de Deportes a realizarse por medio de la plataforma SICOP, dicha designación deberá ser comunicada a la administración Municipal a efectos de cualquier coordinación necesaria con el funcionario.

t) Cualquier otra propia de su competencia.

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. De acuerdo al artículo 43 del Código Municipal se someterá a consulta pública no vinculante, por un plazo mínimo de diez días hábiles, luego del cual se pronunciará sobre el fondo del asunto.

Poás, 17 de febrero de 2023.—Edith Campos Víquez, Secretaria Concejo Municipal, segunda vez.—1 vez.— ( IN2023720725). ).

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