Resolución. MUNICIPALIDAD DE SAN

Fecha de publicación12 Julio 2024
Número de registroIN2024879012
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN

CONCEJO MUNICIPAL

Que elConcejo Municipal, ensesiónordinaria N° 11 del 18 de junio del 2024, medianteacuerdo N° 06, aprobó la propuesta de reglamento: Reglamento de Parquímetros y Zonas de EstacionómetrosAutorizados de la Municipalidad de San Ramón, y conforme con elmismo, acordó: Aprobarel Proyecto Reglamento de Parquímetros y Zonas de EstacionómetrosAutorizados, incorporadoenel Dictamen N° 02/2024 del acta de reunión del 14 de junio de 2024 de la Comisión de AsuntosJurídicos. Seguidamente se consigna la mismo:

PROYECTO “REGLAMENTO DE PARQUÍMETROS

Y ZONAS DE ESTACIONÓMETROS AUTORIZADOS

DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN”

CAPÍTULO I

Disposicionesgenerales

Artículo 1ºFinalidad. El presenteReglamentoregula la operación del sistema de estacionamiento de vehículosautomotoresen las zonas establecidas, demarcadas y numeradas para este fin, y se emite de conformidad con lo establecidoenelartículo 2° de la Ley General de Caminos Públicos, N° 5060, del 22 de agosto de 1972 y sus reformas; elCódigo Municipal, N° 7794, del 30 de abril de 1998 y sus reformas, y la Ley de Instalación de Estacionómetros (Parquímetros), N° 3580, del 13 de noviembre de 1965 y sus reformas.

Artículo 2ºObjeto. El Concejo Municipal de la Municipalidad de San Ramón acoge la petición de la Alcaldesa Municipal y acuerdadelegarelordenamiento vial y el control del estacionamiento vehicular enelCantón de San Ramón a losdepartamentoscorrespondientes. Se creaelDepartamento de Parquímetros, que estará bajo la responsabilidad de la DirecciónFinancieraAdministrativa (DFA). En cuanto al ordenamiento vial, esteestará a cargo de la Dirección de Desarrollo Urbano. El presenteReglamento se emite con elobjeto de regular la operación del Sistema digital de estacionamiento de vehículosautomotoresen las zonas públicas del cantón, a fin de eliminar la prestación de serviciosirregulares dados porlos vigilantes informales de conformidad con las normastributarias.

Artículo 3ºDefiniciones y abreviaturas. CuandoenelpresenteReglamento se utilicenlossiguientesconceptos o abreviaturas, se entenderáporlosmismos:

a)Administración: Corresponde a la unidadadministrativa de la Municipalidad de San Ramón que tenga a su cargo el control del sistema de parquímetros.

b)Alcalde o alcaldesa: Máxima autoridad de la Municipalidad del cantón de San Ramón.

c)Concejo Municipal: Cuerpo colegiado y órganodeliberativo de la Municipalidad de San Ramón.

d)CTP: Consejo de Transporte Público.

e)Infracción: Incumplimientodebidamentetipificado a las estipulaciones del presenteReglamento o a las leyes y demásnormas que seanaplicables.

f)INS: Instituto Nacional de Seguros.

g)Notificadorautorizado: Personal autorizado e investido de autoridadpor la Municipalidad de San Ramón, funcionario de hechocontratado al efecto, enelmarco de losartículos 115 y 116 de la Ley General de la AdministraciónPública, N° 6227, del 02 de mayo de 1978 y sus reformas, para la fiscalización y control de las zonas de estacionamientoautorizadoen las víaspúblicas del cantón.

h)MOPT: Ministerio de ObrasPúblicas y Transportes.

i)Multa: Sancióneconómica a la que haceacreedorelinfractor.

j)Municipalidad: La Municipalidad de San Ramón.

k)Pago especial: Pago a la Municipalidad de San Ramón, porel derecho aestacionaren un lapso de tiempodeterminado un vehículoen las zonas de estacionamiento bajo unamodalidaddiferente a la de compra de horas, comoporejemplopagosemanal o mensual, derechos de carga y descarga, entre otros.

l)Parquímetro: Dispositivoelectrónicomedianteelcual se facilitaelcobro/pago de la tarifaporeluso de losespaciosautorizados, asícomo la emisión de las boletasrespectivas, que permiten que losvehículospuedan ser aparcadosencalles, avenidas, vías y otroslugarespúblicos, medianteelpago a la Municipalidad de un importeeconómico al comprar un espacio de estacionamiento.

m)Parte: Documento que compruebaellevantamiento de unainfracción a un vehículoporincumplimientos al presenteReglamento o las leyesnacionalesaplicables.

n)Plataforma de servicios: Oficinasdestinadaspor la Municipalidad de San Ramón para la atención al público, ubicadaseninstalacionesmunicipales.

o)Recibo de Pago: Documentofísico o digital que compruebaelpago a la Municipalidad de San Ramón, porel derecho aestacionaren un lapso de tiempodeterminado para un vehículoen las zonas de estacionamiento.

p)Reglamento: El presenteReglamento de Estacionamiento de Vehículosen las VíasPúblicas del cantón San Ramón.

q)SIECA: Secretaría de IntegraciónEconómicaCentroamericana.

r)Tarifa: Importeeconómico variable que la Municipalidad de San Ramón determinará para que se obtengan las prestaciones del sistema de estacionamiento de vehículosen las víaspúblicas y que deberá ser pagadoporlosusuarios del mismo, ademásestásujeto a cambios.

s)Usuario: Aqueladministrado que hagauso o se veaafectadoporelsistema de estacionamiento de vehículosenvíaspúblicas y sus regulaciones.

t)Vehículo: Medio de transportesegún las disposiciones de la Ley de Tránsito.

u)Zona de estacionamiento: Es la zona de calles, avenidas, vías y demáslugarespúblicos, que se encuentraafectada al sistema de estacionamiento de vehículosenvíaspúblicas y debidamentedemarcadas.

v)Zona oficial: Es la zona de calles, avenidas, vías y demáslugarespúblicosenloscuáles se admiteúnicamenteelestacionamiento de vehículosoficiales del Estado y sus instituciones.

w)Zona prohibida: Es la zona de calles, avenidas, vías y demáslugarespúblicosenloscuáles se prohíbeelestacionamiento de vehículos.

x)Zona restringida: Es la zona de calles, avenidas, vías y demáslugarespúblicosenloscualesexistenrestricciones para la carga y descarga de bienes o personas, y las limitadasporotrasleyes.

y)Zona regulada: Paradas de taxis, Buses, Busetas, taxis de carga y demásautorizadasporel CTP.

z)DGIT: Dirección General de Ingeniería de Tránsito del Ministerio de ObrasPúblicas y Transportes.

aa)Coordinadordelegado: Supervisor encargado de la fiscalizacióndesdeelDepartamentodelegadode la Municipalidad de San Ramón del sistema de estacionamientoautorizadoenvíapública.

Artículo 4ºÁmbito de aplicación. Las disposiciones de esteReglamentoregulanelservicio de ordenamiento vial y la administración de un sistemaautomatizado para el control del uso de las zonas especialmenteasignadas para elestacionamiento de todoslosvehículosautomotores que seanestacionadosen las víaspúblicasdondeexistademarcación horizontal o señalización vertical para elestacionamientoautorizado, estacionamiento especial y no estacionamientoenelcantón de San Ramón.

CAPÍTULO II

Del sistema de estacionamiento de vehículos

en las víaspúblicas

Artículo 5ºPrestacionesmínimas del servicio de estacionamiento de vehículosen las víaspúblicas. El sistemagarantizarácomomínimo las siguientesprestaciones:

a)Derecho aestacionar un vehículoen las zonas demarcadaspor un lapsodeterminado, previo al pago de unatarifaautorizada.

b)Ordenamiento de losvehículos que se aparcanen la callepública que corresponda al NotificadorAutorizado, garantizando que losautomotoresrespetenlosespaciosdemarcados, guarden la distanciaestablecida entre que permitamaniobrassencillas para estacionar o salir y se sancioneelestacionamientoen zonas prohibidassegúnel Manual Centroamericano de DispositivosUniformes para el Control de Tránsito, segúnelacuerdofirmadopor Costa Rica en Guatemala del año 2000 en la Reunión del SIECA.

Artículo 6ºDerecho a prestaciones del servicio de estacionamiento de vehículosen las víaspúblicas. Para tener derecho a las anterioresprestaciones, elusuario del sistemadeberápagarunatarifa que determinará la Municipalidad de San Ramón bajo lo indicadoenelartículo 2° de la Ley de Instalación de Estacionómetros (Parquímetros), N° 3580, del 13 de noviembre de 1965.

El cumplimiento de lo anterior se realizará con apoyo de la Policía Municipal, eldelegado del ordenamiento vial y control del estacionamiento vehicular enelCantón de San Ramón, Policía de Tránsito y FuerzaPública, autoridades ante las que elNotificadorAutorizadoestaráobligado a reportarcualquiersituaciónanómala que se presenteen la o las vías que le correspondan.

La Municipalidad no se haráresponsableporlosdaños o robosocasionadosenlosvehículos o las propiedades.

Artículo 7ºFinanciamiento del sistema de estacionamiento de vehículosenvíaspúblicas. El sistema de estacionamiento de vehículosen las víaspúblicasseráfinanciado con losrecursos que se obtenganporelpago de losservicios y de las multas que se deriven de las infracciones, mediante la plataforma digital, losestacionómetros y la compra de losespaciosmedianteefectivoenloscomercios, de conformidad con la Ley de Instalación de Estacionómetros (Parquímetros), N° 3580, del 13 de noviembre de 1965.

Artículo 8ºEl producto de las tarifas de estacionamientoconstituirá un fondo que se destinará a:

1.Pago de gastosadministrativos y operativos del departamentoencargado del control del estacionamiento vehicular enelCantón de San Ramón (Departamento de Parquímetros) y a la Policía Municipal, cubriendotodos sus programas y elfortalecimiento de la seguridad.

2.Acondicionamiento del departamentoencargado del control del estacionamiento vehicular enelCantón de San Ramón y Policía Municipal, sistemas de videovigilancia y otrasactividadesatinentes a la seguridad de losciudadanos del cantón.

3.Lo estipuladoenelartículo 7° de la Ley de Instalación de Estacionómetros (Parquímetros), N° 3580, del 13 de noviembre de 1965 y sus reformas.

4.Construcción y mantenimiento de caminos, destinandoel 10% a la seguridad vial, demarcación y otros, además de mejorarelordenamiento vial.

5.De acuerdo con lo establecidoenelartículo 83 del Código Municipal,...

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