Resolución. MUNICIPALIDAD DE SANTA

Fecha de publicación19 Julio 2024
Número de registroIN2024881122
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ANA

La Secretaría Municipal de Santa Ana una vez vencido el plazo para la consulta pública no vinculante y al no recibirse observaciones en el plazo establecido por Ley, comunica el Acuerdo N° 09, tomado en la sesión ordinaria N° 007-2024, celebrada el martes 18 de junio del 2024, en el cual procedió a aprobar de manera definitiva el siguiente Reglamento:

REGLAMENTO PARA EL USO DE LA MARCA CANTÓN

“SANTA ANA EL CANTÓN QUE VIBRA”

Considerando:

I.—Que la Municipalidad del Cantón de Santa Ana es una institución pública que por mandato constitucional tiene a cargo velar por los intereses locales.

II.—Que Santa Ana, a diferencia de otros cantones, es un punto estratégico que reúne lo mejor de muchos ambientes: tradición, innovación, agricultura, desarrollo industrial y negocios.

III.—Que es necesario estructuras las acciones que llevarán a la formulación, implementación y administración de una “Marca Cantóncomo una herramienta de competitividad, que permita identificar a Santa Ana en el ámbito nacional e internacional, como un instrumento de promoción y atracción de la inversión extranjera, de servicios y turismo.

IV.—Que es mediante una organización adecuada y una coordinación interinstitucional que incorpore aspectos turísticos, culturales, comerciales, sociales, ambientales, de educación, salud, científicos y tecnológicos, que se debe lograr la implementación de una “Marca Cantóncapaz de potenciar la promoción y divulgación de los productos, servicios, ofertas, políticas públicas, bagaje cultural y ventajas competitivas del Cantón de Santa Ana que permitan su inserción nacional e internacional en los campos que se determinen como prioritarios para el desarrollo del Cantón.

V.—Que es necesario contar con una regulación para la “Marca Cantón” con el fin de contar con lineamientos claros en cuanto al correcto uso de la imagen cantonal que esta promueve.

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1°—Objeto. El presente reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones que rigen el uso de la Marca Cantón de Santa Ana.

Artículo 2°—Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de cumplimiento obligatorio para los funcionarios de la Municipalidad de Santa Ana, así como para todos los sujetos interesados en solicitar y obtener una licencia de uso de la Marca Cantón Santa Ana, así como cualquier otra autorización especial relacionada con ésta.

Artículo 3°—Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento, se entiende por:

Libro de Marca vigente: documento creado para respetar la imagen de la marca a través del tiempo y los interlocutores que necesariamente se vean involucrados en la representación de dicha imagen y que se incorpora como anexo 1 al presente documento. Asimismo, establece las variables permitidas y no permitidas para el futuro uso de la marca.

Contiene las políticas que deben ser aplicadas por el Gobierno Local de Santa Ana, como ente gestor y regulador, así como de aquellas organizaciones públicas y privadas que tengan la concesión o permiso de uso de los activos de marca.

Licencia de uso: es la autorización debidamente aprobada por la Municipalidad para el uso de la “Marca Cantón”.

Licenciante: es el titular de la Marca Cantón.

Licenciatario: es la persona física o jurídica que ha obtenido la licencia de uso de la Marca Cantón de Santa Ana.

Marca Cantón: es la marca cantón de Santa Ana que se constituye en un instrumento estratégico y para la competitividad, mediante la cual se identifica al cantón, se sella la reputación, se sinergiza la promoción y se genera un posicionamiento diferenciador ante las audiencias externas e internas como un instrumento de promoción y atracción de la inversión extranjera, de servicios y turismo.

Pilares o ejes conceptuales: conjunto de 7 pilares sobre los cuales se desarrollará la “Marca Cantón” y todo tipo de materiales de comunicación, identificados a partir de la investigación, encuestas y entrevistas realizadas en el Cantón y que fueron plasmados en el Libro de Marca.

Pilar “comunidad”: eje articulado en torno a los seis distritos del Cantón, destacando la Iglesia de Santa Ana, el Muro del Colegio de Uruca, la Fuente del Salitral, la Piedra Indio de Piedades, el Lago de Pozos y la Planta Hidroeléctrica de Brasil.

Pilar “innovación”: eje articulado en torno a los conceptos de industria, centro de negocios, tecnología y bolsa y finanzas.

Pilar “desarrollo”: eje articulado en torno a los conceptos de servicios municipales, salud, comercio, turismo y seguridad.

Pilar “diversidad”: eje articulado en torno a los conceptos de comunidad activa, gastronomía, eventos sociales, arte, cultura y deportes.

Pilar “prosperidad”: eje articulado en torno a los conceptos de riqueza, vivienda, educación y agricultura (cebolla y café principalmente)

Pilar “sostenibilidad”: eje articulado en torno a los conceptos de piedra, agua, bosques, vientos y atardecer.

Pilar “tradición”: eje articulado en torno a los conceptos de leyendas, ferias, turnos, sitios históricos y artesanía.

Uso de eventos: es el uso de la Marca Cantón en eventos o actividades que son organizados, avalados o promovidos por una entidad del sector público o privado y que se caracterizan por ajustarse a los valores y objetivos de la Marca Cantón.

CAPÍTULO II

De la Marca Cantón Santa Ana

Artículo 4°—Del objeto de la Marca Cantón Santa Ana. La Marca Cantón Santa Ana constituye una herramienta de competitividad y mercadeo que permite promover de manera integral, coordinada y colaborativa la imagen del cantón y sus distintos sectores. Mediante dicho instrumento estratégico, se identifica al cantón, se maneja su reputación, se propicia la sinergia en la promoción y se construye un posicionamiento diferenciador ante las audiencias externas e internas que favorecen la promoción y atracción de la inversión extranjera, de servicios y turismo.

Artículo 5°—Mensaje central de la Marca Cantón Santa Ana. El mensaje central de la marca cantón, en el mediano y largo plazo, es que Santa Ana es una ciudad dondevibranlos contrastes y en donde a diferencia de otros cantones, es un punto estratégico que reúne lo mejor de muchos ambientes. El Cantón de Santa Ana vibra por su cultura, su comida, sus artesanías, su progreso, su arte, sus deportes, su música y su gente, y la “Marca Cantónregistra esas vibraciones.

Artículo 6°—De la descripción de la Marca Cantón. La Marca Cantón Santa Ana está constituida por la denominación “Santa Ana el Cantón que Vibra”.

Artículo 7°—Objetivos de la Marca Cantón. La marca cantón tiene los siguientes objetivos:

a) Posicionar a Santa Ana en los mercados destino con el fin de potenciar la promoción de la atracción de la inversión extranjera, de servicios y turismo, entre otros.

b) Promover la exportación de productos de valor agregado en los cuales se aprecie su sentido de exclusividad, distinción y calidad.

c) Promover la atracción del turismo selectivo para mercados específicos a través de un abanico amplio de productos como turismo de negocios, el de aventura, el sostenible, entre otros.

d) Promover la implicación de las audiencias internas en tres niveles: información, opinión y decisión, a través de las cuales se logre la persuasión y el reconocimiento de marca a nivel nacional.

e) Construir, a través de las comunicaciones, un escenario discursivo para la marca que esté anclado en el presente y con fuerte vocación por el futuro, incluyendo menciones específicas de cómo Santa Ana es un Cantón con una visión a largo plazo.

Artículo 8°—De los valores de la Marca Cantón Santa Ana. El uso de la Marca Cantón Santa Ana debe reflejar los siguientes valores:

a) Prosperidad.

b) Desarrollo.

c) Innovación.

d) Diversidad.

e) Tradición.

f) Sostenibilidad.

g) Comunidad.

Artículo 9°—De los atributos de la Marca Cantón Santa Ana. Los atributos de la Marca Cantón Santa Ana son los siguientes:

a) Articulador de valor.

b) Autenticidad.

c) Concentración.

d) Orgullo.

Artículo 10.—De titularidad de la Marca Cantón Santa Ana. Corresponde al Gobierno Local de Santa Ana, la titularidad de la Marca Cantón Santa Ana descrita en el Libro de Marca así como la que se encuentre debidamente inscrita y protegida en el Registro de la Propiedad Industrial del Registro Nacional, según los términos de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Ley N° 7978 y su reglamento.

Artículo 11.—Sistemas de comunicación. Se entiende como comunicación formal a toda aquella manifestación que se apoya en un soporte tangible (correo electrónico, medios impresos, audiovisuales, entre otros); y por comunicaciones no formales se tienen todas aquellas manifestaciones no apoyadas en registros tangibles (conducción de reuniones, información verbal, entre otros).

Desde ese punto de vista la Marca Cantón aplica tanto para las comunicaciones formales como las no formales, e involucra los siguientes aspectos:

a) Identidad visual corporativa: códigos identificadores visuales y sus aplicaciones en los diversos soportes visuales (productos, servicios, comunicación, entorno), tal y como se definen en el Libro de Marca.

b) Publicidad y promoción de ventas: aspectos visuales no contemplados expresamente en el Libro de Marca y aspectos visuales tales como orientación, lenguaje, entre otros.

c) Documentación técnica: la calidad, el estilo y el lenguaje de la información, más allá de la comunicación publicitaria impresa.

d) Publicidad corporativa e institucional: publicidad no directamente comercial, dirigida a mejorar la notoriedad, la imagen y la valoración de la marca Cantón de Santa Ana.

e) Relación con los medios de comunicación: relación permanente con los medios de prensa general y especializada y de todos aquellos que puedan contribuir a mejorar la imagen del Cantón de Santa Ana.

f) Relaciones entre el Cantón de Santa Ana y la Administración pública a nivel estatal, autónomo y local, entidades sectoriales y profesionales en general, universidades, entre otros.

Artí...

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