Resolución. MUNICIPALIDAD DE SANTA
| Fecha de publicación | 04 Diciembre 2024 |
| Número de registro | IN2024911296 |
| Emisor | MUNICIPALIDADES |
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
El Concejo Municipal de Santa Ana en la SesiónOrdinaria N°28, celebradael martes de 12 de noviembre de 2024, enelArtículo VII., Dictámenes de Comisiones, Acuerdonúmero 26), aprobódefinitivamente con 07 votos lo siguiente:
REFORMA REGLAMENTO INTERNO PARA LA REALIZACIÓN
DEL CONCURSO PÚBLICO PARA RECLUTAMIENTO,
SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR (A)
O SUBAUDITOR (A) INTERNO (A). DEL GOBIERNO
LOCAL DE SANTA ANA
Considerando:
I.—Que de acuerdo con lo dispuestoen la Ley General de Control Interno Nº 8292 de 31 de julio del 2002, enelCapítulo IV se regulatodo lo relacionado con la Auditoria Interna de las institucionespúblicas.
II.—Que la Ley General de Control Interno Nº 8292 dispone enelartículo 29 que la Contraloría General de la República emitiráloslineamientos para que cadaente u órganodefinan la descripción de las funciones y requisitoscorrespondientes para cada uno de los cargos.
III.—Que elConcejo Municipal de Santa Ana en la SesiónOrdinaria Nº 4 celebradael 23 de mayo del 2006, aprobóelReglamento para la Realización del Concurso Público para Reclutamiento, Selección y Nombramiento del Auditor Interno de la Municipalidad de Santa Ana.
IV.—Que, la Contraloría General de la República emitió la Resolución R-DC-832018 con losnuevosLineamientossobreGestiones que Involucran a las Auditoría Interna presentadas ante la Contraloría General de la República publicadaenLa Gaceta Nº 146 del 13 de agosto del 2018, y sus reformasResolución R-DC-00055-2023 del 30 de junio del 2023 y Resolución R-DC00102-2023 del 27 de octubre del 2023.
V.—Que, debido a lo anterior, se debeactualizarelReglamento para la Realización del Concurso Público para Reclutamiento, Selección y Nombramiento del Auditor Interno del Gobierno Local de Santa Ana.
Por tanto, se presenta la propuesta de reforma del reglamento, con base a las nuevasdisposicionesemitidaspor la Contraloría General de la República:
Artículo 1º—El presentereglamentotienecomoobjetivo regular elproceso de reclutamiento, selección y nombramientoenelpuesto de Auditor (a) o Subauditor (a) Interno (a) porplazoindefinido del Gobierno Local de Santa Ana, con fundamentoenlosartículos 28 y 31 de la Ley General de Control Interno, losprincipios y reglas del régimen de empleopúblico y enacatamiento de losLineamientossobreGestiones que Involucran a la Auditoría Interna presentadas ante la Contraloría General de la República, publicadaenLa Gaceta Nº 146 del 13 de agosto del 2018, y sus reformasResolución R-DC-000552023 del 30 de junio del 2023 y Resolución R-DC-00102-2023 del 27 de octubre del 2023.
Artículo 2º—Acciones previas. El Concejo Municipal mediante un Acuerdo de Concejoordenaráelinicio del concurso público para elnombramiento del Auditor (a) o Subauditor (a) Interno (a) del Gobierno Local de Santa Ana.
Artículo 3º—Comisión Especial. El Concejo Municipal crearáuna Comisión Especial de Concurso y nombramiento de Auditor (a) o Subauditor (a) Interno (a), de conformidad con lo establecidoenelartículo 49 del Código Municipal.
Artículo 4. Funciones de la Comisión Especial: Son funciones de la Comisión Especial las siguientes:
a.Convocar, publicar y divulgarel concurso externo y público, objeto del presentereglamento.
b.Conformarelexpedienteadministrativo que consigne las actuaciones del proceso.
c.Coordinarelapoyotécnico y logístico que requiera.
d.Coordinar con elproceso de Recursos Humanos para la elaboración, aplicación y evaluación de prueba de conocimiento y entrevista.
e.Conformar la terna o nómina final, segúncorresponda, resultante del proceso de selección de las personas aspirantes al puesto de Auditor (a) o SubauditorInterno (a).
f.Garantizar que el concurso se lleve a cabo con transparencia, igualdad, publicidad, eficiencia y conforme al principio de legalidad.
g.Revisar y analizarlosatestados de las personas concursantes.
h.Verificar la observancia de losrequisitos con los que debecontar la persona que ocupeelpuesto de Auditor (a) o Subauditor (a) Interno, enconcordancia con lo que estableceesteReglamento y la normativarelacionada.
i.Las demás que le designeelConcejo Municipal y la normativaaplicable.
Artículo 5º—Asesoría y Apoyo Técnico: La Comisión Especial dispondrá de la asesoría y apoyotécnico del proceso de Recursos Humanos, de la Secretaría del Concejo y del proceso de Asesoría Legal, de acuerdo con sus competencias; asícomo de cualquierotrainstancia municipal que considerepertinente para elcumplimiento del presenteReglamento y de la demásnormativaaplicable, para lo cual la Administración prestarátodasucolaboración.
Artículo 6º—Requisitos del puesto: Los requisitosmínimos del puesto de Auditor Interno son losdefinidospor la Contraloría General de la República, en la Resolución R-DC-832018, publicadaenLa Gaceta Nº 146 del 13 de agosto del 2018, y sus reformas, asícomoenel Manual Descriptivo de Puestos del Gobierno Local de Santa Ana, a saber:
a.LicenciaturaenContaduría Pública.
b.Incorporado al colegio profesionalrespectivo.
c.Experienciamínima de cincoañosenelejercicio de la Auditoría Interna o externa enel sector público.
d.Experienciamínimatresañosenpuestos de jefaturaenAuditoría Interna o externa enel sector público o, ensudefectoenel sector privado.
Artículo 7º—Comprobación de Requisitos:Aefectos de verificarelcumplimiento de losrequisitosdefinidosenelartículo 6, en la Oferta de Postulación se deberáaportar la siguientedocumentación:
a.Copia del títulouniversitario de LicenciaturaenContaduría Pública.
b.Certificación de incorporación, emitidaporel Colegio profesionalrespectivo que demuestre que se trata de miembroactivo y habilitado para elejercicio de la profesión.
c.Certificación o constanciafirmadapor persona responsablede Recursos o Talento Humano, que comomínimoincluya:
•Nombre, número de teléfono y correoelectrónico de la empresa o instituciónen la que se desempeñó o brindóservicios de auditoría interna o externa, enel sector público o privado.
•Nombre del puesto y funcionesdesempeñadas o serviciosprestados.
•Fecha exacta de ingreso y salida de la empresa o instituciónen la que se desempeñó o inicio y fin del serviciobrindado. En ambos supuestosindicarelmotivo de la salida o término del servicio.
•Si tuvo personal bajo supervisión y dirección, indicar la cantidad y clase de puesto que tenían y eltiempoen que lo tuvo a cargo.
La Comisión Especial, contando con elapoyo de la secretaria del Concejo Municipal, podráverificar la informaciónindicadaenelpresenteartículo y cualquierotraaportada con motivo del concurso, ademáspodrásolicitar la documentación original que considerepertinente.
Artículo 8º—Evaluación: La evaluación ser llevará a caboen dos fases, las cuales se describen a continuación:
Fase I. Verificacion del cumplimiento de losrequisitosmínimos para ocuparelpuesto de Auditor (a) Interno (a), establecidosenResolución R-DC-83-2018, publicadaenLa Gaceta Nº 146 del 13 de agosto del 2018, y sus reformas, asícomoenel Manual Descriptivo de Puestos del Gobierno Local de Santa Ana; únicamentequienescumplan con estosrequisitos se consideraránoferentesadmisibles; encaso de incumplimientoserándescalificados del proceso.
Las personas participantesdebenpresentarsupostulación para el concurso, y aportartoda la documentaciónrequerida, debidamentefirmada, sea digital o manuscrita, segúncorresponda, dentro del plazo y forma establecidaenelpresentereglamento.
Las bases del concurso podrán ser consultadasen la página web del Gobierno Local de Santa Ana https://www.santaana.go.cr/, o bien, solicitarlas a la secretaria del Concejo Municipal, a la dirección de correoelectrónico secretariaconcejo@santaana.go.cr.
En elsupuesto de presentar la oferta de postulación y la documentaciónenformatofísico se debehacerensobrecerrado, rotulado de forma clara y legible con elnombrecompleto de la persona postulante, número de cédula y dirección de correoelectrónico ante la secretaria del Concejo Municipal, ubicadaenelGobierno Local de Santa Ana, situadoen Santa Ana Centro, frente a Importadora Monge, segundopiso, o enformato digital a la dirección de correoelectrónico secretariaconcejo@santaana.go.cr, en ambos casos, dentro del plazodefinido para talefecto.
En esta Fase no se recibendocumentosoriginales, únicamentecopias, las cualesdeben ser legibles, completas, ordenadas y limpias.
Fase II. Aesta Fase pasaran las personas participantes que cumplieron con todoslosrequerimientosindicadosen la Fase I.
La Fase II tienecomoobjetivollevar a cabo la aplicación de la prueba de conocimiento y la entrevista.
A las personas participantes, se les informarávíacorreoelectrónicoel día, hora y lugarenel que se aplicarán las pruebas y entrevista; las cuales se realizarán de manera personal y presencial, salvo que porunasituaciónexcepcionaldebidamentedeclaradapor las autoridadescompetentes se ordenenmedidas que impidan la presencialidad, de ser así, se tomarán las accionescorrespondientes y éstasseránoportunamenteinformadas.
La programación de las pruebas y entrevista se realizarán con base en la cantidad de personas participantesadmitidasen la Fase II.
Una vezllegada la hora en la que se convocó a las personas participantes a las pruebas o entrevista se otorgarán 15 minutos de gracia, posterior a ese tiempo la persona quedaráautomáticamentedescalificada del proceso, salvo causa justificadaporcasofortuito o fuerza mayor; determinación que llevará a cabo la Comisión Especial, segúnelcasoenconcreto.
Artículo 9. Pruebas y Entrevista: Los participantesseránsometidos a unaprueba de conocimiento y unaentrevista que llevarán a cabo las personas miembros de la Comisión Especial que seandesignadas para talefecto, con la colaboración de un repre...
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