Resolución. MUNICIPALIDAD DE SARCHI

EmisorMUNICIPALIDADES
Fecha de publicación16 Julio 2024
Número de registroIN2024880462

MUNICIPALIDAD DE SARCHI

La Municipalidad de Sarchí comunica que mediante el Artículo VI, Acuerdo N° 6 de la Sesión Ordinaria N°009, celebrada por el Concejo Municipal de Sarchí, el día 01 de julio de 2024, se conoció y aprobó el Dictamen N° 3 de la Sesión N° 006 de la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos, en que se gestiona lo solicitado en el oficio N° MS-AL-OF-0247-2024 suscrito por el titular de Alcaldía, acto en el cual se acuerda lo siguiente:

Considerando:

1ºQue existe un compromiso desde el gobierno con la modernización de las infraestructuras de telecomunicaciones, que implica la adopción de tecnologías emergentes para fomentar un desarrollo socioeconómico sostenible y competitivo en desarrollos recientes y planes estratégicos a futuro.

2ºQue la Sala Constitucional en el voto N° 15763, de las 9 horas con 46 minutos del 16 de noviembre de 2011, citó en lo relacionado al asunto de la infraestructura en telecomunicaciones, que el mismo corresponde a un tema de interés público que trasciende el interés local, y el no atender este tema de manera adecuada, provocaría serios perjuicios que los habitantes pueden gozar de los beneficios de la sociedad de la información y de las nuevas tecnologías de la información y del conocimiento.

3ºQue la Procuraduría General de la República, en su dictamen N° C-039-2012, indicó: “(…) prevalencia de la planificación y regulación presente en las leyes sobre telecomunicaciones y disposiciones adoptadas por el Poder Ejecutivo y la SUTEL por sobre los intereses locales y municipales; por ende, la subordinación de las municipalidades a lo que se haya dispuesto con alcance nacional. Subordinación que abarca lo relativo a la infraestructura, por ser esta de interés nacional”.

4ºQue la Ley N° 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), establece el interés público de la materia de telecomunicaciones, en el artículo 74, que indica: “Declaratoria de interés público. Considerase una actividad de interés público el establecimiento, la instalación, la ampliación, la renovación y la operación de las redes públicas de telecomunicaciones o de cualquiera de sus elementos. Los operadores de redes públicas de telecomunicaciones podrán convenir entre la utilización conjunta o el alquiler de sus redes.” Mismo interés público, es reafirmado en el artículo 76 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Nº 34765-MINAE.

5ºQue el interés público que el Estado debe garantizar se da en aras del establecimiento, instalación, ampliación, renovación y operación de las redes públicas de telecomunicaciones, siendo así el que la instalación de antenas de telecomunicaciones en infraestructura de soporte para redes de telecomunicaciones sea necesaria para la provisión de los servicios de telecomunicaciones adecuados y de calidad a la población.

6ºQue existen factores propios del diseño de la red de telecomunicaciones, relacionados con las capacidades de cobertura y servicio, que requieren la instalación de antenas en zonas geográficas específicas.

7ºQue toda municipalidad debe garantizar el desarrollo de las telecomunicaciones, cumpliendo así con las acciones necesarias para que se cuente con una infraestructura robusta, uniforme, sólida y normalizada que garantice a los usuarios el acceso a los servicios de telecomunicaciones, por lo que no se pueden establecer regulaciones y requisitos que lo impidan o dificulten.

8ºQue la Municipalidad de Sarchí, emitió elReglamento General para Licencias Municipales en Telecomunicacionespublicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 129, del día 05 de julio de 2011.

9ºQue en el artículo 4, de la “Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica”, Ley N°10216, del 08 de junio de 2022, indica: “Municipalidades. El Poder Ejecutivo, a través del rector de Telecomunicaciones, con los criterios técnicos correspondientes, establecerá vía reglamento las disposiciones técnicas relacionadas con el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones, las cuales deberán ser acatadas por todas las municipalidades del país”. Y en el transitorio III de la misma ley, se señala que, se encontrara a cargo del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), el emitir la normativa que establezca los procedimientos y las especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones.

10.—Que el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, emitieron el Decreto Ejecutivo N°44335-MICITT, denominadoReglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica, sobre los procedimientos y especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicacionespublicado en el Alcance N°13, del Diario Oficial La Gaceta N°14, de fecha de 25 de enero de 2024, donde se regularan los procedimientos y las especificaciones técnicas aplicables al desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones conforme las disposiciones de la Ley.

11.—Que el Concejo Municipal tiene la posibilidad de emitir su propio reglamento; o bien, aplicar de manera supletoria la norma nacional, es decir, el Decreto Ejecutivo N° 44335-MICITT, “Reglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica, sobre los procedimientos y especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones”. Por tanto,

El Concejo Municipal, en el ejercicio las atribuciones que le confiere el Código Municipal, acuerda lo siguiente:

1º—Aprobar el Dictamen N.º 3 de la sesión N° 006 -del año 2024- de la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Sarchí.

2º—Se deroga, en su totalidad, elReglamento General para Licencias Municipales en Telecomunicaciones”, aprobado mediante el Artículo VI, inciso m), de la Sesión Ordinaria N.º 189, celebrada por el Concejo Municipal, el día 23 de febrero del 2010 y publicado en La Gaceta N° 129 del 5 de julio de 2011, así como cualquier otra normativa o directrices emitidas sobre telecomunicaciones, en la Municipalidad de Sarchí.

3º—La Municipalidad de Sarchí acuerda adherirse y, por tanto, adoptar, en todos sus extremos, las disposiciones del Decreto Ejecutivo N° 44335-MICITT, denominadoReglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica, sobre los procedimientos y...

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