Resolución. MUNICIPALIDAD DE SARCHI
Fecha de publicación | 16 Julio 2024 |
Número de registro | IN2024880462 |
Emisor | MUNICIPALIDADES |
MUNICIPALIDAD DE SARCHI
La Municipalidad de Sarchícomunica que medianteelArtículo VI, Acuerdo N° 6 de la SesiónOrdinaria N°009, celebradaporelConcejo Municipal de Sarchí, el día 01 de julio de 2024, se conoció y aprobóel Dictamen N° 3 de la Sesión N° 006 de la Comisión Municipal de AsuntosJurídicos, en que se gestiona lo solicitadoeneloficio N° MS-AL-OF-0247-2024 suscritoporel titular de Alcaldía, actoenelcual se acuerda lo siguiente:
Considerando:
1º—Que existe un compromisodesdeelgobierno con la modernización de las infraestructuras de telecomunicaciones, que implica la adopción de tecnologíasemergentes para fomentar un desarrollosocioeconómicosostenible y competitivoendesarrollosrecientes y planes estratégicos a futuro.
2º—Que la Sala Constitucionalenelvoto N° 15763, de las 9 horas con 46 minutos del 16 de noviembre de 2011, citóen lo relacionado al asunto de la infraestructuraentelecomunicaciones, que elmismocorresponde a un tema de interéspúblico que trasciendeelinterés local, y el no atenderestetema de maneraadecuada, provocaría serios perjuicios que loshabitantespuedengozar de losbeneficios de la sociedad de la información y de las nuevastecnologías de la información y del conocimiento.
3º—Que la Procuraduría General de la República, ensu dictamen N° C-039-2012, indicó: “(…) prevalencia de la planificación y regulaciónpresenteen las leyessobretelecomunicaciones y disposicionesadoptadasporel Poder Ejecutivo y la SUTEL porsobrelosintereses locales y municipales; porende, la subordinación de las municipalidades a lo que se hayadispuesto con alcancenacional. Subordinación que abarca lo relativo a la infraestructura, por ser esta de interésnacional”.
4º—Que la Ley N° 7593, Ley de la AutoridadReguladora de losServiciosPúblicos (ARESEP), estableceelinteréspúblico de la materia de telecomunicaciones, enelartículo 74, que indica: “Declaratoria de interéspúblico. Consideraseunaactividad de interéspúblicoelestablecimiento, la instalación, la ampliación, la renovación y la operación de las redes públicas de telecomunicaciones o de cualquiera de sus elementos. Los operadores de redes públicas de telecomunicacionespodránconvenir entre sí la utilizaciónconjunta o elalquiler de sus redes.” Mismo interéspúblico, es reafirmadoenelartículo 76 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Nº 34765-MINAE.
5º—Que elinteréspúblico que el Estado debegarantizar se da enaras del establecimiento, instalación, ampliación, renovación y operación de las redes públicas de telecomunicaciones, siendoasíel que la instalación de antenas de telecomunicacioneseninfraestructura de soporte para redes de telecomunicaciones sea necesaria para la provisión de losservicios de telecomunicacionesadecuados y de calidad a la población.
6º—Que existenfactorespropios del diseño de la red de telecomunicaciones, relacionados con las capacidades de cobertura y servicio, que requieren la instalación de antenasen zonas geográficasespecíficas.
7º—Que todamunicipalidaddebegarantizareldesarrollo de las telecomunicaciones, cumpliendoasí con las accionesnecesarias para que se cuente con unainfraestructura robusta, uniforme, sólida y normalizada que garantice a losusuarioselacceso a losservicios de telecomunicaciones, por lo que no se puedenestablecerregulaciones y requisitos que lo impidan o dificulten.
8º—Que la Municipalidad de Sarchí, emitióel “Reglamento General para LicenciasMunicipalesenTelecomunicaciones” publicadoenelDiarioOficialLa GacetaN° 129, del día 05 de julio de 2011.
9º—Que enelartículo 4, de la “Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicacionesen Costa Rica”, Ley N°10216, del 08 de junio de 2022, indica: “Municipalidades. El Poder Ejecutivo, a través del rector de Telecomunicaciones, con loscriteriostécnicoscorrespondientes, establecerávíareglamento las disposicionestécnicasrelacionadas con eldespliegue de infraestructura de telecomunicaciones, las cualesdeberán ser acatadasportodas las municipalidades del país”. Y eneltransitorio III de la misma ley, se señala que, se encontrara a cargo del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), elemitir la normativa que establezcalosprocedimientos y las especificacionestécnicas de la infraestructura de telecomunicaciones.
10.—Que elMinisterio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, emitieronelDecretoEjecutivo N°44335-MICITT, denominado “Reglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicacionesen Costa Rica, sobrelosprocedimientos y especificacionestécnicas de la infraestructura de telecomunicaciones” publicadoenelAlcance N°13, del DiarioOficialLa GacetaN°14, de fecha de 25 de enero de 2024, donde se regularanlosprocedimientos y las especificacionestécnicasaplicables al desarrollo de la infraestructura de telecomunicacionesconforme las disposiciones de la Ley.
11.—Que elConcejo Municipal tiene la posibilidad de emitirsupropioreglamento; o bien, aplicar de manerasupletoria la norma nacional, es decir, elDecretoEjecutivo N° 44335-MICITT, “Reglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicacionesen Costa Rica, sobrelosprocedimientos y especificacionestécnicas de la infraestructura de telecomunicaciones”. Por tanto,
El Concejo Municipal, enelejercicio las atribuciones que le confiereelCódigo Municipal, acuerda lo siguiente:
1º—Aprobarel Dictamen N.º 3 de la sesión N° 006 -del año 2024- de la Comisión Municipal de AsuntosJurídicos de la Municipalidad de Sarchí.
2º—Se deroga, ensutotalidad, el “Reglamento General para LicenciasMunicipalesenTelecomunicaciones”, aprobadomedianteelArtículo VI, inciso m), de la SesiónOrdinariaN.º 189, celebradaporelConcejo Municipal, el día 23 de febrero del 2010 y publicadoenLa GacetaN° 129 del 5 de julio de 2011, asícomocualquierotranormativa o directrices emitidassobretelecomunicaciones, en la Municipalidad de Sarchí.
3º—La Municipalidad de Sarchíacuerdaadherirse y, por tanto, adoptar, entodos sus extremos, las disposiciones del DecretoEjecutivo N° 44335-MICITT, denominado “Reglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicacionesen Costa Rica, sobrelosprocedimientos y...
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