Resolución. MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

Fecha de publicación31 Enero 2024
Número de registroIN2024838135
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

La Secretaria Municipal de la Municipalidad de Zarcero, Dennia del Pilar Rojas Jiménez, cédula de identidad 204300534. CERTIFICA: elartículo VI inciso 1.2 de la sesiónordinarianúmero 0189-2023 del 12 de diciembre del 2023, textualmente indica:

1.2-El Concejo Municipal acuerdaaprobarelproyectoREGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL ACUEDUCTO DE LA MUNICIPALIDAD DE ZARCERO, se autoriza a la administración municipal para que continue con losrespectivosprocedimientos para ser publicadoendiariooficialLa Gaceta. Aprobadoporunanimidad, en forma definitiva, con dispensa de la comisión de gobierno y administración. 5 votos de losregidorespropietarios Luis Fernando Blanco Acuña, Yerlin Araya Araya, German Blanco Rojas, Oscar Corella Rodríguez, Carlos Masís Somarribas.

PROYECTO REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL ACUEDUCTO DE LA MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

CAPÍTULO I

Disposicionesgenerales

Artículo 1º—Sustentojurídico. De conformidad con losartículosinciso a) y 13 inciso c) del Código MunicipalLey N° 7794, Ley de Aguas N° 276, artículo 5° de la Ley General de Agua Potable N° 1634 y elartículo 3° del Reglamento para la Calidad del Agua Potable, N° 25991-S, publicadoenLa Gaceta N° 100 del 27 de mayo de 1997. Se dicta elpresentereglamento, con el fin de regular la administración, prestación y cobro de losservicios de agua potable de la Municipalidad de Zarcero, que prestaendichocantón.

Artículo 2º—Alcance del presenteReglamento. Este reglamentoregulará la organización y funcionamiento municipal encuanto a la prestación, facturación, registro y cobro del servicio de agua potable a través de sus dependencias, además de establecerlos derechos y obligaciones de losabonados y usuarios de esteservicio.

Artículo 3º—Términos de referencia. Para los fines y aplicación del presentereglamento, asícomo para lostrámites -internos y externos- que se realicen ante elDepartamento de ServiciosPúblicosencargado del acueducto municipal, tómenseencuentalossiguientestérminos de referenciacomoconceptosrelevantes a la materia:

1.Abonado: La persona física o jurídicapropietarialegítima de la finca, lote, filial o edificación de cualquiernaturaleza, a la que se prestaráelservicio de agua potable, conforme a losdatosconsultadosenelRegistro Nacional.

2.Municipalidad: Municipalidad de Zarcero.

3.Plataforma de servicios: Oficinaensede municipal dondedebenrealizarsetodoslostrámites que tengan que ver con elacueducto y demásservicios.

4.Agua potable: Agua tratada que cumple con las disposiciones de valoresrecomendables o máximosadmisiblesestéticos, organolépticos, físicos, químicos, biológicos y microbiológicos, establecidosenloslineamientos y regulaciónemitidospor las autoridadescompetentes.

5.Alto consumo: Es aquel mayor al consumo que pormessupereen un 50% omás de suconsumopromediomensual (determinadoenlosúltimos 6 meses de consumo), segúneluso y educación de consumo de agua de cadaabonado.

6.Calidad del servicio: Se refiere a que elservicio de agua potable debecumplir con losatributos de calidad del agua, cantidadsuficiente y continuidad.

7.Caudal: Volumen de líquido que pasaporunasección de unatuberíaporunidad de tiempo.

8.Ciclo de facturación: Cicloenelcualpermanentemente la Municipalidad factura a sus abonadosel valor de losserviciosprestados.

9.Ciclo de lectura: Cicloenelcual se leenlosmedidores de forma individual, permitiendo la facturación de acuerdo con elconsumo.

10.Conexionesactivas: Aquellas que están recibiendo losservicios que brinda la Municipalidad y que son objeto de facturación de acuerdo con las disposiciones de esteReglamento.

11.Conexionesinactivas: Aquellas que se les hansuspendidolosserviciosporfalta de pago, solicitud del contribuyente, retiro del medidor o bien, cualquierotra causa que haga que elservicio no se estébrindando.

12.Consumonegativo: Lectura de consumo anterior superior a la lectura actual.

13.Consumo normal: Es elconsumomensual del cliente, libre de influenciasdistorsionantes.

14.Consumopromedio normal: Es elpromedio de losconsumosnormalesregistradosenlosúltimos seis meses.

15.Consumo: Cantidad de agua potable registradaporelhidrómetro (medidor) en un periodo de tiempoexpresadoen metros cúbicospormes.

16.Continuidad del servicio: Implica que elservicio de agua potable se mantieneen forma continua, sin interrupción, las 24 horas del día, salvo encasos de fuerza mayor o porperiodos de mantenimiento del sistema que afecta la zona dondeestáubicada la conexión, encuyocasoseráanunciada la interrupción.

17.Costos de reconexión: Término con elcual se califica al valor o sumaen dinero efectivo de curso legal y colonescostarricenses, que debepagarelabonadocuandoelservicio es suspendidoporcualquiera de las causas del punto 11 de esteartículo y la persona solicitasureconexión al momento de cancelarelmontoadeudado, elcualcorresponde a la suma de Ocho Mil QuinientosColones.

18.Derecho de conexión: Término con elcual se le califica al valor o sumaen dinero efectivo de curso legal y colonescostarricenses, que debepagarpreviamenteelabonado a la Municipalidad porconectarleelservicio de agua potable hasta supropiedad y elcualcorresponde a la suma de Setentay Cinco Mil Colones.

19.Derecho de reconexión: Terminoenelcual se restableceelservicio de agua potable que le fuesuspendido.

20.Finca/Lote: Terreno o solar, con o sin surespectivaedificación, debidamenteregistradaelRegistro Público de la Propiedad o individualizadamaterialmente.

21.Fuente pública: Lugar de abastecimiento de agua potable, misma que serápública y gratuita, que son temporales y porcircunstanciasespeciales.

22.Fuga intradomiciliaria: Escape de aguaporcualquiermotivoen las instalacionesinternas del inmueble del abonado.

23.Fuga con perjuicio: Escape de aguaporcualquiermotivoen las instalacionescomprendidas entre ellímite de la propiedadprivada, callepública y elmedidor.

24.Fuga: Escape de aguaen la red.

25.Hidrómetro: Medidorutilizado con el fin de registrar elconsumo de aguautilizadoporelabonado.

26.Instalaciones: El sistema de tuberías y accesorios tanto de redes públicascomo las intradomiciliarias y otros del acueducto.

27.Instalaciónintradomiciliaria: Sistema interno de agua potable de losdomicilios y otros, que iniciainmediatamentedespués del hidrómetro.

28.Intereses: Sanciónen dinero poratrasoenelpago del servicio de aguaconforme al presentereglamento, las leyesvigentes y conexas.

29.Prevista: Sección de tubería y accesoriosdispuesta para la conexión de la red pública con la red privada del cliente, que se instala hasta elmedidor o lugardondeéstedeberíacobrarse, pero que no se encuentraenuso.

30.Ramal: La extensión o aumento de longitud de la red de distribución local del acueducto, que se hacenecesario para elservicio hasta la propiedad. Asícomo las variaciones de diámetro o sustitucionesrequeridas.

31.Red privada: La red de distribución del sistemainternoenpropiedad del contribuyente.

32.Red pública: La red de distribución, del sistemapúblicopropiedad de la Municipalidad.

33.Revisiones de medidores: Servicio que la Municipalidad presta a sus abonados, con elpropósito de que estosaclaren las dudasacerca de la facturación de suservicio.

34.Servicio de Acueducto: Suministro de agua potable que es prestadopor la Municipalidad al abonado.

35.Suspensión de servicio: Privación temporal del servicio de agua potable.

36.Unidad de ocupación: Se refiere al espaciofísicoendondeexisteunaestructura que se fija o incorpora al terreno, destinado a vivienda, comercio, culto, instalacionesdeportivas, instituciones del gobierno, organizaciones de beneficencia o bien social, centroseducativos, industrias, al que se le asignaráeluso del agua a que se refiereesteReglamento. Toda remodelación, alteración o ampliación que se realice a unaestructuraexistentedeberá ser valoradapor la Dirección de Desarrollo Urbano a efectos de determinarsioriginaunanuevaunidad de ocupación.

37.Uso del agua: Es eldestino principal que le da elabonado al aguasuministrada o que determina la Municipalidad que se le da al servicio de agua potable. Misma que se clasificacomo:

1.Domiciliaria o residencial.

2.Ordinaria.

3.Reproductiva o comercial.

4.Preferencial.

5.Gobierno.

38.Tarifa: Cobroporunidad de uso de losservicios que se prestanen forma permanente o temporal a losabonados y de aplicación general a todoslos que esténen las mismascondiciones.

39.Tasa: Tributocuyaobligacióntienecomohechogenerador la prestaciónefectiva o potencial de un serviciopúblico de suministro de agua potable, calculadosobreloscostos de materiales, equipo de mano de obra y gastosadministrativos, más la utilidad, individualizado para cadaabonadocomounasumaequivalenteya sea fija o porunidad.

40.Desconexión: Solicitud que haceelpropietario registral o representantefacultadolegalmente, para hacerretiro o renuncia del servicio de agua potable y que debeestar al día con elpago de tasas, impuestos y tributosmunicipales.

41.Disponibilidadde agua: Documento que emiteelDepartamento de ServiciosPúblicosencargado del acueducto municipal para hacerconstar que, enel sector dónde se solicitaelagua, la Municipalidad cuenta con red de distribución y el caudal necesario para abastecermásunidades de ocupación, pero que sólo se dará con previa inspección que determine la factibilidad de la prestación del servicio y la cual no implica la obtención del derecho a la interconexión o aprobación de un nuevo servicio.

42.Vía pública: Camino que forma parte del dominiopúblico.

CAPÍTULO II

Del servicioen general

Artículo 4º—Tipo de servicio. La Municipalidad prestaráelserviciomedido, ante gestión de la persona interesada, elcual se...

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