Resolución Nº 0033-M-2008 de Tribunal Supremo Electoral, 2008

Número de resolución0033-M-2008
Tipo de documentoElectorales

TSE, 0033-M-2008

N.º 033-M-2008.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. S.J., a las catorce horas cincuenta minutos del cuatro de enero del dos mil ocho.

Diligencias de cancelación de credenciales que ostentan la señora O.M.L.U. y el señor Á.P.S., en su orden regidora y regidor suplente de la Municipalidad de Dota, provincia S.J..

RESULTANDO

1.- Por escrito presentado vía facsímil ante la Secretaría del Tribunal el 21 de junio de 2007 el señor A.V.R., secretario del Concejo Municipal de Dota, provincia S.J., trascribió el acuerdo adoptado por dicho Concejo Municipal en la sesión ordinaria nº 056, celebrada el 19 de junio de 2007, mediante el cual se informa de la ausencia a las sesiones municipales por parte de la regidora y regidor suplente, en su orden, O.M.L.U., desde el 15 de mayo de 2006, y Á.P.S., desde el 27 de marzo de 2007 (folio 1).

2.- Mediante auto de las 13:40 horas del 26 de julio de 2007 se le dio traslado a la señora O.M.L.U. y al señor Á.P.S. para que, dentro de los ocho días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación respectiva, justificaran sus ausencias a las sesiones del Concejo Municipal o bien manifestaran lo que consideraran más conveniente a sus intereses (folio 7).

3.- La señora L.U. y el señor P.S. fueron notificados de la prevención antedicha, respectivamente, los días 21 y 31 de agosto de 2007 y no contestaron la audiencia conferida (folios 11, 12).

4.- En los procedimientos se han respetado las formalidades de ley.

Redacta la Magistrada B.V. ; y,

CONSIDERANDO

I.- Hechos probados: para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que la señora O.M.L.U. y el señor Á.P.S. fueron electos como regidora y regidor suplente por la Municipalidad de Dota, provincia S.J. (ver resolución de este Tribunal nº 1182-E-2006 de “Declaratoria de Elección de Regidores que integrarán las Municipalidades de los cantones de la PROVINCIA DE SAN JOSÉ, durante el período constitucional que se iniciará el primero de mayo del dos mil seis y que concluirá el treinta de abril del dos mil diez”, folio 23); b) que la señora O.M.L.U. fue propuesta por el Partido Acción Ciudadana y no asiste a las sesiones municipales desde el 15 de mayo de 2006 (folios 4 y 14); c) que el señor Á.P.S. fue propuesto por el Partido Liberación Nacional y no asiste a las sesiones municipales desde el 27 de marzo de 2007 (folios 4 y 14); d) que en el caso de la señora...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR