Resolución Nº 10604-1995 de Tribunal Supremo Electoral, 1995

Número de resolución10604-1995
Tipo de documentoElectorales

TSE, 10604-1995

Acta Nº 10604

Sesión celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las ocho horas y treinta minutos del veinte de febrero de mil novecientos noventa y cinco con asistencia de los señores M.M.C., quien preside; F.M. y Casafont Odor.

ARTICULO SEXTO.- Del señor Dr. W.C.M., S. General del Partido Liberación Nacional, se conoce nota mediante la que realiza consulta referente al proceso de elección del Comité Ejecutivo de la Juventud Liberacionista, la cual se encontraba en estudio individual de los señores Magistrados.

Se dispone contestar: Si el artículo 98 de los Estatutos del Partido Liberación Nacional fija expresamente la fecha en que deben realizarse “Las Asambleas de Movimientos y Sectores”, para elegir a sus representantes, dentro de las cuales se incluye la asamblea relativas al movimiento de La Juventud (artículo 45 ibídem), resulta claro y sin ninguna duda que el Directorio Político carece de competencia para modificar esa fecha, pues tal facultad está reservada exclusivamente al órgano competente para reformar los Estatutos, a saber, a la Asamblea Nacional conforme lo establece el inciso e) del artículo 73 del propio texto estatutario. Bajo este régimen, y dado que no se dejó disposición transitoria que resuelva el punto, la convocatoria a elección dispuesta por el Directorio Político con el fin de llenar el vacío de los estatutos, a lo sumo podría servir para elegir representantes de la Juventud hasta por el tiempo que falta para ajustarse a la fecha señalada por...

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