Resolución Nº 1612-E-2002 de Tribunal Supremo Electoral, 2002
Número de resolución | 1612-E-2002 |
Tipo de documento | Electorales |
No. 1612-E-2002.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES . S.J., a las quince horas cuarenta minutos del veintiocho de agosto del dos mil dos.
Gestión de adición y aclaración interpuesta por el señor Magistrado Suplente, M.S.J. en contra de la resolución n°. 1466-P-2002, de las 11 horas del 7 de agosto del 2002.
RESULTANDO
1.- Mediante escrito presentado el 14 de agosto del 2002, el señor Magistrado Suplente, M.S.J. formuló gestión de adición y aclaración en relación con la resolución n°. 1466-P-2002, de las 11 horas del 7 de agosto del 2002, solicitando que se adicione la parte dispositiva, para que el ésta se haga el cálculo y se ordene el pago del reajuste que corresponde en relación con las suplencias que los señores Magistrados Suplentes han ejercido durante el período que corre desde la presentación del escrito inicial de la gestión y además, que se indique que, en adelante, los pagos deben hacerse de conformidad con lo ahora resuelto por el Tribunal.
2.- En el procedimiento se observan las prescripciones de ley.
Redacta la Magistrada Fallas Madrigal ; y,
CONSIDERANDO
UNICO: El señor Magistrado Suplente solicita que se determine, en concreto, cuáles son sus derechos individuales en relación con el cobro de las suplencias que ha ejercido durante un período determinado. La gestión de adición y aclaración no es la vía para solicitar tal determinación y por ello debe ser rechazada. El petente deberá presentar, si a bien lo tiene, el respectivo reclamo administrativo ante el Tribunal Supremo de Elecciones.
POR TANTO
Se rechaza de plano la gestión.
Oscar Fonseca Montoya
Luis Antonio Sobrado González Olga Nidia Fallas Madrigal
Exp. 109-FM-2002
Procedimiento Administrativo
M.S.J.
ml
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