Resolución Nº 2751-E-2006 de Tribunal Supremo Electoral, 2006

Número de resolución2751-E-2006
Tipo de documentoElectorales

TSE, 2751-E-2006

Nº 2751-E-2006.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. S.J., a las trece horas con cuarenta y cinco minutos del once de setiembre del dos mil seis.

Recurso de amparo electoral interpuesto por S.A.Z. contra la resolución de la Dirección General del Registro Civil número 546-IC-2006.

RESULTANDO

1.- Mediante resolución número 546-IC-2006, la Dirección General del Registro Civil denegó la inscripción de candidaturas para alcaldes por el cantón de Aserrí, provincia S.J. del Partido Unidad Social Cristiana, por considerar que la Asamblea Nacional no tenía autorización de esa Dirección General para sustituir a la asamblea cantonal en la designación de los candidatos a cargos municipales.

2.- En escrito presentado ante la Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones el 4 de setiembre del 2006, la señora S.A.Z., interpuso recurso de amparo electoral contra la supracitada resolución de la Dirección General del Registro Civil.

3.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

R.e.M...F.M.;y,

CONSIDERANDO

ÚNICO.- Sin entrar a valorar la calificación que del recurso hace la promovente, las presentes diligencias carecen de interés actual en virtud de que este Tribunal, mediante resolución n.º 2710-E-2006 de las 13:20 horas del 7 de setiembre del 2006, revocó la resolución de la Dirección General del Registro Civil números 546-IC-2006 que aquí se recurre, siendo lo procedente ordenar el archivo del expediente.

POR TANTO

Archívese el presente expediente. C. a la Dirección General del Registro Civil. N..-

Oscar Fonseca Montoya

Luis Antonio Sobrado González Ovelio Rodríguez Chaverri

Exp. n.º 853-F-2006

Asunto Electoral

Recurso de amparo

C/ Dirección General del Registro Civil

Jrls

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR