Resolución N° R-309-2022-MINAE

Fecha de publicación27 Enero 2023
Número de registroIN2023710936
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

R-309-2022-MINAE.—Poder Ejecutivo. San José a las dos horas cincuenta y cinco minutos del 17 de noviembre de 2022. Se conoce solicitud para otorgamiento de título minero Concesión de extracción de materiales, cause de dominio público del río Barbilla, localizado en el distrito Matina, cantón Matina, provincia Limón; a nombre de la señora Eleida Novoa Sánchez, con cédula 2-0466-0475. Expediente Minero N° 2-2013.

Resultando:

I.—La señora Eleida Novoa Sánchez, con cédula 2-0466-0475, solicita Concesión de Extracción de Materiales en el cauce del río Barbilla. Dicha solicitud tuvo expediente temporal número 106T-2009, la cual, una vez formalizada se le asignó el expediente administrativo N° 2-2013, con las siguientes características

“… Localización geográfica:

Sito en: distrito I Matina, cantón 5 Matina, provincia 7 Limón.

Hoja cartográfica:

Hoja Matina, escala 1. 50 000 del 1. G. N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales: 1111198.88 - 1111436.58 Norte, 571117.15 Este límite aguas arriba y 1111527.44 - 1111203.53

Norte, 572440.65 - 572447.43 Este límite aguas abajo.

Área solicitada:

19 ha 0231.75 m2, longitud promedio 1627.08 metros, según consta en plano aportado al folio 59.

Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1111 1283.46

Norte, 569667.58 Este.

Línea

Acimut

Distancia

°

´

1-2

81

2

0.46

86

99

2-3

31

36

6.95

189

65

3-4

31

36

6.95

189

65

4-5

57

51

47.34

187

00

5-6

105

50

6.30

158

38

6-7

105

50

6.30

158

38

7-8

135

11

36.55

145

84

8-9

135

11

36.55

145

84

9-10

97

58

21.01

186

89

10-11

97

58

21.01

186

89

11-12

178

48

3.03

323

98

12-13

224

20

33.43

192

05

13-14

265

16

49.43

75

00

14-15

322

3

20.58

110

53

15-16

240

53

59.88

117

84

16-17

296

9

8.71

93

15

17-18

222

31

25.99

121

45

18-19

252

34

2.35

166

53

19-20

301

50

17.76

105

46

20-21

264

38

42.13

184

48

21-22

245

4

0.42

124

49

°

´

22-23

316

35

36.20

106

91

23-24

316

35

36.20

106

91

24-25

305

29

2.74

113

84

25-1

00

0

0.00

237

70

II.—Mediante resolución N° 0105-2013-SETENA de las 11 horas del 23 de enero de 2013, suscrito por el ingeniero Miguel Marín Cantarero, Secretario General AD HOC, en Representación de la Comisión Plenaria de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) otorga la Viabilidad Ambiental al proyecto por un período de dos años para el inicio de obras.

III.—Mediante certificación SINAC-ACLAC-PNE-023-2013 de las 15 horas del 04 de febrero de 2013, suscrita por Carlos Eduardo Vargas, del Patrimonio Nacional del Estado, Área de Conservación La Amistad Caribe, certifica que el área de interés se ubica fuera de los límites de cualquier área silvestre protegida, sea cual sea su categoría de manejo administrado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

IV.—El 13 de febrero de 2013, la interesa la formaliza su solicitud de concesión minera.

“… Por este medio solicito a esa Dirección, se me otorgue la concesión de explotación minera del proyecto de cause de dominio público CDP Río Barbilla, ubicado en Matina, Limón...”

V.—Mediante el oficio DGM-CRHA-091-2013 del 08 de agosto de 2013 el Lic. Esteban Bonilla Elizondo, Geólogo Coordinador Minero de la región Huetar Atlántica de la Dirección de Geología y Minas, se pronuncia respecto al Programa de Explotación Minera y Estudio de Factibilidad Económica, requiriendo un anexo; el cual fue presentado por el interesado mediante escrito de fecha 23 de junio de 2014.

VI.—Mediante memorándum DGM-CMRHA-108-2014 del 17 de setiembre de 2014, suscrito por el Lic. Esteban Bonilla Elizondo, Geólogo Coordinador Minero de la región Huetar Atlántica de la Dirección de Geología y Minas, se pronuncia sobre el anexo al Programa de Explotación, indicando que se debe hacer una nueva revisión del plano por ciertas inconsistencias.

VII.—Mediante oficio DCM-31-2014 del 31 de octubre de 2014, suscrito por Omar Forbes Moraga, Auxiliar de Catastro del Departamento de Catastro de la Municipalidad de Matina hace constar que las fincas 7034941-000 y 7035490-000 son de uso público; y mediante oficio DCM-32-2014 ese mismo Departamento hace constar que las fincas 7071807-000, 7042432-000 y 7042431-000 son de uso público.

VIII.—Mediante memorándum DGM-TOP-O-073-2017 del 15 de mayo de 2017, suscrito por Luis Alberto Ureña Villalobos, topógrafo de Departamento de Topografía de la Dirección de Geología y Minas, aprueba las correcciones requeridas al interesado respecto a aspectos atinentes a sus competencias, como lo son, la ubicación cartográfica y plano topográfico.

IX.—Mediante oficio DA-0615-2017 del 21 de junio del 2017, suscrito por el geólogo Víctor Hugo Vargas López y José Miguel Zeledón Calderón, ambos de la Dirección de Agua señalo lo siguiente:

“… Se trata de extraer materiales del río en forma mecanizada en una área de 19 Ha 0231,75 m2. Los materiales a extraer serán depósitos aluviales recientes (limos, arenas y gravas).

En la zona se presentan bancos de materiales que, en el caso de ser explotados, van recargando las aguas a una u otra margen del río con el perjuicio de que se afectan los taludes. Se correo con la situación planteada con el riesgo de que la finca aledaña al río se inunde o socave.

Por lo anterior el suscrito considera conveniente que se otorgue la concesión de explotación de materiales del río Barbilla con las siguientes condiciones:

El área a explotar será en un área de 19 ha 0231, 75 m2 en el cauce del río Barbilla, en el distrito Matina, del cantón de Matina de la provincia de Limón.

l. El material a extraer serán depósitos aluviales recientes (limos, arenas y gravas), quedando claro que, queda totalmente prohibido extraer material del piso firme del cauce del río por lo que será sólo permitida la extracción del material arrastrado.

2 Queda totalmente prohibida la extracción de materiales en las márgenes del río.

3. La extracción de los materiales será mecanizada en forma laminar por lo que no se deben utilizar ningún tipo de equipo que no garantice este tipo de extracción.

4. Podrá ser realizada en toda época del año en que no sea impedida por las crecidas normales del río.

5. Queda totalmente prohibida la acumulación de materiales en el cauce del río para evitar que se puedan presentar represamientos.

Es importante indicar, que la solicitud de concesión de extracción de materiales cuenta con la viabilidad ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), según resolución No. 105-2013-SETENA del 23 de enero de 2013.

Asimismo y de acuerdo a nuestros registros, no existen concesiones de agua dentro de la zona de extracción, ni aguas abajo del río Barbilla que eventualmente podrían verse afectadas por la actividad de extracción de materiales de dicho río...

X.—En fechas 26 de julio de 2017, la interesada publica los edictos correspondientes, en el Diario Oficial La Gaceta número 141 y 143 del 28 de julio de 2017 respectivamente; y no se presentaron oposiciones.

XI.—Mediante resolución N° 2050-2015-SETENA de las 08 horas 25 minutos del 14 de setiembre de 2015, suscrita por el ingeniero Freddy Bolaños Céspedes, Secretario General en Representación de la Comisión Plena de la SETENA dispone que la vigencia de dos años de la Viabilidad Ambiental otorgada por medio de la resolución número 105-2013-SETENA del 23 de enero del 2013, correrá a partir de la fecha en que se otorgue la Concesión Minera por parte del Poder Ejecutivo.

XII.—Mediante memorándum DGM-TOP-O-283-2018 del 21 de diciembre de 2018, suscrito por el ingeniero Etelberto Chavarría Camacho del Departamento de Topografía de la Dirección de Geología y Minas actualiza la revisión en el ámbito de sus competencias, haciendo un requerimiento.

XIII.—Mediante memorándum DGM-CMRHA-097-2018 del 17 de diciembre de 2018, la Licda. Tatiana Carmona Madrigal, Geóloga Coordinadora Minera de la Región Huetar Atlántica de la Dirección de Geología y Minas, actualiza la revisión en el ámbito de sus competencias, requiriendo una información al Departamento de Topografía respecto a los accesos.

XIV.—Mediante memorándum DGM-TOP-O-073-2019 del 23 de abril de 2019, DGM-TOP-O-322-2019 del 6 de noviembre de 2019, y DGM-TOP-O-144-2020 del 19 de mayo de 2020, el Topógrafo Luis Ureña Villalobos de la Dirección de Geología y Minas, se pronuncia y aprueba la documentación atinente a sus competencias.

XV.—Mediante memorándum DGM-CMRHA-069-2020 del 21 de mayo de 2020, la Licda. Tatiana Carmona Madrigal, Geóloga Coordinadora Minera de la Región Huetar Atlántica, Coordinadora Minera de la Región Huetar Atlántica de la Dirección de Geología y Minas aprueba el Programa de Explotación del Proyecto, y emite las recomendaciones de otorgamiento.

XVI.—Mediante memorándum DGM-CMRHA-126-2020 del 15 de octubre de 2020, la Licda. Tatiana Carmona Madrigal, Geóloga Coordinadora Minera de la Región Huetar Caribe de la Dirección de Geología y Minas, se pronuncia en los siguientes términos:

“… En atención a memorando DGM-RNM-0423-2020 me permito indicar lo siguiente:

Se realiza inspección al sitio de solicitud N° 2-2013 para verificar lo indicado por la Municipalidad de Matina referente a los caminos de posible ingreso al sitio de concesión, se verifica:

1- El camino que hace referencia al plano N° L-1764408-2014 no se encuentra autorizado como acceso al sitio de concesión, ya que el mismo no llega a la sección del cauce concesionada.

2- Por otra parte, el camino indicado entre los planos L-0707523-1987 y L-0720136-1987 que ingresa entre coordenadas (570 985 E/1110 946 N) desde ruta nacional N° 32, hasta mojones N° 1 y N° 2 por margen derecha, mismo corresponde como lo indica la certificación municipal con un camino agrícola, este no se encuentra conformado al momento...

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