Resolución Nº R-DCA-00557-2015 de Municipalidad de Tibas, 27-07-2015

Fecha27 Julio 2015
EmisorMunicipalidad de Tibas
R-DCA-557-2015
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las ocho horas veintisiete minutos del veintisiete de julio del dos mil quince. ----------
Recursos de objeción interpuestos por Empresas Berthier Ebi de Costa Rica, S.A. y Grupo
PASA de Costa Rica, S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública 2015LN-000003-01
promovida por la Municipalidad de Tibás para el “Servicio de recolección y transporte hasta el
sitio de tratamiento y disposición final de residuos ordinarios no valorizados producidos en el
cantón de Tibás”. -------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que la empresa Empresas Berthier Ebi de Costa Rica, S.A. presentó en fecha 10 de julio de
2015 recurso de objeción. --------------------------------------------------------------------------------------------
II. Que la empresa Grupo PASA de Costa Rica, S.A. presentó en fecha 13 de julio de 2015
recurso de objeción. ----------------------------------------------------------------------------------------------------
III. En el procedimiento se han observados la disposiciones legales respectivas.----------------------
CONSIDERANDO
IV. Sobre el fondo de los recursos. 1) EMPRESAS BERTHIER EBI DE COSTA RICA, S.A. a)
Sitio para la Disposición Final de los Desechos Sólidos. Expone la objetante que el cartel
reconoce que el sitio para la disposición final de los desechos sólidos municipales, actualmente
es el Parque Tecnológico Ambiental Aserrí de Empresas Berthier Ebi de Costa Rica, pero
agrega "pero si existiera algún cambio en esta disposición en cuanto al sitio donde se realiza el
tratamiento y disposición final de residuos se comunicara oportunamente al CONTRATISTA".
En este sentido, argumenta que el cartel hace incierta la contratación, porque no indica, hasta
cuando se podrán llevar los desechos hasta ese sitio, y más bien señala que la Municipalidad
podrá hacer el cambio de sitio cuando lo considere y solo lo comunicara oportunamente.
Agrega, que como se sabe para calcular el precio de un servicio de transporte es fundamental
conocer la distancia con exactitud del recorrido del camión. En este caso, argumenta que no
hay ninguna posibilidad de calcular un precio para este servicio, con la incerteza que determina
el cartel, sin que el oferente puede conocer el plazo exacto en que se dispondrán los residuos
en el Relleno Sanitario del Huazo Aserrí, pero sobretodo, el peligro de quiebra que podría tener
el contratista si la municipalidad en forma arbitraria o por conveniencia señala otro sitio que se
encuentra a una distancia mayor a la de ésta. Además, señala que el cartel marca una
incerteza, que podría perjudicar económicamente a la Municipalidad, porque un Contratista
precavido podría ofertar a un precio mucho mayor, previendo la posibilidad de que la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR